06/03/2026
Ahora si son más libre, festejan los libertos
JAVIER MILEI PROMULGÓ SU REFORMA LABORAL
A partir de hoy rige la nueva ley laboral, las empresas podrán imponer jornadas de 12 horas, no pagar las horas extras, abonar los salarios “en especies”, despedir con menores indemnizaciones y limitar la actividad sindical.
Los libertos celebran en redes sociales y también se juntan en bares, otros en las esquinas, para festejar este gran logro.
Aquí una lista de los puntos claves de la ley libertaria 27.802 llamada “Modernización Laboral”
Antes: Jornada laboral de 8 horas → ahora: pasa a 12 horas diarias.
Antes: Pago de horas extras → ahora: se elimina mediante el sistema de “Banco de Horas”.
Antes: Salario íntegramente en dinero → ahora: se permite pago en especie (alimentos, alojamiento u otros).
Antes; Indemnizaciones completas por despido → ahora: se reducen y se calculan solo sobre el salario básico, con tope del 67% del convenio.
Antes: Indemnización por despido sin causa plena → ahora: queda en un mes de sueldo por año trabajado con base reducida.
Antes: Indemnización íntegra para familiares en caso de fallecimiento → ahora; la empresa podrá decidir cómo repartirla.
Antes: Pago inmediato de sentencias laborales → ahora: las empresas podrán pagarlas hasta en 12 cuotas.
Antes: Justicia laboral nacional → ahora: se transfiere competencia a la Ciudad de Buenos Aires, debilitando el fuero laboral.
Antes: Poder del empleador limitado para cambiar condiciones de trabajo → ahora podrá modificar unilateralmente tareas y modalidades.
Antes: Protección de los convenios colectivos de actividad → ahira: cada empresa podrá negociar condiciones inferiores.
Antes: Vigencia de estatutos profesionales → ahora: serán derogados, entre ellos el Estatuto del Periodista.
Antes: Libertad para realizar asambleas sindicales en el trabajo → ahora: requieren permiso del empleador.
Antes: Protección gremial amplia para delegados → ahora: se reduce a 10 horas mensuales pagas para tareas sindicales.
Antes: Derecho a huelga sin restricciones → ahora: se limita en servicios esenciales y “trascendentales” (75% y 50% de actividad mínima).
Antes: Posibilidad de realizar medidas de fuerza como bloqueos → ahora: pasan a considerarse infracciones muy graves con posibles sanciones penales.
Antes: Autonomía plena de financiamiento sindical → ahora: los aportes a sindicatos se limitan al 2% del salario.
Antes: Responsabilidad del empleador de pagar indemnizaciones → ahora: se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) financiado con recursos previsionales.
Antes: Elección del período de vacaciones por parte del trabajador → ahora: queda exclusivamente en manos del empleador.