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Enfoque 20-20 En enfoque hacia el futuro de la Ciudad de Luque, Paraguay

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01/02/2025

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⚠️De la dictadura colorado-militar-policial al estado autoritario neo-stronissta
Violación de derechos humanos y condenas

📌De: Juan Fernando Kurtz

Cuando los "colorados stronisstas hasta las últimas consecuencias" se aglutinaron tras la consigna "después de un Stroessner, otro Stroessner", quedó claro que cualquier cambio en el modelo de poder significaba el fin de los privilegios para una élite que había prosperado saqueando al Estado. Esto no solo amenazaba sus intereses y su impunidad, sino que también ponía en peligro la consolidación de un neoliberalismo extremo, diseñado para perpetuar la explotación en forma y fondo.

El estado clientelista de la dictadura buscó impedir toda transformación, pero, en paralelo, surgió una oligarquía nacional cimentada en alianzas con corporaciones transnacionales. Estas élites encontraron en el aparato estatal corrupto un socio ideal: impunidad garantizada a cambio de beneficios económicos mutuos. Muy pronto, el sistema dejó de distinguir entre mercado y Estado; el primero controlaba al segundo, y el segundo era administrado como extensión del primero.

Con el ascenso de Rodríguez, Paraguay entró en una nueva fase: un régimen neostronissta, neoliberal, autoritario y corrupto, que instauró una democracia de fachada sostenida por una violencia estructural.

Fue el disfraz democrático de un gobierno esencialmente antidemocrático.

Durante los 35 años de dictadura colorada-militar-policial, las botas y los votos sirvieron para subyugar al pueblo paraguayo. Colorados stronistas, militares, policías, grupos parapoliciales y pyragües cometieron atrocidades sistemáticas, sometiendo y vejando a toda una nación.

En su narrativa manipulada, presentaron esta maquinaria represiva y la corrupción flagrante del régimen como actos heroicos que garantizaban la “democracia sin comunismo”. Con memoria selectiva olvidaron la privatización de más de 7 millones de hectáreas del estado, para los amigos, o el caso de narcotráfico liderado por Ricord —con 8 toneladas de he***na exportadas a Estados Unidos en cinco años bajo protección estatal— son mostrados como anomalías, cuando en realidad formaban parte integral del régimen. Pero la historia no es un borrador que pueda tacharse: la memoria de las víctimas lo evidencia y grita su verdad.

El proceso que ellos llamaron transición fue, en realidad, una continuidad del coloradismo bajo otro maquillaje: de Stroessner a Rodríguez y de Rodríguez al presente, se perpetuaron el control, la represión y las violaciones sistemáticas a los derechos humanos. Memoria, verdad, justicia y reparación siguen siendo reclamos vigentes.

Si este proceso hubiese sido sincero, al menos uno de los ocho presidentes colorados que administraron la "transición" habría pedido perdón al pueblo paraguayo. Pero ni una palabra de arrepentimiento ha emergido, confirmando que esta historia sigue escrita desde el poder, no desde la justicia.

“Queridos compatriotas, apreciados camaradas de las fuerzas armadas;
hemos salido de nuestros cuarteles en (i)defensa de la dignidad del honor de las fuerzas armadas, por la (i)unificación plena y total del coloradismo en el gobierno, por la (i)iniciación de la democracia en el Paraguay, por el (i)respeto a los derechos humanos, por la (i)defensa de nuestra religión cristiana católica apostólica y romana.
Esos son lo que yo les estoy ofreciendo con el sacrificio del soldado paraguayo, a nuestro querido valiente y noble pueblo paraguayo, y espero que los camaradas de las fuerzas armadas me acompañen en esta circunstancia porque estamos defendiendo una causa noble y justa, que redundarán en beneficio de nuestro heroico y noble pueblo paraguayo.
Gracias.”
Andrés Rodríguez radio primero de marzo - 3 de febrero de 1989
(Material proveído por Andrés Colmán Gutiérrez

Desde 1989 hasta enero de 2025, el Estado paraguayo ha sido condenado en varias ocasiones por organismos internacionales debido a violaciones de derechos humanos. A continuación, se detallan algunos de los casos más destacados:

01.- Caso Eulalio Blanco (2003)
Circunstancias: Ejecución extrajudicial de Eulalio Blanco a manos de agentes estatales, violando sus derechos a la vida y a la integridad personal.
Resolución: La Corte Interamericana determinó la responsabilidad del Estado por el uso excesivo de la fuerza y la falta de investigación efectiva. Se ordenaron reparaciones para los familiares, incluyendo una indemnización económica y garantías de no repetición.

02.Caso Ernesto Benítez (2003)
Circunstancias: Tortura de Ernesto Benítez, quien estaba bajo custodia de la policía. El caso expuso el uso sistemático de métodos violentos durante los interrogatorios.
Resolución: La Corte declaró que Paraguay violó los derechos a la integridad personal, debido proceso y protección judicial. Ordenó medidas para capacitar a las fuerzas de seguridad y prevenir futuros casos de tortura.

03.Caso Ricardo Canese (2004)
Circunstancias: Condena penal a Ricardo Canese, un político, por supuesta difamación en el contexto de la campaña presidencial de 1992. Sus críticas eran sobre los vínculos de su oponente con el régimen dictatorial de Stroessner.
Resolución: La Corte determinó que Paraguay vulneró el derecho a la libertad de expresión y la participación política, y exigió la reparación del daño moral y material.

04.Caso del Centro de Reeducación de Menores "Panchito López" (2004)
Descripción: La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó a Paraguay por las condiciones inhumanas en las que se encontraban aproximadamente 4.000 niños en el Centro de Reeducación de Menores "Panchito López" entre 1996 y 2001. Los internos sufrían hacinamiento, malnutrición, falta de atención médica y educativa, y estaban expuestos a torturas y malos tratos.
Resolución: La Corte determinó que Paraguay violó los derechos a la vida, integridad personal, debido proceso y protección judicial, ordenando al Estado implementar políticas de protección para niños en conflicto con la ley y pagar indemnizaciones a las víctimas y sus familias.

05.Caso Comunidad Indígena Yakye Axa (2005)
Circunstancias: Negación de acceso a sus tierras tradicionales a la comunidad indígena Yakye Axa, llevándolos a vivir en condiciones precarias y de vulnerabilidad extrema.
Resolución: Se ordenó la restitución de tierras y la implementación de programas de desarrollo para garantizar la subsistencia digna de la comunidad.

06.Caso Goiburú (2006)
Circunstancias: Desapariciones forzadas durante la dictadura de Alfredo Stroessner, incluidas las de Agustín Goiburú y otros líderes opositores. La falta de justicia y la impunidad prolongada marcaron el caso.
Resolución: La Corte consideró a Paraguay responsable por graves violaciones de derechos humanos e impuso medidas para investigar y sancionar a los responsables

07.Caso de la Comunidad Indígena Xákmok Kásek (2010)
Descripción: La Corte IDH encontró responsable a Paraguay por la violación de los derechos de la comunidad indígena Xákmok Kásek, al no garantizar su derecho a la propiedad ancestral y exponerlos a condiciones de vida precarias.
Resolución: Se ordenó al Estado devolver las tierras tradicionales a la comunidad y adoptar medidas para asegurar su bienestar y desarrollo.

08.Caso Leguizamón Zaván y otros (2022)
Circunstancias: As*****to de Santiago Leguizamón en 1991 por su labor periodística denunciando narcotráfico y corrupción. Este crimen quedó impune por décadas.
Resolución: La Corte concluyó que Paraguay no protegió la vida de Leguizamón ni investigó adecuadamente el as*****to, ordenando indemnizaciones y reformas estructurales para proteger a los periodistas.

09.Caso Jorge Luis López Sosa (2023)
Descripción: Jorge Luis López Sosa, inspector policial, fue detenido y torturado durante el intento de golpe de Estado en el año 2000 contra el entonces presidente Luis Ángel González Macchi.
Resolución: La Corte IDH declaró la responsabilidad de Paraguay por la violación de los derechos a la integridad, libertad y garantías judiciales de López Sosa, ordenando una indemnización de 50.000 dólares y la continuación de las investigaciones para sancionar a los responsables.

10.Caso Córdoba y otro (2023)
Circunstancias: Violación de derechos laborales y judiciales a un grupo de trabajadores del Estado que fueron arbitrariamente despedidos y no recibieron las garantías legales.
Resolución: El fallo exigió el pago de indemnizaciones, la reintegración de los afectados y reformas legislativas para prevenir despidos injustificados.

11.Caso Alejandro Nissen Pessolani (2024)
Circunstancias: Despido arbitrario del fiscal por denunciar corrupción en altas esferas del poder político.
Resolución: La Corte responsabilizó a Paraguay por la violación de derechos laborales, de debido proceso y garantías judiciales, ordenando medidas correctivas.

12.Caso Aldo Zuccolillo Moscarda, director del diario ABC Color de Paraguay (julio 2024)
Circunstancias
El caso de Aldo Zuccolillo Moscarda, director del diario ABC Color de Paraguay, está relacionado con violaciones al derecho de libertad de expresión, específicamente en el contexto de procesos penales derivados de publicaciones de interés público. Este caso fue recientemente llevado a instancias internacionales por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), lo que marca un capítulo relevante en la lucha por la protección de los derechos fundamentales en la región.

En 1998, el senador paraguayo Juan Carlos Galaverna presentó una querella criminal contra Zuccolillo por calumnia, difamación e injuria, a raíz de artículos publicados en ABC Color que señalaban posibles actos de corrupción. Este proceso judicial culminó en 2005, cuando Zuccolillo fue condenado a pagar una multa y una compensación económica. El caso llamó la atención de organismos internacionales debido a las preocupaciones sobre el uso del derecho penal como medio para restringir la libertad de prensa.

Conclusión
El 2 de julio de 2024, la CIDH presentó el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). En su informe, concluyó que el Estado paraguayo vulneró los derechos de libertad de pensamiento y expresión del periodista al imponerle sanciones penales por informar sobre asuntos de interés público. Además, señaló que el proceso judicial en su contra tuvo una duración excesiva y aplicó sanciones en contradicción con estándares internacionales, constituyendo violaciones a garantías judiciales esenciales.
Resolución recomendada por la CIDH:
Reparar integralmente las violaciones de derechos humanos declaradas, incluyendo compensaciones económicas y medidas de satisfacción, como un acto público de desagravio.
Adecuar la legislación penal para despenalizar los delitos de calumnia, difamación e injuria cuando se trate de opiniones sobre asuntos públicos o funcionarios, en línea con los estándares internacionales de derechos humanos.

Declarar la nulidad de la condena penal impuesta a Zuccolillo como medida post mortem.
Publicar el informe de la CIDH en medios oficiales y divulgar su contenido dentro del Poder Judicial de Paraguay.

Análisis
El caso no solo evidencia las tensiones entre la libertad de prensa y los sistemas judiciales en la región, sino que subraya la importancia de proteger el derecho a la información en el marco de democracias que buscan fortalecer la transparencia y rendición de cuentas. La resolución del caso podría sentar un precedente relevante para futuros litigios relacionados con el ejercicio del periodismo en contextos de denuncia pública

13.Caso Lilian Mariana Villalba y María Carmen Villalba (2025):
Circunstancias: El 2 de septiembre de 2020, Lilian Mariana Villalba y María Carmen Villalba, ambas de 11 años, murieron durante un operativo de la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC) contra el Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP) en Yby Yaú, Paraguay. Las niñas, sobrinas de líderes del EPP, fueron declaradas combatientes por las autoridades, pero organizaciones de derechos humanos señalaron irregularidades, como la manipulación de evidencia y la falta de una investigación adecuada.
Resolución: El 22 de enero de 2025, según lo ha determinado el Comité de los Derechos del Niño de la ONU: “Paraguay es responsable de graves violaciones de derechos humanos en relación con el as*****to de dos niñas de 11 años durante una operación llevada a cabo por la Fuerza de Tarea Conjunta de Paraguay contra el grupo guerrillero Ejército del Pueblo Paraguayo, …. (i)”no cumplió la obligación de proteger y hacer efectivo el derecho a la vida de las dos niñas”; …. (i)”es especialmente responsable de la privación de la vida de las jóvenes víctimas”; …(i)” de no haber llevado a cabo una investigación adecuada, lo que deja lagunas críticas en la comprensión de la causa, la forma y las circunstancias de la muerte”.… (i)” pidió al estado parte que reforzara la estructura de su marco jurídico y normativo en relación con sus agentes del orden”.

14.Ciento quince 115 ejecuciones y desapariciones forzosas de militantes de organizaciones campesinas, asesinados entre 1989 y 2013
Circunstancias Ref. Chokokue – Codehupy)
31% perpetradas por agentes públicos (policías y militares).
67% perpetradas por bandas parapoliciales o sicarios.
2% muertes bajo custodia (Ref. Chokokue – Codehupy)
Resolución
No hay información de investigaciones concluidas y condenas de culpables.

Estos casos abarcan violaciones graves de derechos humanos relacionadas con la represión
estatal, discriminación estructural y la falta de justicia. Reflejan la necesidad de fortalecer los
sistemas judiciales, sociales y educativos de Paraguay para evitar que estas situaciones se
repitan.

02/01/2025
¿Qué es la epistemología?  Este término viene del Griego, EPISTEME, que significa Conocimiento, su origen se remonta des...
20/09/2024

¿Qué es la epistemología?
Este término viene del Griego, EPISTEME, que significa Conocimiento, su origen se remonta desde la antigüedad, con los Filósofos como PLATON, ARISTOTELES, quienes ya distinguían entre EPISTEME Y DOXA, este último del Conocimiento vulgar. La epistemeología indaga lo científico, reflexionando con profundidad el conocimiento su origen, su forma y como debería ser. La palabra Griega DOXA , era el conocimiento Vulgar, que no es científico y no tiene como demostrar su veracidad, no posee las características del saber. Platón la presentaba como opinión común, un conocimiento engañoso, Platón contrapone la Episteme al Doxa, este último no cuenta con el respaldo de la verdad... Lo contrario, la episteme es científica y comprobable, el Doxa no tiene la verdad absoluta...y no comprueba lo que plantea.

o Filosofía del Conocimiento.-

Un pontificado transformador ✍️
14/03/2024

Un pontificado transformador ✍️

Enfoque 20-20 Noticias de Luque y el Paraguay

40 años del lanzamiento de una herramienta de comunicación que transformó el mundo.https://www.facebook.com/share/QiPQVm...
13/03/2024

40 años del lanzamiento de una herramienta de comunicación que transformó el mundo.
https://www.facebook.com/share/QiPQVmT2zNuXqU1p/?mibextid=xfxF2i

● Hoy 13 de marzo hace 40 años que salió a la venta en EEUU el Motorola DynaTAC 8000x, primer teléfono móvil/celular de la historia. ¡Un auténtico ladrillo!

Dynatac 8000x fue un teléfono móvil desarrollado en el año 1983 por Motorola, siendo el primer teléfono móvil/celular del mundo sostenible con una mano y fue puesto a la venta el 13 de marzo de 1984.

Pesaba 800 gramos y medía 33 por 4,5 por 8,9 centímetros. En la fecha de salida al mercado del producto, costaba US$3.995 ($10.869 en 2024) y su batería tenía únicamente la autonomía de una hora en conversación. En 1984, 300.000 usuarios habían comprado el terminal. Este primer paso de la revolución móvil vino de la mano de Rudy Krolopp.

La Serie DynaTAC fue sucedida por la Serie MicroTAC en 1989, y ésta a su vez por la Serie StarTAC. "TAC" era una de abreviatura de Total Area Coverage en las tres series.

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