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| GOBIERNO PONE EN VIGENCIA EL ESTADO DE EXCEPCIÓN POR 90 DÍAS EN TODO EL PAÍS, ORDENA EL DESBLOQUEO DE CARRETERAS, AUTORIZA TOQUES DE QUEDA Y RESTRICCIONES LOCALIZADAS, PROHÍBE LOS BLOQUEOS A NIVEL NACIONAL Y DISPONE EL APOYO DE LAS FUERZAS ARMADAS A LA POLICÍA PARA GARANTIZAR EL LIBRE TRÁNSITO Y EL ABASTECIMIENTO.

Tras la declaratoria de Estado de Excepción dispuesta por el presidente Rodrigo Paz mediante el Decreto Supremo 5636, efectivos policiales comenzaron desde las primeras horas de este sábado labores de desbloqueo en las principales vías carreteras del país con el objetivo de restablecer el orden y garantizar la libre circulación. La medida tiene alcance nacional y estará vigente durante 90 días, aunque las restricciones contempladas en la norma no serán aplicadas de manera uniforme, sino de forma localizada y diferenciada según la evaluación de riesgos y las necesidades de seguridad definidas por los ministerios de Gobierno y Defensa.

El decreto establece la posibilidad de imponer restricciones localizadas a la circulación de personas y vehículos, incluyendo inmovilizaciones obligatorias o “toques de queda” en zonas específicas. Sin embargo, la norma no define horarios ni identifica departamentos, municipios o carreteras donde se aplicarán estas medidas, ya que la delimitación territorial, los periodos de restricción y las excepciones serán determinadas mediante una resolución conjunta de los ministerios de Gobierno y Defensa. Asimismo, se autorizan restricciones temporales a reuniones y manifestaciones públicas, la suspensión de actividades económicas de recreación nocturna en áreas de riesgo, limitaciones a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en zonas de intervención y restricciones al uso de drones sobre infraestructura crítica y áreas donde se desarrollen operativos de seguridad.

A diferencia de las restricciones localizadas, la prohibición de bloqueos tiene alcance nacional y abarca vías urbanas, rurales, departamentales, interdepartamentales e internacionales. La norma también prohíbe el uso de violencia, amenazas o coacción para obligar a personas a participar en bloqueos o movilizaciones y garantiza el paso de ambulancias, vehículos de emergencia y transporte de alimentos, combustibles, medicamentos y otros productos esenciales. Además, dispone que las Fuerzas Armadas coadyuven a la Policía en la protección de carreteras, hospitales, aeropuertos, instalaciones energéticas, redes de telecomunicaciones e infraestructura estratégica. El decreto mantiene vigentes los derechos fundamentales y las garantías constitucionales, establece el respeto al debido proceso y determina que cualquier arresto no podrá exceder las ocho horas antes de que la persona sea puesta a disposición de la autoridad competente.

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