12/08/2024
¡ Fallo impresionante en la provincia de Corrientes!
⚖️ Priorizando el interés superior del niño, la doctora Luisa Carolina Macarrein, juez de Familia Niñez y Adolescencia N° 4, mediante providencia Nº 28.732 del 8 de agosto, dispuso que el Estado Provincial a través del Ministerio de Desarrollo Social o el ente que corresponda deposite el 50% de un Salario Minimo Vital y Movil a favor de un niño de 5 años en concepto de alimentos.
👩👦Su mamá se presentó ante la justicia para reclamar alimentos y se comprobó que ni el padre ni los abuelos pueden hacerse cargo de aportar para la manutención del pequeño, tampoco hay familia extendida que lo haga.
🧐 En este marco, la magistrada, aplicando lo que reza el artículo 604 del Código Procesal de Familia, Niñez y Adolescencia, dispuso que sea el Estado Provincial el que cumpla con la obligación de pasar alimentos para solventar los alimentos, la salud, y la educación del niño.
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