03/07/2025
FALLO JUDICIAL SENTENCIA A EX TRABAJADORA DE LA MUNICIPALIDAD DE PICHARI.
En un fallo judicial que marca un hito en los casos de corrupción administrativa en el interior del país, Miriam Orozco Torres, ex supervisora de obra de la Municipalidad Distrital de Pichari, ha sido inhabilitada por tres años, condenada a una pena suspendida de cuatro años de prisión y multada con 240 días multa. El delito: negociación incompatible en agravio del Estado.
Pero ¿cómo llegó esta funcionaria a ocupar el centro de una sentencia que desnuda las fracturas del sistema de contrataciones públicas en el Perú?
UNA OBRA QUE TERMINÓ EN ESCÁNDALO
El caso gira en torno al proyecto “Mejoramiento y Ampliación de la capacidad operativa de los servicios de maquinaria pesada en la Municipalidad Distrital de Pichari”, particularmente en la contratación de la empresa INGEVRAE S.A.C. para instalar un sistema de media tensión eléctrica.
Según los documentos judiciales, Miriam Orozco, en su rol como supervisora, visó el Informe N° 065-2016, documento clave que otorgó la conformidad de la instalación eléctrica. Lo hizo, a pesar de que la empresa no había presentado la conformidad técnica de obra emitida por Electrocentro S.A., requisito esencial establecido no solo en los términos de referencia y el contrato, sino también en el acta de conciliación firmada entre la Municipalidad e INGEVRAE.
Este informe fue el puntapié que permitió el desembolso de más de S/. 128,000 soles a la empresa contratista, sin que se cumpliera el íntegro de las obligaciones contractuales. A pesar de haberse aplicado penalidades por supuestos incumplimientos, el tribunal concluyó que lo hecho por Orozco y los otros imputados no se trató de un simple error técnico, sino de una actuación interesada en favor del contratista.
LA DEFENSA: “NO HUBO PERJUICIO ECONÓMICO”
Durante el proceso de apelación, la defensa de Orozco argumentó que ella nunca otorgó una conformidad del 100%. Alegó que el pago fue parcial, condicionado a la instalación de un medidor y la entrega de documentos. Se penalizó a la empresa con el 10% del contrato y se retuvo otro 10%, suma que duplicaba el valor de la partida no ejecutada. En su lógica, no hubo daño al Estado, sino más bien una salvaguarda frente al “enriquecimiento sin causa” por parte de la entidad.
Además, insistió en que la obra fue clasificada erróneamente como “servicio”, cuando en realidad era una “obra”, lo que habría desvirtuado los procedimientos de pago y supervisión. Esta línea de defensa apuntaba a desacreditar la legalidad del proceso más que a justificar los actos concretos de su clienta.
EL GIRO INESPERADO: LA CONTRADICCIÓN FATAL
No obstante, la sentencia de segunda instancia desnudó una contradicción insalvable. Apenas un mes antes de visar la conformidad, Orozco había advertido mediante un informe oficial que el contratista no debía recibir valorización alguna hasta contar con la aprobación técnica de Electrocentro. En palabras del tribunal: “tenía la convicción debidamente sustentada de que no correspondía realizar ninguna valorización... sin embargo, en fecha posterior visó la conformidad sin que el contratista hubiera realizado dichas pruebas”.
Esta contradicción, según el fallo, solo puede explicarse desde un interés indebido. No fue una simple omisión. Fue una acción consciente, con conocimiento de causa.
MÁS ALLÁ DE MIRIAM OROZCO
El caso también alcanzó a otros dos funcionarios: Carlos Darwin Quispe Murillo, residente de obra, y Noel Luis Pérez de la Cruz, gerente de Infraestructura. Ambos también fueron condenados. Pero el papel de Orozco es singular, por tratarse de la supervisora técnica responsable de asegurar que cada etapa del proyecto cumpliera con los estándares y procedimientos legales.
La sentencia marca una línea firme sobre lo que significa interesarse “indebidamente” en favor de un tercero. No se requiere un beneficio económico personal ni un daño patrimonial explícito al Estado. Basta con haber actuado parcializando decisiones, favoreciendo a una parte en desmedro del principio de imparcialidad que debe regir toda función pública.
CONCLUSIÓN: UN CASO QUE DEJA HUELLA
Miriam Orozco Torres pasará a la historia judicial del distrito de Pichari no como una técnica que veló por los intereses públicos, sino como una funcionaria que, pese a tener las advertencias sobre la mesa, decidió allanar el camino para una empresa que incumplió sus compromisos.
Hoy, su inhabilitación representa más que una sanción personal. Es una advertencia. Porque en cada contrato público se juega algo más que dinero: se juega la confianza de los ciudadanos en sus autoridades.