22/07/2026
SANTA:
REGIDORA LOURDES SACHÚN REALIZA ACTIVIDADES PROSELITISTAS MIENTRAS EJERCE EL CARGO DE REGIDORA, VULNERANDO EL PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD ELECTORAL
La regidora de la Municipalidad Distrital de Santa, Lourdes Sachún Hidalgo, viene participando en actividades de carácter proselitista mientras continúa ejerciendo funciones como autoridad edil, situación que podría configurar una presunta vulneración al principio de neutralidad electoral establecido en la normativa vigente y cuya supervisión corresponde a los organismos electorales.
La participación de la concejal se evidencia en publicaciones difundidas en redes sociales, donde aparece recorriendo y haciendo proselitismo en mercados, calles, pueblos del distrito de Santa y del valle, vistiendo prendas alusivas al Partido Demócrata Verde, organización política por la que postula a la alcaldía distrital. Además, ella misma publica y comparte transmisiones en vivo y actividades proselitistas, donde solicita el respaldo ciudadano con miras a las próximas elecciones, pese a mantenerse en funciones como regidora.
Para ser más claros, en la cuenta de Facebook “Lourdes Sachún, Alcaldesa de Santa - Partido Verde” y del candidato a regidor “Daniel Acuña Haro”, integrante de la misma organización política, se evidencia claramente la publicación de imágenes y mensajes de campaña en los que participa Sachún Hidalgo, acompañados de aspirantes a regidores y candidatos a la provincia del Santa y región Áncash; también en sus recorridos emiten frases como: "Recuerda este 4 de octubre, marca las cuatro V. Juntos llegaremos a la victoria".
De confirmarse estos hechos, corresponderá al Jurado Electoral Especial (JEE) del Santa evaluar si las acciones desarrolladas por la autoridad municipal constituyen una infracción al deber de neutralidad que deben observar los funcionarios y autoridades públicas durante el proceso electoral, de conformidad con la legislación vigente.
Para conocimiento de todos, el principio de neutralidad busca garantizar que quienes ejercen función pública no utilicen su condición o investidura para favorecer o promover una determinada organización política, preservando la transparencia e imparcialidad del proceso electoral.
En ese sentido, será el órgano electoral competente el encargado de determinar si existe responsabilidad y adoptar las medidas que correspondan conforme a ley, tal como se ha dado a conocer en el informe de Fiscalización del JEE del Santa donde se advierte una presunta vulneración al principio de neutralidad electoral, al concluir que el alcalde de Nuevo Chimbote, Walter Soto habría participado en actividades de carácter proselitista mientras continúa ejerciendo funciones como autoridad municipal.