29/09/2025
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DESAFÍOS Y OBSTÁCULOS EN LA FUNCIONABILIDAD LEGAL DE LOS CONSEJOS DE CONSULTA.
INTRODUCCIÓN
🔸️El pasado 20 de septiembre se celebró la elección del consejo de consulta en la jurisdicción consular de Milán.
🔹️Sin embargo, una vez más, este proceso concluyó sin lograr la instalación ni la operatividad efectiva del consejo de consulta, evidenciando así persistentes dificultades que afectan su funcionamiento legal.
PARTICIPACIÓN Y ROL DE LOS ACTORES CLAVE
🔸️Es importante destacar el entusiasmo y la proactividad de quienes se inscribieron como candidatos, impulsando activamente el proceso durante la etapa preelectoral.
🔹️Además, la labor de los activistas y miembros de mesa fue fundamental, ya que su apoyo facilitó el desarrollo de la jornada electoral.
🔹️Un papel igualmente esencial lo desempeñaron los comunicadores sociales en la jurisdicción consular.
A través de sus actividades periodísticas, como la difusión de notas de prensa, la organización de mesas redondas, encuentros virtuales y la producción de videos, lograron visibilizar a los candidatos y mantener informada a la comunidad sobre la fecha y los aspectos relevantes de la elección.
🔹️Esta intervención permitió ampliar el alcance de la información, motivar la participación ciudadana y fortalecer el vínculo entre los miembros de la colectividad peruana en el exterior.
DESCENTRALIZACIÓN Y ACCESIBILIDAD
🔸️Gracias a la aplicación del Artículo 24 del reglamento de la Ley de los Consejos de Consulta, se logró la descentralización del proceso electoral en la ciudad de Bologna, sumándose una nueva mesa de sufragio a las dos existentes en la sede consular de Milán.
🔹️Esta medida representó un avance significativo, ya que facilitó el acceso al voto para residentes en zonas alejadas, promoviendo así una mayor inclusión y participación ciudadana.
🔹️La descentralización evidenció el esfuerzo constante por acercar la gestión consular a la colectividad peruana y responder a las necesidades derivadas de la dispersión geográfica dentro de la jurisdicción.
LIMITACIONES EN LA PARTICIPACIÓN Y VALIDACIÓN DEL PROCESO ELECTORAL
🔸️A pesar de los avances organizativos y la inscripción suficiente de candidatos, el proceso electoral enfrenta una dificultad crucial: no se alcanza el porcentaje mínimo del 3% de participación exigido para validar oficialmente la elección, según lo dispuesto en el Artículo 14 del reglamento.
🔹️Este requerimiento limita el proceso democrático y restringe el derecho adquirido de la ciudadanía peruana residente en el exterior, aun cuando se observa un fortalecimiento en la organización y gestión ciudadana.
DIFICULTADES Y RETOS PARA LA FUNCIONABILIDAD LEGAL DE LOS CONSEJOS DE CONSULTA
🔸️Al concluir este análisis, resulta evidente la presencia de diversos obstáculos que limitan la operatividad legal de los consejos de consulta en la jurisdicción consular.
🔸️ A continuación, se detallan los principales factores que inciden negativamente en el proceso electoral y en la participación ciudadana.
🔻Reglamento restrictivo y su impacto en la democracia participativa
🔹️Uno de los principales problemas radica en el reglamento vigente, el cual obstaculiza la democracia participativa al no reflejar fielmente el espíritu de la ley que regula los consejos de consulta.
🔹️Esta discordancia entre la normativa y la intención original de la ley genera frustración y desincentiva el involucramiento de la comunidad peruana en el exterior.
️Distanciamiento geográfico y ausencia voluntaria
🔻El distanciamiento físico entre las diversas ciudades que conforman la jurisdicción consular representa un desafío considerable.
🔹️Esta dispersión geográfica propicia la ausencia voluntaria de muchos ciudadanos, quienes optan por no participar en el proceso electoral debido a las dificultades de traslado y acceso a las mesas de sufragio.
🔻Elección en día laborable
🔹️La determinación de realizar las elecciones un día sábado, que en muchos casos es laborable para la mayoría de los ciudadanos, añade una barrera adicional.
🔹️Esta decisión resta posibilidades de participación, pues dificulta que los electores puedan acudir a votar sin afectar sus responsabilidades laborales.
🔻Descentralización de la elección
🔹️Si bien la autorización para aplicar el Artículo 24 ha permitido descentralizar el proceso electoral mediante la habilitación de sedes del servicio consular itinerante, esta medida aún enfrenta limitaciones y requiere ajustes para alcanzar su máximo potencial en términos de inclusión y acceso.
🔻Restricciones por documentos de identidad
🔹️La falta de reconocimiento de la ley de simplificación administrativa constituye otro obstáculo relevante. 🔹️En varias sedes consulares, a los ciudadanos no se les permite participar con un Documento Nacional de Identidad (DNI) vencido, restringiendo injustamente la posibilidad de ejercer su derecho al voto.
🔻Limitaciones en el horario de sufragio
🔹️En circunscripciones consulares con un alto número de votantes—superior a mil personas—el horario establecido para la duración del sufragio, que es de un máximo de ocho horas, se convierte en un reto logístico.
🔹️Esta restricción dificulta que todos los ciudadanos interesados puedan emitir su voto en el tiempo disponible.
CONCLUSIÓN
🔹️La acumulación de estos factores —distanciamiento geográfico, elección en día laborable, limitaciones en la descentralización, restricciones sobre los documentos de identidad y rigidez en el horario de votación—, junto a otros elementos propios del proceso, ponen en riesgo la continuidad y la operatividad efectiva de la ley que regula los consejos de consulta en las jurisdicciones consulares.
🔹️Estas barreras dificultan que las comunidades peruanas en el exterior puedan beneficiarse plenamente de la ley, la cual es esencial para mantener un vínculo oficial, legal y sólido entre los ciudadanos y los funcionarios consulares en todo el mundo.
REFLEJO GLOBAL DE LAS RESTRICCIONES EN LAS ELECCIONES CONSULARES
🔹️Aunque el análisis parte de la experiencia registrada en Milán, Italia, resulta evidente que la problemática identificada en torno a las elecciones de los Consejos de Consulta es común a la mayoría de las jurisdicciones consulares peruanas en el extranjero.
🔹️El proceso electoral, que inicia con la convocatoria emitida por las oficinas consulares en el mes de julio y se realizan durante el mes de septiembre, reproduce patrones similares de dificultad en distintas partes del mundo.
🔹️Este fenómeno no es un caso aislado, sino un reflejo repetitivo que evidencia cómo la aplicación de la normativa vigente se ve fragmentada desde el inicio de la convocatoria hasta la ejecución de la elección.
🔹️Aunque la ley establece directrices claras para la organización y desarrollo de estos procesos, la implementación del reglamento restrictivo tiende a desmembrar y limitar el alcance de la elección.
🔹️Esta reglamentación, en lugar de facilitar la participación y el ejercicio pleno del derecho a elegir representantes, restringe y obstaculiza el cumplimiento de la función vinculante prevista por la ley de los Consejos de Consulta.
🔹️Como consecuencia, se produce una inaplicación normativa que contradice el espíritu de la ley y termina por menoscabar el derecho adquirido por la comunidad peruana en el exterior de estar representada y vinculada de manera efectiva con sus autoridades consulares.
🔹️La suma de estas limitaciones no solo afecta la operatividad del proceso, sino que también debilita el vínculo legal y oficial que la ley busca preservar entre los ciudadanos y sus representantes consulares en todo el mundo.
FORTALECIMIENTO DEL COMPROMISO CIUDADANO TRAS LA ELECCIÓN
🔹️Una vez culminado el proceso electoral, es fundamental que cada candidato, miembro de mesa y activista que ha participado activamente en la elección de los Consejos de Consulta se sienta reafirmado en su rol dentro de la comunidad.
🔹️La experiencia de haber contribuido de manera directa a este ejercicio democrático debe fortalecer la convicción de cada participante sobre la importancia de la continuidad y el involucramiento activo, elementos indispensables para consolidar un equipo de trabajo capaz de enfrentar y revertir la situación anómala que actualmente obstaculiza una gestión representativa adecuada.
🔹️La recuperación efectiva del derecho de representación ciudadana no depende únicamente del marco normativo, sino que está intrínsecamente vinculada al nivel de participación ciudadana.
🔹️Mantener viva esta participación es la clave para garantizar que la comunidad peruana en el exterior pueda ejercer plenamente sus derechos y reestablecer el vínculo oficial y legal con sus autoridades consulares, tal como lo establece el espíritu de la ley.
DEFENSA IRRENUNCIABLE DEL DERECHO ADQUIRIDO
🔹️Con la certeza y el convencimiento de que una ley obtenida representa un logro colectivo y un derecho fundamental conquistado por la comunidad peruana en el exterior, no podemos permitir que este derecho sea cancelado ni menoscabado por la inaplicación normativa o la imposición de reglamentos restrictivos.
🔹️El reconocimiento y la vigencia de la ley no solo legitiman nuestra representación ante las autoridades consulares, sino que también constituyen el fundamento esencial para preservar el vínculo legal entre los ciudadanos y sus representantes.
🔹️Renunciar a la defensa de este derecho adquirido sería desconocer el esfuerzo y la participación activa de quienes, a través de procesos democráticos, han consolidado la presencia y la voz de la comunidad peruana en el extranjero.
🔹️Por ello, resulta imprescindible mantenernos firmes ante cualquier intento de restricción o anulación, reafirmando el compromiso ciudadano de hacer valer el espíritu de la ley y la función vinculante de los Consejos de Consulta.
Milán, 28 de septiembre del 2025
Ana Maria Marzal Flores.✍️