11/12/2021
𝗰𝗿𝗲𝗲𝗻 𝘂𝘀𝘁𝗲𝗱𝗲𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗲𝘀𝘁𝗼 𝗿𝗲𝗮𝗹𝗺𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗲𝘀 𝘂𝗻𝗮 𝗺𝗲𝗱𝗶𝗱𝗮 𝗰𝗼𝗮𝗰𝘁𝗶𝘃𝗮 𝗼 𝗺𝗮𝘀 𝗯𝗶𝗲𝗻 𝗮𝗯𝘂𝘀𝗶𝘃𝗮 𝘆 𝘃𝗶𝗼𝗹𝗮𝘁𝗼𝗿𝗶𝗮 𝗮𝘁𝗲𝗻𝘁𝗮𝘁𝗼𝗿𝗶𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗼𝘀 𝗱𝗲𝗿𝗲𝗰𝗵𝗼𝘀 𝗳𝘂𝗻𝗱𝗮𝗺𝗲𝗻𝘁𝗮𝗹𝗲𝘀 𝗮𝗹 𝗺𝗶𝗻𝗶 𝗺𝗼𝗻𝗶𝗻𝗼 𝘃𝗶𝘁𝗮𝗹 𝘆 𝗱𝗶𝗴𝗻𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗵𝘂𝗺𝗮𝗻𝗮 𝗱𝗲 𝘂𝗻𝗮 𝗽𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮.
𝗲𝗹 𝗮𝗿𝘁í𝗰𝘂𝗹𝗼 2 𝗱𝗲𝗹 𝗱𝗲𝗰𝗿𝗲𝘁𝗼 564 𝗱𝗲 2016, 𝗾𝘂𝗲 𝗱𝗶𝗰𝗲:
«Los límites aquí señalados rigen hasta el 30 de septiembre de 1996, fecha en la cual se reajustarán anualmente de forma automática, con base en el índice anual promedio de precios para empleados suministrado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística. La Superintendencia Bancaria divulgará los valores reajustados.»
Cada año la superintendencia fija ese monto mínimo inembargable, que rige desde el 01 de octubre del año en curso hasta el 30 de septiembre del siguiente año.
Año. Vigencia Monto mínimo inembargable.
2021 01/10/2020 - 30/09/20201 $38.193.922.
2020 01/10/2019 - 30/09/2020 $37.456.038.
2019 01/10/2018 - 30/09/2019 $36.050.085.
2018 01/10/2017 - 30/09/2018 $34.878.178.
Buenas noche señores de veeduria la consulta es lo siguiente
La secretaria de tránsito de Soacha me embargo la cuenta del banco de Bogotá por un parte que no he pagado, quisiera saber que puedo hacer en ese caso,por lo cual me ha perjudicado porque las empresas que he presentado hojas de vida y me han querido contratar no lo han echo porque me exigen una cuenta de ahorros para poderme contratar por lo cual no he podido trabajar y me encuentro desempleado.
Me acerque a la secretaria de movilidad y lo único que me dijieron que tenía que cancelar, muchas gracias por su atención
𝓬𝓸𝓶𝓾𝓷𝓲𝓺𝓾𝓮𝓼𝓮 𝓬𝓸𝓷 𝓷𝓸𝓼𝓸𝓽𝓻𝓸𝓼 𝓪𝓵 𝓮𝓵 𝓬𝓮𝓵 3125676389