07/09/2026
La firma electrónica no alcanza, por sí sola, para habilitar el cobro ejecutivo de un crédito bancario otorgado por medios digitales.
La Cámara confirmó el rechazo de la vía ejecutiva promovida por el banco, al considerar que el documento respaldado únicamente por firma electrónica no reúne las condiciones necesarias para constituir un título ejecutivo. La entidad deberá recurrir a un juicio sumario para reclamar el pago.
El criterio resulta relevante para los contratos y créditos celebrados digitalmente: la firma electrónica no produce los mismos efectos jurídicos que la firma digital, especialmente cuando se pretende utilizar el documento como título ejecutivo.
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📍 Tribunal: Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de La Matanza
👥 Partes / Causa: Banco de la Provincia de Buenos Aires c/ Abdala Natalia Valeria s/ Cobro Ejecutivo
📅 Fecha: 14/08/2026
🔗 Cita: JJuris14608
https://www.editorialjuris.com/jurisprudencia.php?idJ=14608&msj=1