23/09/2025
AUTORIDADES SALIENTES PERMANECERAN TRES MESES EN EL PAIS TRAS CULMINAR SU GESTION SEGUN LEY 1352
La Ley 1352 del 14 de octubre de 2020, establece la Permanencia Obligatoria en Territorio Nacional de Autoridades del Nivel Central del Estado y Entidades Territoriales Autónomas, cuyo objetivo es garantizar que las autoridades salientes permanezcan en el país durante un lapso de tres meses tras concluir su mandato o ser destituidas, con el fin de rendir los informes correspondientes y precautelar los intereses del Estado.
De acuerdo con el Artículo 1, la norma establece que esta obligación alcanza a la presidenta o presidente, vicepresidenta o vicepresidente, ministras y ministros de Estado, Asambleístas Nacionales, Gobernadoras y Gobernadores, alcaldesas y alcaldes, Asambleístas Departamentales, concejales Municipales, además de las Máximas Autoridades Ejecutivas de empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales.
La finalidad de la Ley, detallada en el Artículo 2, es asegurar que las autoridades salientes entreguen toda la información necesaria a las autoridades entrantes, garantizando transparencia, continuidad en la gestión pública y evitando posibles actos de corrupción e impunidad.
Asimismo, el Artículo 4 señala que quienes incumplan esta disposición serán responsables penalmente. Para asegurar su cumplimiento, la Contraloría General del Estado remitirá a la Dirección General de Migración el listado de las autoridades obligadas a permanecer en el territorio nacional, tal como establece la disposición final única.