02/05/2025
Conductor de madrugada que quieres llegar a tu casa sano y salvo y no te sientes cómodo esperando una luz roja entre las 12:00 y 5:00 de la mañana:
Quiero que sepas que estás en todo tu derecho de detenerte antes de la luz roja, esperar tres segundos, y verificar que no venga ningún otro vehículo, y puedes continuar tu marcha con la luz roja.
He visto muchos videos que policías paran a los vehículos por pasarse la luz roja.
Solo te digo que cojas el ticket y hagas buche y luego lo apeles en un tribunal, porque tú tienes todo tu derecho y aquí te enseño en la ley 22, donde lo menciona:
NO TE DEJES INTIMIDAR por policías de tránsito brutos, que no se saben la ley, o tiranos que se saben la ley, pero te quieren joder, como quiera.
Según la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, Artículo 8.02(b)(6), se establece que:
“Los vehículos que transiten por la vía pública entre las doce (12) de la noche y las cinco (5) de la mañana, cuando estén frente a lentes exhibiendo luz roja, se detendrán y podrán continuar la marcha, siempre que se tomen las debidas precauciones.” 
Esto significa que, durante ese horario, los conductores deben detenerse completamente ante una luz roja y, después de asegurarse de que es seguro hacerlo, pueden continuar la marcha con precaución.
Es importante destacar que esta disposición no exime al conductor de la responsabilidad de garantizar la seguridad al cruzar la intersección. Además, esta excepción no se aplica si hay señales específicas que prohíben el paso o si las condiciones del tráfico o la visibilidad no son adecuadas.
Para más detalles, puedes consultar el texto completo de la ley.