04/09/2025
🔵 La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) apuntó contra la cautelar emitida por el titular del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial N° 5 de la Ciudad de Buenos Aires, Alejandro Maraniello, que prohíbe la difusión de audios atribuidos a la secretaria general de la Presidencia de Argentina, Karina Milei, y consideró que “es un precedente negativo para la libertad de expresión y acceso a la información de interés público”.
En la misma línea, la organización “condenó” el pedido que realizó el Ministerio de Seguridad Nacional, comandado por Patricia Bullrich, sobre allanar al streaming Carnaval y a los periodistas Jorge Rial y Mauro Federico, quienes habían emitido uno de los audios señalados.
“La medida implica censura previa, prohibida expresamente por la Constitución Nacional de Argentina, así como en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Al impedir que periodistas, medios de comunicación y ciudadanos compartan o debatan sobre asuntos de interés público, se vulnera el derecho de la sociedad a estar informada y se sienta un precedente peligroso para la democracia. La prohibición, incluso, alcanza a redes sociales y plataformas digitales, lo que agrava la restricción y genera un efecto de autocensura”, indicó el presidente de la SIP, José Roberto Dutriz.
También, se pronunció en contra de la medida impartida por Maranielli, la presidenta de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, Martha Ramos, quien manifestó que, si existieran dudas sobre la autenticidad de los audios, “corresponde investigar su origen” o se deberían “establecer responsabilidades posteriores”, pero es inadmisible que se “bloquee” su difusión.