10/08/2025
((🔴)) ¿QUIÉN ES EL JUEZ QUE IMPUSO COMPARECENCIA A DIEGO CADILLO?
EL CASO QUE REMECE A MEDIO MUNDO
Hoy, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Huaura, a cargo del juez Jesús Maicol Asencios Solís, dictó comparecencia con restricciones contra el alcalde del centro poblado de Medio Mundo, Diego Armando Cadillo Crisóstomo, investigado por agredir violentamente a su conviviente delante de su hija de 3 años.
La decisión incluye reglas de conducta estrictas, caución de S/ 6,000 y prohibición de acercamiento y de comunicación con la agraviada y testigos. El magistrado cuestionó que el Ministerio Público hubiera planteado feminicidio: señaló falta de imputación concreta y ausencia de estereotipos de género claros; en su criterio, los celos no constituyen por sí solos un estereotipo de género ni encuadran el tipo penal de feminicidio.
El resultado desató indignación ciudadana en un país golpeado por la violencia contra las mujeres y con una justicia bajo sospecha permanente.
LOS ANTECEDENTES DEL JUEZ
Lo que casi nadie está contando: Asencios Solís arrastra un prontuario judicial como acusado.
En junio de 2024, fue condenado en primera instancia a 13 años por cohecho activo específico en el marco del caso Orellana. La Sala de entonces valoró declaraciones de colaborador eficaz, registros de llamadas, documentos de retiros de dinero en el Estudio Orellana y coincidencias de fechas con un fiscal luego sancionado disciplinariamente por entregar información reservada.
En un sistema robusto, eso habría bastado para suspender al juez y ejecutar la condena apenas quedara firme. En el Perú, el final fue otro.
LO QUE DIJO LA CORTE SUPREMA
En abril de 2025, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema revocó esa condena y absolvió a Asencios Solís. La sentencia sostiene que faltó corroboración suficiente del dicho del colaborador y que no se pudo ubicar con certeza al juez en Lima cuando habrían ocurrido las reuniones (no hubo geolocalización del celular ni constancia de peajes). Bajo la presunción de inocencia, el vacío probatorio obligó a absolver. La prueba contra el juez no alcanzó estándares de corroboración; la Suprema cerró el caso y el magistrado quedó rehabilitado.
¿POR QUÉ ESTO INDIGNA?
Que un magistrado condenado en primera instancia por cohecho en un caso emblemático vuelva al estrado en menos de un año para decidir sobre un expediente sensible de violencia contra la mujer es un mazazo a la confianza pública.
No hace falta acusar a nadie de nada extra. Los hechos ya son demoledores. La pericia procesal que absuelve con agujeros probatorios convive con una debilidad crónica del Estado para investigar bien (pruebas técnicas, geolocalización, cadenas de custodia, diligencias de reconocimiento). Como resultado las causas se caen y los mismos operadores siguen decidiendo.
LA RESURRECIÓN DEL JUEZ
En un país donde cada año decenas de mujeres son asesinadas y miles denuncian agresiones, la imagen es insoportable: una mujer golpeada brutalmente frente a su hija de tres años y un juez “resucitado” del banquillo que decide dejar en libertad al presunto agresor. Es increible que ante la violencia más evidente y el daño a una menor, este sistema de justicia permite que las decisiones claves estén en manos de quienes no inspiran confianza.