
16/07/2025
Muchas personas costarricenses prestan sus servicios a empresas extranjeras. Es muy común. Incluso motivo de orgullo para muchas personas....pero hay un riesgo muy grave del que pocos trabajadores se dan cuenta, y asumen sin saber.
Ese riesgo es que, si esa empresa extranjera no tiene representación legal en el país, no tiene ningún tipo de capital en éste país (acciones, bienes muebles o inmuebles, cuentas bancarias, etc), y todo lo manejan de forma virtual desde su propio país de origen, esa empresa nunca va a poder ser perseguida legalmente por nuestro Poder Judicial, si llega a violentar los derechos laborales de sus empleados. Y no porque el Poder Judicial no les pueda notificar una demanda, sino porque aunque se emita una sentencia en que se les condene, no va a haber forma de exigirles el pago de lo condenado, si no hay bienes en éste país que se puedan embargar. Básicamente quedaría el trabajador a la espera de la buena voluntad del ex patrono....y todos sabemos que no todos los ex patronos son amables y comprensivos, especialmente si se les puso una demanda y la perdieron y tienen que pagar algo.
Básicamente se convierten en sentencias de papel, que no sirven para nada, porque si la empresa condenada no quiere pagar, hasta ahí llega todo, y la persona trabajadora lo más que puede es enmarcar la sentencia y pegarla en la pared.
Lo más recomendable es que las personas trabajadoras investiguen muy bien a la empresa extranjera, y sepan si esa empresa tiene algún arraigo en éste país, o si está completamente desconectada. Si no tiene ningún arraigo aquí, las probabilidades de que esa empresa un día sólo desaparezca y deje botados a sus trabajadores, son altas.
O que la empresa simplemente despida a sus trabajadores, y no les quiera pagar nada, o que les quede debiendo horas extra, bonos, comisiones, salarios, etc....tendrá la persona trabajadora que echarle tierra a esas deudas, porque es prácticamente imposible ejecutar una sentencia contra una empresa que no tiene ningún capital en el país.
Antes de llevarse ese colerón, primero investigue a su patrono. En la página de Registro Nacional puede investigar si la empresa está registrada en el país, y si tiene bienes. Si no tiene nada, sepa que está advertido: esa empresa podrá hacer lo que quiera con usted, y a llorarle al cielo. Es una barbaridad.
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