02/09/2025
CAOS VIAL Y FALTA DE PLANIFICACIÓN: VECINOS DE CHILLÁN PRESENTARON RECURSO DE PROTECCIÓN EN CONTRA DE SERVIU ÑUBLE POR OBRAS EN CALLE FRANCISCO RAMÍREZ
La Corte de Apelaciones de Chillán declaró admisible un recurso de protección presentado por vecinos de la calle Francisco Ramírez en contra del SERVIU Región de Ñuble y la empresa Ingeniería y Construcciones Sur Ltda., encargada de ejecutar obras viales en el sector.
La acción constitucional fue impulsada por los residentes del área, encabezados por Rodrigo Castro Galáz, el mismo que ya había interpuesto un Recurso en contra de Ferrocarriles del Estado por las barreras ferroviarias del Parque Lantaño esta vez, en conjunto con el Estudio Jurídico A&P de la abogada y también vecina Carmen Gloria Aguilera Artigas.
El recurso busca frenar las obras de manera temporal mediante una Orden de No Innovar, solicitando la paralización de los trabajos hasta que se tomen medidas que garanticen los derechos fundamentales de los afectados.
Entre los principales reclamos, los vecinos denuncian la falta de medidas de mitigación por parte de las autoridades y de la empresa ejecutora. Aseguran que las faenas han generado ruidos molestos, inseguridad, bloqueos de acceso a viviendas y estacionamientos, además de un trato desigual, ya que solo se habrían considerado medidas paliativas para el hospital ubicado en las cercanías, pero no para los residentes.
Los recurrentes también expresaron su preocupación por posibles retrasos en la ejecución del proyecto, citando antecedentes de otras obras en Chillán que, según afirman, han sido postergadas "de forma grosera" con la tolerancia de las autoridades. En ese contexto, acusan una conducta arbitraria y desproporcionada por parte de los responsables del proyecto, al no contemplar soluciones razonables para los residentes ni garantizar el acceso a sus hogares durante la ejecución de los trabajos.
Asimismo, los vecinos advirtieron que no cuentan con ninguna alternativa segura para resguardar sus vehículos, los que utilizan tanto para desplazamientos personales como para actividades económicas. Plantean la necesidad de que se habiliten estacionamientos transitorios o se entregue algún tipo de solución concreta, señalando que no deberían asumir las consecuencias de una situación que no generaron.
El recurso invoca la vulneración de múltiples garantías constitucionales, incluyendo:
Derecho de propiedad (Art. 19 Nº 24); Derecho a desarrollar una actividad económica (Art. 19 Nº 21); Igualdad ante la ley (Art. 19 Nº 2); Libertad personal y seguridad individual (Art. 19 Nº 7); Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación (Art. 19 Nº 8).
Los vecinos solicitan que el tribunal ordene:
La habilitación de una vía peatonal segura o alternativa de acceso mientras duren las obras.
La provisión de estacionamientos seguros para los vehículos afectados, en caso de que se impida el libre acceso a los domicilios.
Que se declare el actuar del SERVIU y la empresa constructora como arbitrario e ilegal, por vulnerar derechos constitucionales.
Que se implementen medidas de seguridad efectivas para proteger tanto a los residentes como a quienes transitan por el lugar, especialmente usuarios de los centros de salud cercanos.
En relación con la Orden de No Innovar, la Corte ordenó que, por una única vez, se adopten las medidas necesarias para que los recurrentes puedan retirar sus vehículos de sus propiedades antes del inicio de las obras que bloqueen completamente el tránsito.
La causa fue ingresada bajo el rol 681–2025 y se encuentra actualmente en tramitación.
RED LA PODEROSA