23/07/2025
🛑 // COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
Puerto Boyacá, 23 JULIO DE 2025
Yo, CRISTIAN CAMILO BELEÑO SILVA, en calidad de veedor ciudadano reconocido mediante Resolución No. 004 de la Personería Municipal de Puerto Boyacá, defensor de derechos humanos, inspector de la Fundación Árbol Fuente de Vida y fiscal de la veeduría ciudadana "Comunidad Participa por un Mejor Futuro", e integrante de la Mesa Nacional e Internacional de Veedurías Colombia, me permito informar lo siguiente:
1. Denuncia archivada por atipicidad
En el año 2021, el señor Luis Bernardo Flórez López instauró una denuncia penal en mi contra y del señor Edison Ramírez, alegando presuntas amenazas. Dicha actuación fue radicada con el número 155726108817202100085 ante la Fiscalía General de la Nación.
Tras el análisis jurídico y probatorio correspondiente, la Fiscalía decidió archivar el caso por atipicidad objetiva, al considerar que los hechos relatados no configuran el delito de amenazas previsto en el artículo 347 del Código Penal Colombiano, toda vez que no existió ánimo de generar zozobra, alarma o temor generalizado en la comunidad, ni se evidenció una intención real de atentar contra la seguridad pública, como exige la norma penal.
2. Falsa denuncia y persecución a mi labor como veedor
La denuncia interpuesta no solo resultó infundada, sino que se constituyó en un acto de persecución en mi contra, con el evidente propósito de silenciar mi labor ciudadana, desacreditar mi trabajo como defensor de derechos humanos y afectar mi honra, dignidad e imagen pública. Esta actuación abusiva del derecho penal representa un caso típico de utilización maliciosa del aparato judicial, lo cual constituye una conducta sancionada por el ordenamiento jurídico colombiano, particularmente bajo los tipos penales de injuria, calumnia y denuncia falsa (arts. 220, 221 y 435 del Código Penal).
3. Afectación a mi buen nombre y ejercicio control social de veedurías ciudadana
Este intento de judicializarme injustamente afectó gravemente mi imagen como veedor ciudadano y líder comunitario, generando señalamientos públicos, cuestionamientos a mi integridad y consecuencias emocionales y sociales. El derecho a la honra y buen nombre está protegido en el artículo 15 de la Constitución Política de Colombia y en tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 11).
Mi ejercicio se enmarca en el derecho constitucional a participar en el control social a la gestión pública (art. 270 CP y Ley 850 de 2003, Ley 1757 de 2015), por lo cual rechazo cualquier intento de amedrentar, estigmatizar o silenciar voces críticas por vías jurídicas fraudulentas.
4. Acciones legales y exigencia de reparación
En consecuencia, iniciaré las acciones legales correspondientes por injuria, calumnia, falsa denuncia y daños a mi buen nombre e imagen, en contra del señor Luis Bernardo Flórez López, quien además se presenta como periodista, al parecer sin acreditación profesional o título reconocido, y cuya actividad principal ha sido la promoción de negocios privados y actividades publicitarias, mas no el ejercicio ético y riguroso del periodismo.
5. Exigencia de rectificación pública y disculpas
Exijo al señor Luis Bernardo Flórez López que, rectifique públicamente, se retracte de manera expresa y ofrezca disculpas públicas por el daño causado a mi reputación y ejercicio legítimo como veedor ciudadano.
6. Exigencia de indemnización económica
Así mismo, dada la magnitud del daño moral, emocional y reputacional ocasionado por su conducta, y en ejercicio de los derechos consagrados en el Código Civil y la Ley 2421 de 2024 (Reparación Integral a Defensores de DD.HH.), se exige al señor Flórez López el pago de una indemnización por la suma de CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($50.000.000) como compensación por los perjuicios causados.
De no cumplirse de forma voluntaria dicha reparación, acudiré a las instancias judiciales pertinentes para su exigibilidad y cobro forzoso.
7. Continuidad en el ejercicio ciudadano
Pese a los intentos de desacreditar mi trabajo, continuaré ejerciendo con firmeza y legalidad mi labor como defensor de los derechos humanos y veedor ciudadano. No claudicaré ante las amenazas ni falsas acusaciones. Mi compromiso es con la verdad, la justicia y la dignidad de las víctimas del conflicto armado y de las comunidades vulnerables de Puerto Boyacá y el país.
¡La verdad prevalecerá!
¡Seguimos en la lucha!
atentamente
CRISTIAN CAMILO BELEÑO SILVA
Veedor ciudadano – Resolución No. 004 de 2023
Inspector de Derechos Humanos – Fundación Árbol Fuente de Vida
Fiscal de la Veeduría “Comunidad Participa por un Mejor Futuro”