Defensoria del Pueblo de la Provincia de Formosa

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La Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, es un organismo de control que protege y defiende los derechos humanos, individuales y colectivos, supervisa y garantiza que las instituciones y sus funcionarios cumplan con sus deberes y respeten.

DENUNCIAN QUE EL 31,6% DE POBREZA MEDIDA POR EL INDEC NO ES REAL Y SE ELABORO CON DATOS INCOMPLETOS¬-La medición de la p...
25/09/2025

DENUNCIAN QUE EL 31,6% DE POBREZA MEDIDA POR EL INDEC NO ES REAL Y SE ELABORO CON DATOS INCOMPLETOS
¬-La medición de la pobreza y la indigencia en Argentina por parte del INDEC solo tiene en cuenta los ingresos de cada hogar-

Desde la Defensoría del Pueblo se señaló que, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) difundió este jueves el dato de Pobreza e Indigencia del primer semestre 2025 y aseguró que el 31,6% por ciento de la población se encuentra en esa condición. En el segundo semestre de 2024 el número había sido del 38,1%, un retroceso de 14,85% con respecto al primer semestre de 2024, cuando el índice fue del 52,9%. El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, indicó que, la medición de la pobreza y la indigencia en Argentina por parte del Indec solo tiene en cuenta los ingresos de cada hogar, por lo que no hay una mirada inclusiva que incluya educación, salud, servicios básicos, vivienda y empleo, entre otros. Para la indigencia se toma como referencia la Canasta Básica Alimentaria (CBA) y para la pobreza Canasta Básica Total (CBT): la primera toma en cuenta solo alimentos, mientras que la segunda incluye además bienes y servicios no alimentarios. El último dato disponible es de agosto e indica que para no ser pobre un adulto debe tener ingresos de al menos $375.657. Para ejemplificar: un jubilado que recibe la mínima, que con bono incluído fue de $385.000 en agosto, no es considerado como pobre por el Indec. En el caso de un hogar de tres integrantes la cifra asciende a $924.116, en casas de cuatro individuos $1.160.780 y en las de cinco $1.220.885. Para no ser considerado indigente, el adulto debe tener ingresos de al menos $168.456. Es importante destacar que en ninguno de esos números se incluyen gastos de alquiler, cuando según el Censo 2022 una de cada tres familias no tiene hogar propio. Ambas canastas se actualizan por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Si bien la metodología con la que se mide es la mismo desde hace muchos años, a partir de diciembre de 2023 se da la particularidad de que el porcentaje de ingresos que las familias gastan en los servicios aumentó desmedidamente con respecto a los alimentos: los primeros tienen muy poco peso en el cálculo de la inflación, mientras que los segundos están mucho más ponderados. Por otro lado, señaló que, la Ciudad de Buenos Aires usa una canasta más actualizada que pondera más los servicios, basada en la Encuesta Permanente de Hogares que se realizó en 2017/18 por parte del Indec pero que nunca se utilizó (actualmente se usa una de 2004/05 que quedó desfasada). En el acumulado desde la asunción de Milei la inflación de CABA está unos 30 puntos porcentuales por encima del dato nacional, por lo que en ese caso la pobreza estaría en realidad varios puntos por encima del guarismo actual. En definitiva, los ingresos nominales de las personas aumentaron, pero no como para sostener o mejorar su poder adquisitivo. La prueba de ello, es la baja en el consumo masivo que se produce en casi todo lo que va del mandato del actual Presidente Javier Milei en todo el País. Pero como las canastas se actualizan por inflación, la cual se calcula con una canasta absolutamente desactualizada, el porcentaje está a la baja.

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ADVIERTEN SOBRE EL CRECIMIENTO DE LA EXPLOTACION SEXUAL EN ENTORNOS DIGITALES DONDE LAS ADOLESCENTES O JOVENES EN SITUAC...
25/09/2025

ADVIERTEN SOBRE EL CRECIMIENTO DE LA EXPLOTACION SEXUAL EN ENTORNOS DIGITALES DONDE LAS ADOLESCENTES O JOVENES EN SITUACION DE VULNERABILIDAD SON LAS PRINCIPALES VICTIMAS

-Desde su llegada al poder, el Gobierno de Javier Milei ha desmantelado políticas clave en materia de género, asestando varios golpes a los derechos conquistados. La eliminación del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, junto con el recorte de fondos para programas de salud sexual y acompañamiento a víctimas de violencia de género, evidencian un retroceso alarmante en la agenda de derechos en Argentina-

Desde la -Dirección de Niñez y Adolescencia- de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa, tras el triple femicidio ocurrido en Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires, donde 3 jóvenes, dos de 20 y una de 15 años, fueron encontradas asesinadas y descuartizadas, se señaló que, no podemos en ningún lugar del país, naturalizar este aberrante crimen, “en un contexto social actual que vive argentina, en el cual, la violencia económica hace que las redes narcos crezcan y destruyan a familias enteras”. El Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, señaló que, algunos medios masivos han instalado un debate sobre si las jóvenes asesinadas eran prostitutas o viudas negras, lo que Institucionalmente nos lleva a afirmar que, no hay buenas o malas víctimas, solo existen femicidios que son las expresiones más extremas de las violencias de género en los contextos de narcocriminalidad y por ello, debemos exigir que el Estado esté presente defendiendo los derechos de las mujeres, pues, no es un dato menor el que nos da el -Observatorio Nacional de Crímenes de Odio- que indicó un aumento del 70% en el primer semestre del 2025 con respecto al mismo periodo del año pasado de esta clase de crímenes. En Argentina, para denunciar casos de trata y explotación de personas, debe llamar a la línea gratuita 145, que está disponible las 24 horas y recibe las denuncias de todo el país a través de personal especializado. La línea es administrada por la PROTEX (Procuraduría de Trata y Explotación de Personas), dependiente del Ministerio Público Fiscal, y las denuncias se derivan a la justicia para su tratamiento y, si es necesario, se da intervención a las fuerzas de seguridad en casos de emergencia. Desde el Organismo de la Constitución, denunciaron que, no se puede ignorar que en nuestro país existe una nueva forma de prostitución a través de las plataformas digitales y donde para sobrevivir y lograr salir de la extrema pobreza, cientos de mujeres y adolescentes cobran por s**o, a la misma vez se insensibilizan con dr**as y se vuelven vendedoras minoristas o “correos” de sustancias ilegales. Niñas y adolescentes, pobres regentadas en las calles o en las rutas si es en las provincias, como también en los llamados “privados”, que desde la pandemia del covid la mafia proxeneta los convirtió a los departamentos en estudios con we**am para la explotación sexual online. Son cientos de mujeres 24 horas monitoreadas y filmadas en los privados para la producción de contenido que se difunden en distintas plataformas: cafecito, onlyfans o divasplay. Es una falsedad absoluta, quienes pretenden justificar que las mujeres y adolescentes no tienen riesgos si se involucran con la prostitución online, el modelaje we**am, la producción erótica o pornográfica. Las niñas o jóvenes pobres son mercancía sexual online, 24x7 y son cooptadas como la materia prima de una industria que se masifica con la pornografía, vía tiktoks, instagram o youtube. La Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), informó que desde el año 2008 hasta hoy existen 410 condenas por explotar sexualmente a mujeres, niñas, niños y adolescentes. El último año las condenas alcanzaron 35. La fiscalía, conducida por Marcelo Colombo y Alejandra Mángano, reveló en el sitio web fiscales.gob.ar que 814 personas están condenadas por trata, con más del 80 por ciento de los condenados argentinos y sobre todo hombres. Desde el año 2015 al 2024 las denuncias por explotación sexual, en general realizadas por la línea gratuita y anónima 145, alcanzaron 736, y le siguió de lo más denunciado la explotación laboral con 622, mientras que por la venta de bebés o niños 96 denuncias y por pornografía infantil 40 denuncias.

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DEFENSORES DEL PUEBLO ADVIRTIERON SOBRE EL IMPACTO REGRESIVO DE ELIMINAR LA AMPLIACION DE ZONAS FRIAS Y RECLAMARON EQUID...
25/09/2025

DEFENSORES DEL PUEBLO ADVIRTIERON SOBRE EL IMPACTO REGRESIVO DE ELIMINAR LA AMPLIACION DE ZONAS FRIAS Y RECLAMARON EQUIDAD ENERGETICA PARA LAS REGIONES CALIDAS

- Gialluca afirmó que, reconocer las Zonas Cálidas no significa contraponer beneficios, sino dar continuidad a un esquema de justicia territorial: así como el Estado reconoció la necesidad de calefaccionar hogares en invierno, debe reconocer la urgencia de garantizar acceso a energía eléctrica accesible en verano para todo el Norte Argentino-

Desde la Asociación de Defensoras/es del Pueblo de la República Argentina (ADPRA), se expresó profunda preocupación ante la propuesta incluida en el proyecto de ley que fija el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2026 que pretende, a través de sus artículos 71 y 72, sustituir el artículo 3° y derogar los artículos 4°, 5°, 6°, 7° y 8°, respectivamente, de la Ley Nacional N° 27.637 sancionada en el año 2021, lo cual implica –lisa y llanamente– la eliminación de la ampliación del régimen de Zonas Frías. Dicha ley instaura un régimen orientado a equilibrar el costo de vida de los hogares situados en regiones donde las bajas temperaturas superan la media del resto del país, lo que significa que, en los inviernos, también superan el promedio en el consumo de gas. De esta manera, la denominada “Ley de Zona Fría” representa la formal respuesta a la histórica lucha de numerosos usuarios, asociaciones de consumidores y usuarios, Defensorías del Pueblo y ciudades afectadas ante la necesidad de un cuadro tarifario diferenciado para regiones azotadas por temperaturas más bajas, con su inevitable correlato en el exponencial incremento en el consumo de gas y su impacto en las economías familiares, principalmente durante los meses otoñales e invernales de mayo a septiembre. La mentada legislación permitió que más de 4,2 millones de usuarios en todo el país accedan a descuentos en la factura de gas, alcanzando a hogares de 90 municipios bonaerenses y de provincias como Córdoba, Santa Fe, Mendoza y San Luis. Estos beneficios consisten en rebajas del 30 % en la tarifa plena y del 50 % para familias en situación de vulnerabilidad social (jubilados, beneficiarios de AUH, monotributistas sociales). Su financiamiento se garantizó a través de un fondo fiduciario creado con un recargo mínimo en el precio mayorista del gas (PIST), mecanismo solidario que permitió equilibrar asimetrías sin impacto presupuestario directo. Somos todos los usuarios del servicio de red de gas natural quienes solidariamente contribuimos a través de un recargo adicional en nuestras facturas. Por otra parte, siendo el gas un servicio público nacional, pedir desde el Estado una política de menor consumo a los usuarios frente a tan particulares condiciones de habitabilidad a fin de obtener una tarifa más económica, resulta restrictivo del derecho a la dignidad que hace posible este servicio tan esencial. El proyecto también introduce cambios que resultan preocupantes: fija un tope del 7,5 % al Fondo Fiduciario, habilita su utilización para otros destinos y concentra facultades de asignación en la autoridad nacional, abriendo un margen de discrecionalidad que amenaza con desfinanciar la protección a los usuarios residenciales. La experiencia de las Zonas Frías validó que es posible diseñar políticas públicas que reconozcan las particularidades climáticas y sociales, y que hagan más justo y accesible el acceso a la energía. Esa conquista, motorizada en parte por las Defensorías del Pueblo, debe preservarse y servir como punto de partida para ampliar el criterio de equidad. En este sentido, resulta urgente avanzar en una demanda que hace años viene planteando con firmeza ADPRA, como es la sanción de una Ley de Zonas Cálidas, que contemple las necesidades de millones de habitantes del norte del país, donde la temperatura promedio durante meses enteros supera los 50 grados y donde la electricidad es la única fuente energética disponible. La ausencia de un régimen diferencial en estas regiones implica que miles de familias deban destinar una parte desproporcionada de sus ingresos al pago de la energía eléctrica, sin alternativas posibles de refrigerarse y vivir dignamente. Por todo ello, el Ombudsman Provincial, Dr. José Leonardo Gialluca, señaló que, hemos exhortado al Congreso de la Nación, al Poder Ejecutivo y a los organismos competentes a: * Revisar cualquier iniciativa que implique retrocesos en materia de equidad energética, como la eliminación de la ampliación de Zonas Frías, y solo resolver su modificación sobre la base del Principio de Progresividad y No Regresión. * Impulsar el debate y sanción de una Ley de Zonas Cálidas que asegure acceso asequible y justo a la electricidad en las regiones más cálidas del país.

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25/09/2025
DAN A CONOCER CUALES SON LAS DIFERENCIAS ENTRE EL CERTIFICADO UNICO POR DISCAPACIDAD CUD Y EL CERTIFICADO MEDICO OFICIAL...
24/09/2025

DAN A CONOCER CUALES SON LAS DIFERENCIAS ENTRE EL CERTIFICADO UNICO POR DISCAPACIDAD CUD Y EL CERTIFICADO MEDICO OFICIAL DIGITAL CMO PARA INICIAR TRAMITES

-En el día de la fecha, se atendió a vecinos del Barrio San Francisco, Mojón de Fierro y este jueves 25 junto con agentes del IPS, se asesorará en la Casa de la Solidaridad del Barrio Guadalupe-

El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, Dr. José Leonardo Gialluca, advirtió la “confusión que hemos detectado” en los diferentes lugares donde venimos atendiendo a los beneficiarios de pensiones por discapacidad entre el Certificado Único por Discapacidad (CUD), con el Certificado Médico Oficial Digital (CMO), este último solicitado para la entrega de las Pensiones No Contributivas (PNC) de ANSES. Por este motivo, el Funcionario Provincial, señaló que es necesario que se conozcan para qué sirve y se utiliza cada uno de ellos: 1) El Certificado Único de Discapacidad (CUD) es un documento público, voluntario y gratuito que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas en las Leyes Nacionales Nº 22.431, 24.901 y la 26.378. La evaluación es realizada por una Junta Evaluadora de Discapacidad del Ministerio de Desarrollo Humano, cuyos integrantes determinan si corresponde la emisión del CUD o no. Mediante un equipo interdisciplinario, se tramita de manera presencial en las oficinas ubicadas en la calle Belgrano 426 o en su defecto, en casos extremos, concurren a los domicilios de las personas, articulando el trabajo con los hospitales, escuelas o instituciones que abordan la problemática de la discapacidad, tanto en la ciudad capital, como en el interior provincial. Este documento prevé el acceso a los siguientes derechos: * En salud: cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos) que requiera en relación a lo que fue certificado como discapacidad. * En transporte: traslados gratuitos en el transporte público terrestre. * En asignaciones familiares: ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por conyugue con discapacidad. * En otros trámites: exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros). En estos casos, la exención debe solicitarse ante la autoridad de aplicación de cada normativa. Además, el CUD es un documento intransferible y se puede gestionar para comenzar el proceso de certificación de una discapacidad. Es distinto al Certificado Médico Oficial Digital (CMO), que tiene otro objetivo; a diferencia del Certificado Único de Discapacidad (CUD), 2) El Certificado Médico Oficial Digital (CMO) es un documento requerido para la gestión de Pensiones No Contributivas (PNC) de ANDIS - ANSES por discapacidad o invalidez laboral, y podía ser presentado en formato físico o digital. EN LA ACTUALIDAD, EL CMO DIGITAL PARA PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS (PNC) POR INVALIDEZ LABORAL SE VOLVIÓ OBLIGATORIO DESDE EL 10 DE OCTUBRE DE 2024 CON LA RESOLUCIÓN Nº 1925/2024 DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, QUE ESTABLECIÓ QUE ESTE ES EL ÚNICO FORMATO VÁLIDO PARA INICIAR ESTAS SOLICITUDES. Sin embargo, se establecieron períodos de transición para quienes habían iniciado sus trámites con CMO en papel antes de esa fecha. Es por ello que, Gialluca aclaró, que todas las personas que ya tienen una pensión por discapacidad y el Gobierno Nacional se las haya dado de baja o suspendido y que antes cobraban ese beneficio, tienen el CMO cargado en el ANSES y/o en la ANDIS, por lo tanto, NO TIENEN QUE GESTIONAR UNO NUEVO. Ahora, quienes van a iniciar un NUEVO TRAMITE DE PENSIONES O NECESITAN REACTIVAR UN EXPEDIENTE QUE HAYA QUEDADO TRABADO POR DIVERSOS MOTIVOS, SI ESTAN OBLIGADOS A PRESENTAR UN CERTIFICADO MEDICO OFICIAL DIGITAL. En la situación actual de marchas y contramarchas originadas desde el Gobierno Nacional en esta temática, sugerimos obtener el CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDAD, ya que no sabemos, lo que podría resolver la ANDIS o la ANSES al respecto y es por ello que, en el día de la fecha, hemos suscripto el Proyecto de Ley presentado por la Diputada Nacional Blanca Inés Osuna que tiene por objeto, declarar la nulidad absoluta e insanable del Decreto N° 681/2025, publicado en el Boletín Oficial el 22 de septiembre de 2025, por resultar contrario a la Ley N° 27.793 y lesionar de manera directa los derechos de las personas con discapacidad. La Ley de Emergencia en Discapacidad N° 27.793 fue sancionada por el Congreso de la Nación el 10 de julio de 2025. En uso de las atribuciones previstas por el artículo 83 de la Constitución Nacional, el Poder Ejecutivo procedió a vetarla de manera total con fecha 04 de agosto de 2025. Posteriormente, el 4 de septiembre de 2025, en ambas Cámaras del Congreso —la Honorable Cámara de Diputados y el Honorable Senado de la Nación— se insistió en la sanción de la ley, con el voto favorable de más de dos tercios de los miembros presentes, rechazando de este modo el veto presidencial. En consecuencia, la norma adquirió carácter definitivo y el Poder Ejecutivo quedó obligado a promulgarla, publicarla y garantizar su aplicación, conforme lo establece el citado artículo 83 de la Constitución Nacional.

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24/09/2025

PNC

LAS PENSIONES SUSPENDIDAS POR LA ANDIS SE PAGARÁN EN LOS PRIMEROS DIAS DE OCTUBRE-Gialluca informó que, el Gobierno Naci...
23/09/2025

LAS PENSIONES SUSPENDIDAS POR LA ANDIS SE PAGARÁN EN LOS PRIMEROS DIAS DE OCTUBRE

-Gialluca informó que, el Gobierno Nacional recibió otro revés judicial este martes 23, al pretender dejar sin efecto la “Medida Cautelar” a favor de las personas con discapacidad, cuando la Cámara Federal de Resistencia, con los votos de las Juezas Patricia B. García y Rocío Alcala, “rechazaron el Recurso Extraordinario Federal interpuesto, ordenándose se comunique a la CSJN”, con lo que, se le van agotando todas las Instancias, ínterin el Organismo de la Constitución, exigirá el pago a favor de todas las personas con discapacidad en la provincia, en forma retroactiva-

El Organismo de la Constitución Provincial, llevó tranquilidad a miles de beneficiarios formoseños, anticipando que, conforme un -Memorándum- firmado por el Director de Asignación de Apoyos Económicos y Liquidación de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Hugo Alberto García, dependiente del actual Interventor Alejandro Vilches y presentado en la causa judicial que tramita por el Juzgado Federal Nº 2 a cargo de la Dra. Belén López Macé, por el cual se garantiza la activación de las Pensiones No Contributivas (PNC), mediante la Resolución ANDIS Nº 12.504, suscripta por Alejandro Vilches. La documentación acompañada por la ANDIS a la causa judicial en trámite, confirma que las PNC, suspendidas serán rehabilitadas provisoriamente a inicios del mes de octubre, dependiendo de la terminación del DNI, entre los días 08 (terminación 0, 1, 2 y 3) y 09 (terminación 4, 5, 6 y 7) depositándose los montos retroactivamente a la fecha de su suspensión a la totalidad de los beneficiarios de pensiones en todo el territorio de la provincia. Por otra parte, el Gobierno Nacional, insistió nuevamente en dejar sin efecto la Medida Cautelar que ordena el pago de las PNC retenidas, mediante un Recurso Extraordinario ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia (Chaco), Tribunal que rechazó el planteo por improcedente dado que una Medida Cautelar no reviste el carácter de Sentencia Definitiva, respecto de la cual si puede plantearse el mencionado recurso. Es por ello que, la Defensoría del Pueblo, solicitó la sextuplicación de las sanciones económicas impuestas al Estado Nacional, atento a que aún no se cumplimenta con la Medida Judicial que, el 19 de Agosto, ordenó que en veinticuatro (24) horas se liberaran las sumas retenidas por la ANDIS, a casi 16 mil beneficiarios de Pensiones No Contributivas (PNC) residentes en Formosa; a lo que se suma que existen personas que no están incluidas en el listado de beneficios restituidos, pese a que, sus pensiones le fueron igualmente suspendidas, como consecuencia de las auditorías, denunciadas por irregulares, ante la Justicia Federal por parte de la Asociación Camino Azul, damnificados directos y la Defensoría, sugiriéndose a todos los interesados, concurrir a asesorarse por ante el Organismo de la Constitución Provincial o en el Barrio San Francisco en la Casa de la Solidaridad, conjuntamente con agentes del IPS, como así también, se le recordó a todos los pensionados que no hayan presentado aún, historias clínicas o antecedentes médicos que hacen a su discapacidad, que están obligados a cumplir con este requisito impuesto por la ANDIS y donde la Justicia Federal les otorgó un plazo de 90 días, de los cuales, a la fecha, quedan tan solo dos (2) meses.

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LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO RECORDÓ EL DÍA NACIONAL DE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LA MUJEREl 23 de septiembre de 1947 se pro...
23/09/2025

LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO RECORDÓ EL DÍA NACIONAL DE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LA MUJER
El 23 de septiembre de 1947 se promulga en Argentina la Ley 13.010 que instituye el voto femenino. La ley N°13.010, más conocida como “Ley Evita”, sancionada el 9 de septiembre de 1947, no fue un hecho aislado, fue el resultado de un largo proceso de luchas colectivas feministas e intentos legislativos fallidos. Gracias a esta ley, el 11 de noviembre de 1951 las mujeres estaban votando por primera vez. Pero ese día fue el punto culminante de un pasado lleno de lucha.
Aunque fue el resultado de la unión de muchas mujeres, es necesario resaltar el nombre de algunas conocidas como las sufragistas. Cecilia Grierson, fue la primera mujer en toda Sudamérica en graduarse como médica y en 1895 fundó el Consejo Nacional de Mujeres. Alicia Moreau de Justo fue la fundadora del Comité Pro-Sufragio Femenino, el cual reclamaba activamente el derecho a votar de las mujeres. Julieta Lanteri, primera mujer en lograr su carta de ciudadanía y en ejercer el derecho a voto en las elecciones municipales de 1911. Por último, Elvira Rawson de Delepiane presidió el Comité creado por Moreau y se destacó por su gran activismo incesante.
El 23 de septiembre de 1947, día de la promulgación de la Ley N° 13.010, Evita debutó en el balcón de la Casa Rosada como oradora. En su discurso expresó que recibía la ley “en nombre y representación de todas las mujeres argentinas.” Ese día, ella abandonó el rol tradicional de esposa y pasó a ser vista y reconocida como líder política. Eva recibió la ley, llamó a sus “hermanas” y la describió: “Aquí está, hermanas mías, resumida en la letra apretada de pocos artículos una larga historia de lucha, tropiezos y esperanzas. ¡Por eso hay en ella crispaciones de indignación, sombras de ocasos amenazadores, pero también, alegre despertar de auroras triunfales!”

LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO SALUDA A LA COMUNIDAD DE FORTÍN SOLEDAD EN EL 108° ANIVERSARIO DE SU LOCALIDADFortín Soledad se...
23/09/2025

LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO SALUDA A LA COMUNIDAD DE FORTÍN SOLEDAD EN EL 108° ANIVERSARIO DE SU LOCALIDAD
Fortín Soledad se ubica en el Departamento Bermejo, en la provincia de Formosa, Argentina. Se encuentra a 70 km de la ciudad de Las Lomitas, accediéndose por la Ruta Provincial Nº 32 y desde allí se puede tener una vista privilegiada del bañado La Estrella. La fecha fundacional del Paraje Fortín Soledad data del año 1917, y el pueblo reunido, de común acuerdo, estableció como fecha para la celebración el 23 de septiembre. Este paraje debe su nombre a un antiguo Fortín de Gendarmería instalado en la zona cuando los colonos criollos, provenientes de otras provincias, se instalaron para dedicarse a la explotación ganadera. Allá por el año 1960, los desbordes del río Pilcomayo se profundizaron formando el humedal; esto perjudicó la producción ganadera y favoreció la conformación del ecosistema actual, que en 2005 fue declarado "Área Protegida Bañado La Estrella".
Fortín Soledad es un sitio donde la belleza de la naturaleza va unida con la calidez de su gente. ¡Feliz Día a todas y todos sus pobladores!

LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO CONMEMORA EL DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL Y LA TRATA DE PERSONASDesde 1999, e...
23/09/2025

LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO CONMEMORA EL DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA EXPLOTACIÓN SEXUAL Y LA TRATA DE PERSONAS
Desde 1999, esta conmemoración fue promulgada por la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas en coordinación con la Conferencia de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka, Bangladesh, en enero de ese mismo año. El origen de la fecha remonta al 23 de septiembre de 1913, cuando Argentina promulgó la primera ley en el mundo contra la prostitución infantil, conocida como la "Ley Palacios". La trata de personas es un delito que implica la compra, venta y explotación de seres humanos, principalmente para explotación sexual, trabajos forzados o tráfico de órganos. Se estima que 1.8 millones de personas en todo el mundo son víctimas de este crimen, comparable en magnitud al tráfico de dr**as y armas.
En Argentina, existe la Línea 145 nacional, anónima y gratuita para orientación, solicitar asistencia y/o denunciar casos de trata y/o explotación de personas. Desde el Ministerio de Seguridad de la Nación y la Dirección Nacional de Migraciones anunciaron la aprobación del nuevo Protocolo para la Detección Temprana de Situaciones de Trata de Personas en Pasos Fronterizos, “que refuerza y actualiza las herramientas y procedimientos para la prevención, detección e investigación de este delito, así como para la protección y asistencia de sus víctimas”. En el primer trimestre de 2025, se rescataron 150 víctimas de trata de personas, según el Ministerio de Justicia de la Nación. En nuestro país, la trata adopta principalmente dos formas: explotación sexual y laboral. Según los datos de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), de las 542 sentencias condenatorias relevadas desde 2008, el 66% fue por explotación sexual y el 33,6% por explotación laboral, aunque también se registran casos de servidumbre doméstica, trabajo forzoso, mendicidad infantil y hasta extracción de órganos.
La trata de personas no distingue fronteras y afecta a millones de niños y adultos en todo el mundo. Este delito deshumanizante no solo vulnera derechos fundamentales, sino que perpetúa la violencia, la perversión y la pobreza. La conmemoración de esta fecha nos recuerda la importancia de seguir luchando por un mundo donde ninguna persona sea explotada ni tratada como mercancía.

LA ANDIS PUSO FECHA DE PAGO DE LAS PNC PARA EL 10 DE OCTUBRE-Desde la Defensoría del Pueblo,  denuncian que el Gobierno ...
23/09/2025

LA ANDIS PUSO FECHA DE PAGO DE LAS PNC PARA EL 10 DE OCTUBRE
-Desde la Defensoría del Pueblo, denuncian que el Gobierno Nacional de Javier Milei, se burla descaradamente de las personas con discapacidad y frente a ello, seguiremos con las causas judiciales contra la ANDIS, exigiendo mayores sanciones económicas y que se impute penalmente a los funcionarios nacionales que “dilatan injustificadamente el cumplimiento de órdenes de jueces nacionales”-

En un escrito presentado en la causa de amparo que lleva adelante la Defensoría del Pueblo de la Provincia, conjuntamente con damnificados por la suspensión de las pensiones no contributivas por invalidez laborativa ante la Jueza Federal N° 1 de Formosa Dra. Belén López Macé, misma en la cual la representante del Estado Nacional – Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Dra. Luisa Armoa, presentó un cronograma de trámites que seguirá la ANDIS, previo a abonar los beneficios sociales que actualmente retiene, corolario del cual será el pago de las pensiones, anunciada para la fecha 10 de octubre del corriente año. Respecto a este particular, el Dr. José Leonardo Gialluca, Defensor del Pueblo de Formosa expresó: “De concretarse el pago el día señalado, el Gobierno de Javier Milei, abonará las pensiones por discapacidad no laborativa arbitraria e ilegalmente retenidas, luego de dos meses que una clara Orden Judicial, le impusiera la restitución de las mismas en veinticuatro (24) horas. Atrás quedó una ilegal auditoría realizada desde la ANDIS (organismo sospechado de manejos fraudulentos y procedimientos irregulares al momento de suspender las PNC), que culminó en la suspensión arbitraria de los beneficios a miles de formoseños que los habían obtenido luego del cumplimiento de las normas vigentes en tal sentido. Consta en el expediente judicial el anuncio que, desde la ANDIS realizó su interventor, respecto del dictado de la resolución que ordena el restablecimiento del pago de las pensiones y se hace preciso remarcar que, hasta que el Estado Nacional, por intermedio de la ANDIS abone hasta la última de las PNC suspendidas, no se habrá dado cumplimiento de la orden judicial dictada, por lo que nos hemos opuesto al levantamiento de las sanciones económicas fijadas para conminar al cumplimiento de la medida dispuesta por la Jueza interviniente. Asimismo, impulsaremos la causa penal contra Alejandro Vilches, pues no se puede excusar en cumplir la orden judicial con el pretexto de que recién asumió. Me parece que al Gobierno de Milei, se le escapa que estamos hablando de un colectivo sumamente vulnerable, cuales son las personas con discapacidad no laborativa, a las cuales se les ha retenido su único ingreso, en algunos casos sin previo aviso, el nivel de crueldad que se exhibe es alarmante. Hablamos de seres humanos a quienes privaron de sus ingresos para comer, comprar alimentos, acceder a tratamientos, etc. Vamos a notificar a la titular de la UDAI Formosa de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), Patricia Arias, para que tome razón de lo informado por la ANDIS, sin perjuicio de lo cual exigiremos que se aumenten exponencialmente las multas al Estado Nacional ya que, al parecer, las fijadas no la compelen al cumplimiento de la orden dada por la Jueza. Ello sin perjuicio de impulsar la acción penal contra Alejandro Vilches, quien aparentemente desconoce el imperativo de la justicia.
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