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Consigue FGE dos años de prisión preventiva para tres personas por homicidio calificado en CozumelRedacción/Moloch Peopl...
18/07/2025

Consigue FGE dos años de prisión preventiva para tres personas por homicidio calificado en Cozumel

Redacción/Moloch People

Cozumel.- Después de aportar datos de prueba ante el órgano jurisdiccional, la Fiscalía General del Estado consiguió la vinculación a proceso en contra de Josías “N”, Francisco Javier “N” y Joana Nohemí “N” por hechos posiblemente constitutivos del delito de homicidio calificado en agravio de una víctima del s**o masculino de identidad reservada, en un inmueble de este municipio.

Con base en los hechos, el pasado 1 de julio del año en curso, al momento que la víctima se encontraba en una vivienda de la colonia Emiliano Zapata en este municipio, los investigados ingresaron a la vivienda portando revólveres, dándole un cachazo en la cabeza al agraviado y tras presuntamente buscar dinero y mercancía, antes de retirarse accionaron un arma de fuego que ocasionaron lesiones en la cabeza del afectado, quien posteriormente fue declarado sin vida.

La Fiscalía General del Estado, inició e integró la carpeta de investigación en la que incorporó los elementos jurídicos respectivos; con base en ello, en audiencia aportó datos de prueba que le permitieron obtener de un Juez de Control la vinculación a proceso en contra de los imputados por hechos posiblemente constitutivos del delito de homicidio calificado en agravio de una víctima del s**o masculino de identidad reservada.

Del mismo modo les impuso la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa por el término de dos años

Logra Fiscalía vinculación a proceso para 10 personas por narcomenudeo en Benito Juárez y TulumRedacción/Moloch PeopleBe...
17/07/2025

Logra Fiscalía vinculación a proceso para 10 personas por narcomenudeo en Benito Juárez y Tulum

Redacción/Moloch People

Benito Juárez.- Después de aportar los datos de prueba respectivos, la Fiscalía General del Estado obtuvo del órgano jurisdiccional, la vinculación a proceso para 10 personas por hechos posiblemente constitutivos de delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo, en los municipios de Benito Juárez y Tulum.

En una primera acción, en Benito Juárez, Luis Manuel “N”, Brian Alexander “N”, Luis Jhovaner “N” y Ángel Gabriel “N”, fueron imputados por delitos contra la salud, los dos primeros en la variante de suministro y los demás por posesión simple de los estupefacientes ma*****na y cristal.

En el mismo municipio, Bernardino “N”, Andrés “N”, Luis Alberto “N” y Carlos Enrique “N”, fueron vinculados a proceso; los dos primeros por posesión con fines de suministro del narcótico denominado ma*****na y los dos últimos por posesión simple del mismo estupefaciente.

Derivado de su detención en flagrancia, José Armando “N” y Martín “N”, recibieron el auto de vinculación a proceso en el municipio de Tulum, por posesión con fines de suministro de ma*****na y metanfetamina.

Los investigados, Bernardino “N”, José Armando “N” y Martín “N”, quedaron bajo la media cautelar de prisión preventiva justificada, por el tiempo que dure el proceso judicial.

ADO Platino, el Autobús de Alta Gama que Revoluciona tus ViajesRedacción/Moloch People¿Buscas una forma de viajar en est...
17/07/2025

ADO Platino, el Autobús de Alta Gama que Revoluciona tus Viajes

Redacción/Moloch People

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Violencia Digital.Por: Fidel López GuzmánColumna de opinión "HOMINE MENSURA"La violencia digital, se explica, como la co...
17/07/2025

Violencia Digital.

Por: Fidel López Guzmán
Columna de opinión "HOMINE MENSURA"

La violencia digital, se explica, como la coacción, imposición, o presión, que se ejerce, contra la voluntad y en contra de una persona, para lograr un propósito, siendo una conducta mediante la cual se comparte, manipula o comercializan imágenes, videos o audios de alguien ajeno, con contenido íntimo, sensible, erótico o sexual, sin el consentimiento del mismo, habiendo una amenaza de por medio de difundir ese contenido, en plataformas digitales, redes sociales o en mensajería instantánea. Por lo tanto, el material fotográfico o de video, que es divulgado sin el consentimiento de la víctima, y que expone su vida íntima, le provoca afectaciones emocionales, psicológicas, laborales, patrimoniales, económicas, familiares. Este tipo de violencia es lo que combate, la Ley Olimpia, que, en realidad es un conjunto de reformas legales que sancionan la violencia digital sexual.

Esta ley, surge de la difusión de un video de contenido sexual, que nunca fue, autorizado. Para su publicación, por la propietaria del mismo, una mujer, del estado de Puebla; derivado de esto, se creó, una iniciativa para reformar el Código Penal de dicha entidad y tipificar tales conductas, como violación a la intimidad; acción que se ha establecido, como delito, en las demás entidades federativas. Por lo tanto, la “Ley Olimpia” no se refiere a una ley como tal, sino a reformas legislativas encaminadas a reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas mediante los medios digitales, conducta también conocida como ciber violencia.

Este tipo de conductas, afectan y perjudican a cualquier ser humano, sin distinción de género, en su imagen personal, en su vida social, en su libre desarrollo de su personalidad. Dañan la psique, la salud física y emocional, la libertad sexual y la socialización de la víctima, por conductas que atentan contra su intimidad sexual: al video grabar, audio, imágenes, fotografías, o fabricar videos reales o simulados
de contenido sexual, de alguien, sin su consentimiento o atravez de la manipulación, la coacción o el engaño, con el objetivo de exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar,
ofertar, intercambiar y compartir contenido personal, muchas veces de tipo sexual, sin el consentimiento, del titular o participante, en el contenido, impreso, o digital, difundiendo este material por medio de correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico.

En Quintana Roo, se ha tipificado esta conducta, en el articulo Artículo 130 SEXIES. El cual establece “A quien difunda, revele, publique, comparta o altere contenido audiovisual, conversaciones telefónicas, grabaciones de voz, imágenes estáticas o en movimiento, de naturaleza sexual o erótica de otra persona, mayor de edad, sin su consentimiento, a través de cualquier tecnología de la información y comunicación o por cualquier medio digital o impreso, se le impondrá de cuatro a ocho años de prisión y doscientos a quinientos días multa”. “Las p***s y sanciones a las que se refiere el párrafo anterior se aumentarán hasta en una mitad más, cuando el sujeto activo sea cónyuge, concubino, o haya mantenido una relación afectiva o de confianza con la víctima, aún sin convivencia, cuando se cometa contra una persona con discapacidad o que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho, o cuando la conducta haya sido realizada con fines de lucro.” “Este delito se perseguirá por querella de la parte ofendida”.

También se considera delito en nuestro Estado de Quintana Roo, la Violación de la Intimidad Personal o Familiar, el cual se tipifica, en el ARTICULO 194-Bis, que establece, que se. “sancionará con prisión de seis meses a cuatro años y de cien a trescientos días multa, a quien, sin consentimiento de otro, o sin autorización judicial y con el fin de conocer asuntos relacionados con la intimidad personal o familiar de aquél, utilizando cualquier medio: I.- Se apodere de documentos u objetos de cualquier clase; II.- Reproduzca los documentos u objetos que contengan información relacionada; o III.- Escuche, observe, o grabe una imagen fija o en movimiento, el sonido, o ambos. Para efectos de lo dispuesto en el presente Capítulo, deberá entenderse por derecho a la intimidad, la manifestación concreta de la separación entre el ámbito privado y el público. Se asocia con la existencia de un ámbito privado que se encuentra reservado frente a la acción y conocimiento de los demás y tiene por objeto garantizar al individuo un ámbito reservado de su vida frente a la acción y conocimiento de terceros, ya sea simples particulares o bien los poderes del Estado” y el ARTICULO 194-Ter.- establece, que “Se sancionará con prisión de uno a cinco años y de doscientos a trescientos días multa a quien revele, distribuya, transmita o lucre con la intimidad personal o familiar prevista en el artículo que antecede.

Se debe mencionar, que, de acuerdo con el Protocolo de Palermo, que es un instrumento internacional en el que, la comunidad internacional, logró definir a la trata de personas como: La captación, el transporte, el traslado, la acogida o recepción de una o más personas con fines de explotación, siempre y cuando se recurra a la coerción, fraude, engaño, abuso de poder, abuso de una situación de vulnerabilidad o concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra. Para que se configure, este delito, no es necesario, que se den todos los elementos, del tipo penal, pues existe una excepción cuando se trata de personas menores de 18 años, es decir niñas y niños como lo refiere la Convención de los Derechos del Niño, ya que cuando una situación involucra a una niña o niño no será necesario el elemento de los medios, es decir únicamente se requerirá la actividad de enganche y la finalidad.

El Protocolo de Palermo señala como mínimo la explotación en forma de: Prostitución Ajena; Esclavitud; Explotación sexual; Prácticas análogas a la esclavitud; Trabajos o Servicios Forzados; Extracción de órganos; Servidumbre. En México, la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, la cual, es reglamentaria del artículo 73, fracción XXI, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y considera como trata de personas a toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación y estas conductas, tiene como sanción, se le impondrá de 5 a 15 años de prisión y de un mil a veinte mil días multa.

Estas conductas ilícitas, se generan, y desarrollan, mediante, las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), generando nuevas formas de violencia contra las mujeres, adolescentes, niños y niñas, por razón de género. Esto impide su correcto desarrollo y el pleno disfrute de sus derechos humanos, como son la dignidad, su libre desarrollo de personalidad, su libertad de expresión, la protección de datos personales. Actualmente Internet juega un papel importante en la estructuración de las comunicaciones, del conocimiento de las identidades y de la organización de las interacciones personales, sustentadas muchas veces, con base en estructuras económicas y de poder, donde el anonimato de los navegantes de las redes sociales, aumenta el temor y la violencia, regularmente en contra de los niños y niñas y mujeres y también contra hombres, lo que ha generado, inseguridad y angustia en las víctimas.

También es importante señalar, que existe una Ley, conocida, como Ingrid, encaminada a sancionar, delitos cometidos por servidores públicos, dentro del Código Penal Federal, que se aprobaron el 23 de marzo de 2022. Este hecho, consiste en tipificar y sancionar la difusión de información o material audiovisual, en delitos relacionados con violencia de género, para evitar la revictimización por parte de las autoridades o personas que deban impartir justicia. Esta ley, fue denominada, así, derivada de la situación, sucedida el día 09 de febrero de 2020, donde policías de la Ciudad de México, filtraron fotografías a los medios de comunicación, del feminicidio de Ingrid Escamilla Vargas, quien fue asesinada, por quien era su pareja, Érick Francisco Robledo Rosa. Las fotografías de su cuerpo descuartizado fueron publicadas en la portada de varios medios de comunicación, entre ellos, Metro de Grupo Reforma y La Prensa.

Es importante destacar que la Ley Ingrid en el ámbito federal y en la competencia de los Estados de la Republica, regula el actuar, de las personas, que se desempeñan, en el servicio público, para que eviten, difundir imágenes de la investigación de feminicidios, siendo necesario, también regular, dentro del respeto a la moral, a la integridad física de la persona, la cobertura noticiosa, de la violencia contra las mujeres, ya que si se, hace una difusión de las imágenes, se revictimiza a quienes han sufrido estos daños, y a su entorno familiar, como partes ofendidas, esto es parte de los Protocolos de actuación, que se han emitido, en el ámbito internacional, y nacional, por organismos, como es, la ONU Mujeres, que es una organización de las Naciones Unidas que desarrolla programas, políticas y normas con el fin de defender los derechos humanos de las mujeres y garantizar que todas las mujeres y las niñas alcancen su pleno potencial. Así como la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) y el Instituto Nacional de las Mujeres.

Debe señalarse, que, entre las conductas, de hechos, que son agravadas, está la difusión de materiales audiovisuales de cadáveres o parte de ellos, así como de las circunstancias de la muerte, de las víctimas, de sus lesiones y su estado de salud. En estos casos, las p***s incrementarán hasta en una tercera parte. Si las imágenes son de cuerpos de mujeres, niñas o adolescentes o reflejan su estado de salud, lesiones o circunstancia de muerte, las p***s aumentarán hasta en una mitad.

Aquí en el Estado de Quintana Roo, también se adiciono esta prohibición, dentro de la tipificación del delito de Feminicidio, en el ARTÍCULO 89-Bis. -, que establece, “Comete delito de feminicidio, el que dolosamente prive de la vida a una mujer por razones de género. Se le impondrá prisión de veinticinco a cincuenta años y de mil quinientos a tres mil días multa. “Existen razones de género cuando se presente cualquiera de los siguientes supuestos: I. Que existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima; II. Que el cuerpo de la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; III. Que a la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia; IV. Que existan antecedentes o datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso u hostigamiento sexual, o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima; V. Que el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público; VI. Que el activo haya obligado a la víctima a ejercer la prostitución, o haya ejercido actos de trata de personas en agravio de la víctima; VII. Que haya existido entre el activo y la victima una relación sentimental, afectiva o de confianza; VIII. Que la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida. Además de la sanción anterior el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluido los de carácter sucesorio.”

Dentro de toda esta información, la violencia digital, ha sido parte, de una problemática, donde las personas que han sido agredidas, por estas conductas, han tenido un aislamiento social, optando muchas veces, por retirarse de la vida social, apartarse de la familia y de sus amistades, limitando su libertad para comunicarse o para entablar vínculos de amistad. Se debe señalar que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible reconoce que la expansión de las tecnologías de la información y las comunicaciones y la interconexión mundial crea grandes posibilidades, para permitir el progreso humano, disminuir la brecha digital y desarrollar las sociedades del mundo contemporáneo. Esto significa, que los objetivos de igualdad de género y la protección a todas las mujeres y las niñas, mediante, la eliminación de todas las formas de violencia contra de ellas, en todas las áreas, permitirán armonizar, la tecnología y las normas de derechos humanos, terminado en algún momento, con la violencia de género, siendo un reclamo, y un principio del derecho internacional, protegidos, en tratados, convenciones, doctrinas y jurisprudencia, regional e internacional, generando, medidas jurídicas y de políticas públicas, para erradicar la violencia digital contra las mujeres, niñas, niños, debiéndose, de cuidar, en el contexto más amplio, los derechos humanos, al erradicar, la discriminación estructural, la violencia y las desigualdades, para establecer un medio idóneo, para el logro de la igualdad de género mediante el uso de las redes sociales y de los medios digitales.

Se debe trabajar, como sociedad civil para proteger a nuestras niñas, niños, mujeres y hombres, debiendo de evitar, cualquier tipo de violencia de género, que provoque, deficiencia y errores en la vida de las personas, que las dañen en todos los aspectos, y que causen una afectación muchas veces de forma irreparable, a las víctimas, donde el Estado sea garante de proteger, la integridad y salud de las mismas, para que sea garantizado su acceso a la justicia, y el respeto amplio a sus derechos humanos, para hacer un país, con dignidad y con apego a privilegiar el libre desarrollo de la personalidad, la sana convivencia, ponderar de suma importancia el interés superior del menor, y la equidad e igualdad de género.

La Renuncia de un Secretario: ¿Un Cambio Real en la Seguridad de Cancún?Redacción/Moloch PeopleLa renuncia del secretari...
17/07/2025

La Renuncia de un Secretario: ¿Un Cambio Real en la Seguridad de Cancún?

Redacción/Moloch People

La renuncia del secretario de Seguridad Pública de Cancún, Ernesto Damiano Sumuano, ha generado un debate sobre la efectividad de las políticas de seguridad en la ciudad. La creciente ola de violencia y la falta de resultados en la lucha contra la delincuencia han sido los principales motivos de su salida.

Un Historial de Fracasos

Durante su gestión, Sumuano prometió "recuperar la calle" y "blindar" Cancún, pero los resultados no respaldaron sus promesas. El índice delictivo aumentó un 12% en comparación con el último trimestre del año pasado, y la percepción ciudadana sobre la policía municipal es negativa.

La Presión Ciudadana

La ciudadanía cancunense ha estado exigiendo resultados y una mayor seguridad en sus calles. Los comerciantes, hoteleros y vecinos han pedido refuerzo de unidades policiales, investigaciones transparentes y coordinación con las autoridades federales. La pregunta es: ¿podrá el nuevo secretario responder a estas demandas?

Un Cambio de Rumbo

La designación de un nuevo secretario de Seguridad Pública es una oportunidad para cambiar el rumbo de la seguridad en Cancún. Sin embargo, la pregunta es: ¿será capaz de implementar estrategias efectivas para combatir la delincuencia y restaurar la confianza ciudadana?

La Ciudadanía Exige Resultados

La ciudadanía cancunense no solo exige resultados, sino también transparencia y rendición de cuentas. La sociedad está cansada de promesas incumplidas y necesita ver acciones concretas para sentirse segura en sus calles.

Un Desafío para el Nuevo Secretario

El nuevo secretario de Seguridad Pública enfrentará un desafío importante: demostrar resultados y restaurar la confianza ciudadana. La pregunta es: ¿podrá hacerlo? La ciudadanía está expectante y exigirá resultados.

Aprueban la Legítima Defensa: una medida histórica para proteger a quienes se defienden en su hogarRedacción/Moloch Peop...
17/07/2025

Aprueban la Legítima Defensa: una medida histórica para proteger a quienes se defienden en su hogar

Redacción/Moloch People

El Congreso de México aprobó por unanimidad una reforma al Código Penal que permite a cualquier persona defenderse dentro de su casa sin enfrentar consecuencias legales, incluso si esa defensa causa lesiones o la muerte al agresor.

¿Qué cambia con esta reforma?

Si alguien entra a tu casa con la intención de robar, agredir o cometer un delito, ahora podrás defenderte con lo que tengas a tu alcance. Y lo más importante: no serás castigado penalmente por proteger tu vida y la de tu familia.

¿Dónde aplica esta ley?

Esta protección aplica dentro de tu propiedad, incluyendo:
- Interior de la casa
- Patio o jardín
- Azoteas
- Bardas o áreas cercanas al domicilio

Por ahora, no aplica en negocios, oficinas ni automóviles.

También protege contra abusos de autoridad

Si un policía entra sin orden y con intenciones ilegales, también podrás defenderte sin temor a ser procesado. Esto busca evitar abusos y garantizar que la ley esté del lado de los ciudadanos.

¿Por qué es importante?

Con esta reforma, se reconoce tu derecho a proteger lo más valioso: tu vida, tu familia y tu hogar. Es un paso importante hacia una justicia más justa y una sociedad donde la seguridad empiece por casa.

"La Estatua": La Polémica que Envuelve a Florinda MezaRedacción/Moloch PeopleEn un giro inesperado, la estatua de Florin...
15/07/2025

"La Estatua": La Polémica que Envuelve a Florinda Meza

Redacción/Moloch People

En un giro inesperado, la estatua de Florinda Meza en Juchipila, Zacatecas, se ha convertido en el centro de una gran polémica. La bioserie "Chespirito: sin querer queriendo" ha reavivado viejas heridas y muchos habitantes del pueblo están exigiendo que la estatua sea retirada.

La Protesta que Genera Expectación

El próximo jueves 24 de julio, a las 19:00 horas, los habitantes de Juchipila se reunirán en la plaza principal para exigir el retiro de la estatua. La convocatoria ha generado una gran respuesta en redes sociales, con más de 20 mil personas interesadas en asistir y alrededor de 3 mil confirmadas. Algunos participantes planean llevar pancartas con frases irónicas, como "Roberto cambió sus 7 defectos por uno más grande y feo".

Un Debate que Va Más Allá de la Fama

La relación entre Florinda Meza y Roberto Gómez Bolaños mientras él aún estaba casado ha generado mucha controversia. Muchos habitantes de Juchipila consideran que la estatua es un recordatorio doloroso de esta relación y que no refleja los valores del pueblo. La pregunta es: ¿debería una figura pública ser juzgada por sus errores del pasado, o debería ser recordada por sus logros y contribuciones?

La Reacción de Florinda Meza

Hasta el momento, Florinda Meza no ha emitido comentarios específicos sobre la protesta, pero sí ha expresado su desacuerdo con la serie "Sin querer queriendo", aclarando que la versión presentada sobre su relación con Roberto Gómez Bolaños no corresponde con la realidad.

¿Qué Pasará?

La protesta del jueves 24 de julio será un momento crucial para entender hacia dónde se dirige esta historia. ¿La estatua será retirada, o permanecerá como un recordatorio de la compleja relación entre Florinda Meza y Roberto Gómez Bolaños? Solo el tiempo lo dirá. Lo que es seguro es que esta historia seguirá generando expectación y debate en los próximos días.

Captura FGE de Quintana Roo a dos personas por extorsión en Benito JuárezRedacción/Moloch PeopleBenito Juárez.- La Fisca...
15/07/2025

Captura FGE de Quintana Roo a dos personas por extorsión en Benito Juárez

Redacción/Moloch People

Benito Juárez.- La Fiscalía General del Estado informa que cumplimentó dos órdenes de aprehensión, otorgada por un Juez de Control, en contra de Armando René “N” y Mario Carlos “N” por su probable participación en hechos posiblemente constitutivos del delito de extorsión en agravio de una persona del s**o femenino, en hechos ocurridos en este municipio.

Los detenidos, en su calidad de policías de investigación, adscritos a la zona hotelera, acudieron el 21 de junio del presente año, al domicilio de la víctima, en la Supermanzana 251, donde la amenazaron con llevarla detenida por supuestamente tener carpetas de investigación en su contra.

Sin embargo, para solucionar el problema, Armando René “N” y Mario Carlos “N” le exigieron a la mujer la cantidad de 250 mil pesos, para no continuar investigando e incluso eliminar todos los archivos de la denuncia; ante el temor de ser detenida, la víctima les dijo que le dieran un tiempo prudente para juntar el dinero.

Durante los días posteriores, vía WhatsApp, los imputados enviaron mensajes intimidatorios a la agraviada, e incluso Armando René “N” acudió al centro laboral de la hija de la víctima, en donde la amenazó para que su madre entregara el dinero o de lo contrario, haría que la despidieran de su trabajo.

Tras denuncia de hechos, personal de la Fiscalía Especializada en Combate a los Delitos de Secuestro y Extorsión, solicitó y obtuvo de un Juez de Control una orden de aprehensión en contra de Armando René “N” y Mario Carlos “N”, la cual fue cumplimentada por elementos de la Policía de Investigación de la Fiscalía General del Estado; los capturados quedaron a disposición de la autoridad judicial que los requirió.

En ese sentido, el Fiscal General Raciel López Salazar reiteró con firmeza el compromiso de este organismo autónomo con la legalidad, la transparencia y la justicia, advirtiendo que ninguna persona estará por encima de la ley, trátese de quien se trate.

El Fiscal General señaló que el actuar de la Fiscalía no responde a intereses particulares ni a presiones externas, sino al mandato constitucional de procurar justicia en estricto apego a la ley y con pleno respeto a los derechos humanos.

“Este es un compromiso ético y jurídico. La ley debe aplicarse sin distingos, sin privilegios y sin temor. A quienes aún creen que la impunidad tiene espacio en nuestro estado, les decimos con total claridad: esa etapa ha terminado”, expresó Raciel López Salazar.

Investiga FGE de Quintana Roo a un sujeto por feminicidio en Benito JuárezRedacción/Moloch PeopleTulum.- En el marco de ...
15/07/2025

Investiga FGE de Quintana Roo a un sujeto por feminicidio en Benito Juárez

Redacción/Moloch People

Tulum.- En el marco de la conferencia semanal del Gabinete de Seguridad, el titular de la Fiscalía General del Estado, Raciel López Salazar, dio a conocer que la Representación Social bajo su mando, inició una carpeta de investigación, tras la detención en flagrancia de un masculino por parte de la Policía Municipal de Benito Juárez, por su presunta relación en hechos posiblemente constitutivos del delito de feminicidio, en sucesos ocurridos esta madrugada.

El señalado es identificado como Felipe Octavio “N”; los hechos que motivaron su detención ocurrieron en el domicilio que compartía con la víctima, quien era su esposa y sus hijos, ubicado en la calle Piscis de la Supermanzana 41 del municipio de Benito Juárez.

Según las primeras indagatorias, el ahora detenido y su esposa estaban discutiendo dentro de la vivienda; cuando el sujeto agredió a la mujer con un arma blanca, causándole lesiones que la privaron de la vida.

Posteriormente, el masculino habría atentado contra sí mismo, ocasionándose heridas en cuello, tórax y abdomen, por lo que fue ingresado en un hospital en calidad de detenido y puesto a disposición del Ministerio Público; su estado de salud es reportado como delicado. Cabe mencionar que los hijos de la pareja, de 6 y 10 años, quedaron a cargo de su abuela materna, con asistencia del Sistema DIF.

Por otra parte, el Fiscal General dio a conocer que del 7 al 13 de julio del presente año, este organismo autónomo cumplimentó 48 órdenes de aprehensión, lo que representa un incremento de 31 por ciento, con respecto a la semana anterior, cuando tuvieron 31 aprehensiones; del total del periodo en cuestión, 89 por ciento, es decir, 43 fueron por delitos de alto impacto.

Los ilícitos que dieron origen a estas órdenes de aprehensión son: homicidio calificado, 11; robo calificado, siete; violación, seis; extorsión, tres; secuestro agravado, dos y violencia familiar, dos; además de una por cada uno de los delitos de abuso de autoridad, abusos sexuales, contra el ambiente y la fauna, corrupción de menores de edad, daños, desaparición cometida por particulares, feminicidio en grado de tentativa, homicidio calificado en grado de tentativa, homicidio culposo y lesiones culposas, homicidio en grado de tentativa, homicidio calificado y abuso de autoridad, robo agravado, lesiones y daños, violación, violación y abusos sexuales, violencia digital, violencia familiar y lesiones calificadas y feminicidio en colaboración con Pueble.

Asimismo, Raciel López Salazar informó que obtuvieron 60 vinculaciones a proceso, de las que 22 fueron por delitos contra la salud (narcomenudeo), ocho por homicidio calificado, cinco por robo, cuatro por abusos sexuales y cuatro más por violencia familiar, entre otros delitos.

En el rubro de las sentencias condenatorias obtenida, indicó que estas fueron cinco: dos por violación, una por daños culposos, una por extorsión y una por incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar.

Por último, señaló que cumplimentaron 13 órdenes de cateo: 11 por delitos contra la salud y dos por trata de personas; además, abrieron mil 14 carpetas de investigación, de las que 930 fueron sin detenidos y 84 con detenidos.

En la conferencia estuvieron presentes, además, Cristina Torres Gómez, Secretaria de Gobierno; Contralmirante Julio César Gómez Torres, Secretario de Seguridad Ciudadana; General de Brigada Diplomado de Estado Mayor Fidel Mondragón Rivero, Comandante de la 34ª. Zona Militar y Capitán de Fragata Sergio Varela Morales, en representación del Sector Naval de Cozumel.

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