21/10/2021
👇 Registro de Mujeres Aspirantes a Choferes de Colectivo (ReMACC)!!!
• MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO LABORAL Disposición 1/2021 DI-2021-1-APN-SSPIML : El Registro de Mujeres Aspirantes a Choferes de Colectivo (ReMACC) tiene por objeto promocionar el acceso al empleo a las mujeres que reúnan los requisitos formales para aspirar a desempeñarse como conductoras de transporte público de pasajeros. La inscripción en el ReMACC se realizará a través de la plataforma de Trámites a distancia (TAD), mediante el trámite denominado “Inscripción de Mujeres Aspirantes a Choferes de Colectivo”, para lo cual deberán acreditar: a. Nombre completo; b. documento nacional de identidad y su número de trámite; c. fecha de nacimiento; d. ser mayor de 21 años. e. domicilio, localidad y provincia de residencia; f. número de teléfono y dirección de casilla de correo electrónico de contacto; g. Licencia profesional para transporte de pasajeros de más de 20 plazas, de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Tránsito N.º 24.449. Las empresas de transporte público de pasajeros que inicien procesos de selección de personal podrán consultar el ReMACC y solicitar la nómina de mujeres aspirantes a ocupar puestos de conductoras, a través de la plataforma de Trámites a distancia (TAD), mediante el trámite denominado “Solicitud de Nómina de Mujeres Aspirantes a Choferes de Colectivo”, por el que deberán acreditar: · Constancia de inscripción en AFIP; · Personería; · Habilitación expedida por la respectiva Autoridad de Aplicación para realizar la actividad de transporte de pasajeros; · Dirección de casilla de correo electrónico de contacto. Cuando la empresa consultante contrate a una mujer que hubiese entrevistado a través de la nómina de aspirantes a chofer de colectivo, deberá informarlo a la Dirección de Promoción e Integración de la Mujer. Las mujeres inscriptas en el ReMACC, que deseen desempeñarse como conductoras de transporte interjurisdiccional de pasajeros y no cuenten con la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) vigente, podrán solicitar asistencia para su obtención a través de la plataforma Trámites a distancia (TAD), mediante el trámite denominado “Asistencia para mujeres aspirantes a conductoras de colectivo” (AMACC). Si la solicitante de la “Asistencia para mujeres aspirantes a conductoras de colectivo” (AMACC) no contare con el examen psicofísico de acuerdo a lo previsto en el artículo 19 y concordantes del Anexo que forma parte integrante de la Disposición de la Agencia Nacional de Seguridad Vial Nº 48/2019, se le otorgará por única vez una asignación dineraria de carácter no remunerativo y de base no contributiva denominada “Asignación Básica AMACC”, cuyo monto será equivalente a PESOS SIETE MIL ($7.000.-). La “Asignación Básica AMACC” podrá solicitarse a partir de la entrada en vigencia de la presente disposición, y a los fines de su liquidación y pago se implementarán las siguientes medidas operativas: a.- La Dirección de Promoción e Integración de la Mujer registrará y gestionará los proyectos informáticos, y los vinculará a las mujeres solicitantes que resulten admitidas para ser beneficiarias de la Asignación Básica AMACC. b.- La SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO LABORAL aprobará los proyectos registrados por la Dirección de Promoción e Integración de la Mujer y solicitará se gestione la liquidación de la asignación económica. c.- La Coordinación de Programación Financiera, dependiente de la Dirección General de Administración y Programación Financiera de la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA, informará los resultados de la liquidación mensual a la Dirección de Promoción e Integración de la Mujer que será la responsable de comunicar a las beneficiarias de la Asignación Básica AMACC, las fechas y lugares de pago, así como de recepcionar los eventuales reclamos. d.- La SECRETARÍA DE EMPLEO autorizará el pago de la Asignación Básica AMACC a las mujeres beneficiarias aprobadas por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE INCLUSIÓN EN EL MUNDO LABORAL, que hubieran superado los controles de compatibilidad previstos en el inciso e.- del presente artículo. La autorización se formalizará a través de los actos administrativos de aprobación de liquidaciones y pagos de ayudas económicas en el marco de los programas y acciones de empleo administrados por este Ministerio. e.- El otorgamiento y el pago de la Asignación Básica AMACC será compatible con la percepción de cualquier otro ingreso monetario que la mujer solicitante perciba en concepto de prestación no contributiva, permanente o transitoria, abonada por el ESTADO NACIONAL, los ESTADOS PROVINCIALES, los ESTADOS MUNICIPALES o la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Si la solicitante de la “Asistencia para mujeres aspirantes a conductoras de colectivo” (AMACC) no contare con el certificado de aprobación del curso de idoneidad profesional correspondiente a la categoría LiNTI para transporte de pasajeros, la Dirección de Promoción e Integración de la Mujer identificará y solicitará al prestador autorizado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial en los términos del artículo 47 del Anexo que forma parte integrante de la Disposición ANSV Nº 48/2019 y sus modificatorias, la incorporación de la mujer en los respectivos cursos y programas de verificación de competencias y formación continua. Cuando la beneficiaria de la “Asistencia para mujeres aspirantes a conductoras de colectivo” (AMACC) hubiere acreditado la aptitud psicofísica a través de los prestadores de la Agencia Nacional de SeguridadVial y/o cumplido con el curso de validación de competencias y formación continua establecido por la Disposición ANSV N.º 48/2019, deberá dar aviso a la Dirección de Promoción e Integración de la Mujer mediante correo electrónico dirigido a [email protected], para instar la continuación del trámite para la obtención de la LiNTI o actualizar su inscripción en el ReMACC, según corresponda. Las empresas de transporte de pasajeros que deseen formar parte de la Red de Empresas de Transporte Automotor por la Igualdad, deberán cursar formal petición a la Dirección de Promoción e Integración de la Mujer, remitiendo al correo electrónico [email protected] la siguiente información: a. denominación y número de CUIT; a. constancias que acrediten personería y habilitación para desempeñar la actividad de transporte de pasajeros; b. dirección de casilla de correo electrónico y teléfono de contacto; c. jurisdicción/es donde presta servicios de transporte. Instrúyase a la Dirección de Promoción e Integración de la Mujer la realización de campañas de difusión del Programa para la Promoción e Inclusión de Mujeres en la Actividad del Transporte Automotor.