16/04/2025
La sentencia contra Ollanta Humala y Nadine Heredia es una mala sentencia. Hemos conversado con varios abogados penalistas serios (de los que no salen en televisión) y todos coinciden en que, al menos por lo que se ha argumentado en el adelanto de sentencia, este caso se va a caer en la segunda instancia o en todo caso en la Corte Suprema. Y esto debido a que la argumentación es absolutamente débil. El principal argumento para el supuesto lavado de activos, por lo que se ha visto hasta ahora, es que la "prueba" del origen ilícito del aporte de Odebrecht (necesaria para determinar lavado de activos), está en todas las operaciones que se llevaron a cabo para encubrir los aportes. Es decir, el argumento es que si el origen del dinero no hubiese sido ilícito, no hubiese sido necesario ocultar los aportes. Y ese razonamiento, el que sustenta todo el caso, se cae de inmediato: hubo un financiamiento ilegal a la campaña -que no cae en el ámbito penal, sino en el administrativo-, y por eso, porque el financiamiento era ilegal, es que se hicieron todas las operaciones para ocultar su origen. Financiamiento ilegal de campañas y lavado de activos son dos delitos absolutamente diferentes, con objetivos y configuraciones disímiles. Esto se ha sostenido desde los inicios de esta investigación, pero los fiscales a cargo del caso no quisieron escuchar a nadie.
Al final, la sentencia parece jugar en el campo de la política, pero no en el que se podría pensar. No parece haber intención de truncar ninguna carrera política, porque de eso ya se encargó el Congreso. Parecería más bien orientada a lavarle temporalmente la cara a los fiscales Domingo Pérez y Vela. Después del revés recibido por el caso contra Keiko Fujimori (quien es, con toda seguridad, uno de los personajes más nefastos de la política peruana, pero si se le quiere meter a la cárcel no puede ser por los aportes ilegales a su campaña) y la casi absoluta certeza de que tarde o temprano se van a caer ese y todos los otros casos en los que se quiere pasar aportes ilegales por lavado de activos, Vela Barba y Domingo Pérez necesitaban un pequeño triunfo. Y esta sentencia, frágil, mal sustentada y condenada al fracaso en instancias superiores, les otorga esa brizna de legitimidad -también frágil y temporal- que necesitaban.
Si no quieren, no nos crean a nosotros. Pero escuchen a los expertos, como el Doctor Raúl Pariona Arana (con quien no hemos conversado pero a quien sí hemos leído), cuando dice:
"En este marco, resulta importante diferenciar el delito de financiamiento ilegal respecto del delito de lavado de activos, puesto que en los últimos tiempos se han ido considerando -incorrectamente- como delito de lavado de activos casos que, en realidad, son de financiamiento ilegal. Ambos delitos persiguen fines distintos y tienen estructuras típicas distintas. Así, el delito de financiamiento prohibido está orientado a la protección del correcto funcionamiento del sistema de financiamiento de las organizaciones políticas; en cambio, el delito de lavado de activos busca evitar que se introduzcan en el sistema económico activos de origen delictivo. De otro lado, con relación al objeto del delito, en el delito de financiamiento prohibido son los aportes, donaciones o contribuciones de fuente prohibida (no vinculadas a algún delito), mientras que, el objeto del delito en el lavado de activos son bienes que necesariamente tienen origen delictivo. El aporte o donación prohibida a partidos políticos no constituye lavado de dinero, pues no supone la realización de actos orientados a darle apariencia de legalidad al dinero (colocación, intercalación e integración), sino más bien se trata de recepción de dinero de personas que según la ley no pueden hacer aportes. La donación ilegal al partido político es para el gasto, no para el blanqueo".
(Leer más en: https://idehpucp.pucp.edu.pe/boletin-eventos/el-delito-de-financiamiento-prohibido-de-organizaciones-politicas-28070/).
Estamos muy mal si aplaudimos a fiscales que solo buscan la espectacularidad mediática a través de victorias efímeras. Las prisiones preventivas y las sentencias prevaricadoras se han convertido en el indicador de éxito de fiscales y jueces. Pero el principal objetivo de estos actores del sistema de justicia debería ser lograr sentencias sólidas, no solo titulares que se desdibujarán, inevitablemente, cuando los casos lleguen a jueces verdaderamente serios.