10/10/2025
Representar o no representar a Cuba: esa es la cuestión
La Soberanía Individual frente a la Inercia Administrativa
La pregunta de si un deportista cubano, especialmente en disciplinas como la vela donde la estructura estatal es mínima, debe o no representar a su país, se ha transformado en un dilema existencial tan complejo como el de Hamlet. Ya no es solo una cuestión de identidad o lealtad, sino un campo de batalla donde se dirime el derecho individual a ejercer la profesión frente a la soberanía deportiva administrada por el Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (INDER).
En el centro de este conflicto late la importancia de no ceder más espacios a la inmovilidad de nuestros derechos como ciudadanos cubanos.
El derecho, por naturaleza, es una potestad individual: a cada cual decidir si lo ejerce, lo exige o, simplemente, lo cede. En el deporte cubano, hemos normalizado la cesión, aceptando la premisa de que la representación nacional es un privilegio otorgado por el Estado, en lugar de un derecho derivado de la propia nacionalidad y el talento individual.
El Desconocimiento que Refuerza la Prohibición
La creencia generalizada entre los atletas de que necesitan la autorización (placet) del INDER para competir bajo la bandera cubana en cualquier evento internacional es un reflejo de esta cesión de derechos. Sin embargo, el derecho deportivo transnacional, representado por federaciones como World Sailing (WS), establece una distinción legal crucial que a menudo se ignora:
* Eventos de Estructura Olímpica (COI): Es cierto que para los Juegos Centroamericanos, Panamericanos u Olimpíadas, las Autoridades Nacionales Miembro (MNA, en Cuba la Federación de Vela, adscrita al INDER) tienen la potestad de designar a sus representantes. Estos eventos exigen la estricta World Sailing Eligibility.[1, 2] En este nivel, la necesidad de la autorización estatal es ineludible.
* El Mundo No Olímpico: Existen decenas de otros campeonatos internacionales que no caen bajo estos criterios estrictos. Estos eventos, que a menudo exigen solo la Competition Eligibility (el derecho general a competir en el deporte) [3], no requieren per se la validación soberana del Estado, sino la nacionalidad del competidor.[1]
Aquí reside la fisura legal: al exigir el placet para eventos de baja elegibilidad o de clases no financiadas por el Estado, el INDER incurre en una extralimitación administrativa. La justificación estatal—proteger la inversión en la formación del atleta [4]—se desmorona cuando no existe tal inversión en esa clase de vela o cuando el deportista ha tenido que autofinanciarse totalmente.
Cada vez que un atleta, por desconocimiento o por miedo a represalias, opta por no inscribirse representando a Cuba en estos eventos abiertos, está reforzando tácitamente la autoridad del INDER sobre un espacio legal que, según los estatutos internacionales, no le corresponde por completo. Es una victoria para la inercia administrativa.
La Identidad, la Patria y la Supervivencia
En este contexto, la reflexión sobre la identidad se vuelve dolorosa. Cuando nuestros regatistas eligen identificarse con el club náutico de su residencia en el exterior, o con su nuevo país de acogida, es fácil caer en la crítica de que el sentimiento de patria, de "cubanía", es débil.
Pero ¿cuánto pierde nuestra identidad por decisión propia y cuánto por obligación?
Para muchos atletas, la opción de representar un club o una residencia es el único camino viable que les queda para ejercer su profesión y acceder a oportunidades económicas y de competencia negadas por el sistema centralizado.[5] Las dificultades económicas y los altos costos para obtener la movilidad necesaria obligan a muchos a tomar rutas extremas, incluso la salida por mar, para buscar esa libertad y ese sustento.[6]
La elección de identificarse con una residencia, más que un acto de deslealtad, es a menudo un acto de supervivencia profesional y un bypass forzoso ante la burocracia que ha convertido el derecho a representar a su país en una prohibición sistemática.
La Opción de Exigir
La batalla legal y moral para los atletas cubanos no debe ser ceder y optar por la etiqueta del club extranjero, sino exigir el derecho a representar a Cuba en aquellos escenarios donde el Estado no puede justificar su veto.
Si el atleta decide competir en eventos de Competition Eligibility sin el permiso gubernamental, está ejerciendo un derecho que el código de World Sailing no restringe. Si la MNA cubana intenta sancionarlo, la clave está en impugnar esa decisión ante instancias arbitrales (como el TAS/CAS). El argumento debe centrarse en la desproporcionalidad de la restricción, utilizando precedentes internacionales como el Caso ISU contra la International Skating Union [7] que condenó la prohibición total como un abuso de posición dominante.
Al exigir este derecho, el atleta obliga al Estado a justificar legalmente su control, exponiendo la falta de inversión e infraestructura en la disciplina de la vela.
"Representar o no representar a Cuba" no es solo una cuestión de orgullo; es una pregunta sobre la ciudadanía activa. ¿Vamos a permitir que la inercia administrativa nos arrebate un derecho tan fundamental, o vamos a utilizar los espacios legales que el derecho deportivo transnacional nos ofrece para demostrar que la restricción, cuando no está justificada por la inversión, es simplemente un abuso de poder?
El futuro de la identidad deportiva cubana está en la valentía de exigir, no en la resignación de ceder.