14/10/2025
⚖️ Barreras anuladas: Indecopi declara ilegales cobros y requisitos del TUPA de Lambayeque
Por qué la Resolución N.º 00014-2025/CEB-INDECOPI-LAM marca un precedente contra la imposición arbitraria de costos y exigencias en licencias de infraestructura
El 18 de agosto de 2025, la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Lambayeque emitió la Resolución Final N.º 00014-2025/CEB-INDECOPI-LAM, declarando ilegales diversas barreras burocráticas impuestas por la Municipalidad Provincial de Lambayeque en el procedimiento PA1444486B del TUPA municipal. La resolución anula tanto el cobro de S/ 3850.30 por concepto de trámite administrativo como los requisitos técnicos exigidos sin sustento legal, consolidando un precedente normativo en materia de infraestructura y telecomunicaciones.
💰 Cobros sin metodología: vulneración del principio de legalidad
El procedimiento PA1444486B, denominado “Licencia de obras estructuras especiales (torre, antenas, estaciones base)”, aprobado por Ordenanza Municipal N.º 032/2022-MDL, incluía un cobro de S/ 3850.30 por concepto de:
Licencia de obra (cada 5 metros de altura)
Control de supervisión de obra (mínimo 3 visitas)
Rotura de calles y pavimentos por metro lineal
Indecopi determinó que dicho cobro fue establecido sin aplicar la metodología oficial prevista en el Decreto Supremo N.º 064-2010-PCM, vulnerando los artículos 53° y 54° del TUO de la Ley N.º 27444. Esta omisión constituye una infracción al principio de legalidad y razonabilidad en la determinación de derechos de tramitación.
📑 Requisitos técnicos excedidos: restricción ilegal a la inversión
Además del cobro, la Municipalidad exigía:
Un estudio de impacto ambiental
Un estudio de mecánica de suelos
Ambos requisitos exceden lo dispuesto en el artículo 12° del Reglamento de la Ley N.º 29022, que regula la expansión de infraestructura en telecomunicaciones. Indecopi recordó que ninguna entidad pública puede imponer requisitos adicionales a los establecidos en dicho reglamento, conforme al artículo 3° de la Ley N.º 29022 y la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N.º 30228.
🧭 Impacto normativo y precedente institucional
La resolución no solo anula barreras específicas: reafirma el principio de predictibilidad y legalidad en los procedimientos administrativos, especialmente en sectores estratégicos como telecomunicaciones. La eliminación de requisitos y cobros arbitrarios facilita la inversión, reduce la discrecionalidad municipal y fortalece la seguridad jurídica para operadores de infraestructura.
Conclusión crítica:
La Resolución N.º 00014-2025/CEB-INDECOPI-LAM no es solo una sanción: es una corrección institucional que devuelve legitimidad al procedimiento administrativo. En tiempos de expansión digital y descentralización normativa, el respeto a la legalidad no es opcional: es estructural. Y cuando la burocracia se convierte en obstáculo, el control normativo se vuelve garantía.
⚖️ Barreras anuladas: Indecopi declara ilegales cobros y requisitos del TUPA de Lambayeque Por qué la Resolución N.º 00014-2025/CEB-INDECOP...