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Más de 5000 casos resueltos en todo Chile. Si avisa que llegó por Pepe Noticias, 10% de descuento solo por esta semana. ...
29/08/2026

Más de 5000 casos resueltos en todo Chile. Si avisa que llegó por Pepe Noticias, 10% de descuento solo por esta semana. Consultas al Whatsapp.

29/08/2026

Un choque con daños en dos vehículos se reportan en las redes sociales. En menos de una semana, otro accidente en la intersección de avenida Salvador Allende y Circunvalación.

29/08/2026

Linda actividad de la UMAG.

29/08/2026

Corte de Punta Arenas rechaza recurso de protección de ganaderos por control de jaurías en Tierra del Fuego.

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó el recurso de protección deducido por ganaderos de Tierra del Fuego en contra de las municipalidades de Porvenir, Timaukel y Primavera; el Servicio Agrícola Ganadero (SAG), la Seremía de Salud Magallanes y el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), entidades a las que demandaban que asumieran el control de perros asilvestrados que atacan sus rebaños.

En fallo unánime (causa rol 341-2026), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Caroline Turner González, Claudio Jara Inostroza y la abogada (i) Sintia Orellana Yévenes– desestimó la acción constitucional tras establecer que las recurridas no cuentan con facultades para controlar vía eutanasia la proliferación de jaurías que asolan sectores rurales de la Provincia de Tierra del Fuego.

“Que el hecho vulneratorio calificado como ilegal y arbitrario por los recurrentes lo hacen consistir en la omisión en que han incurrido cada una de las recurridas, al abstenerse de ejercer, de manera coordinada y eficaz, las competencias legales que les corresponden, dentro de su respectivo ámbito territorial y de atribuciones, para el control de las jaurías de perros asilvestrados, que atacan reiteradamente al ganado en la zona rural de la Provincia de Tierra del Fuego”, plantea el fallo.

La resolución agrega: “Que, a fin de resolver el asunto es menester precisar la normativa legal que alegan los recurrentes se encuentra infringida por las recurridas. En el caso de las ilustres municipalidades de Primavera, Timaukel y Porvenir sostiene que es el artículo 7° de la Ley N°21.020 el cual dispone: ‘Las municipalidades deberán dictar una ordenanza sobre la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía en el territorio comunal, la que deberá ajustarse a la normativa legal que regula la materia y al reglamento mencionado en el artículo 4°, estableciendo como contenidos mínimos los determinados en el artículo 5° de esta ley. Sin perjuicio de lo anterior, las ordenanzas municipales no podrán permitir la utilización de métodos que admitan el sacrificio de animales como sistema de control de la población animal. Esta prohibición se extiende a todos los servicios públicos, así como también a todas las organizaciones de protección animal’”.

“Por parte de la Seremi de Salud de esta región de manera concisa en su acción indica que: ‘La autoridad sanitaria regional, en ejercicio de las facultades que le confiere el Código Sanitario en materia de zoonosis y de control de riesgos para la salud y la seguridad de las personas, está llamada a intervenir frente a la proliferación descontrolada de perros asilvestrados que constituyen un vector sanitario y un peligro físico cierto para la población rural’”, añade.

“Al Servicio Agrícola y Ganadero, puntualiza que conforme la ley N°19.473, de caza, su reglamento, le corresponde la protección de la fauna silvestre nativa –incluidas especies protegidas como el huemul, el guanaco y el canquén colorado– que las jaurías asilvestradas depredan”, sostiene la resolución.

“Finalmente –prosigue–, a la Dirección Regional del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) de Magallanes indica que la Ley N°21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, le encomienda elaborar, ejecutar y coordinar la implementación de los planes de prevención, control y erradicación de especies exóticas invasoras, así como velar y fiscalizar su cumplimiento”.

Para el tribunal de alzada magallánico: “(…) al analizar el estatuto jurídico otorgado por los actores, esta Corte no comparte la interpretación otorgada por aquellos, atendido que en el caso de la Ley N°21.020 habla de la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía y no de las ‘jaurías de perros asilvestrados’, como lo denominan aquellos, por lo que las solicitudes efectuadas relativas a las ilustres municipalidades recurridas no pueden ser acogidas, más si se acredita por aquellas la dictación y fiscalización, dentro de sus facultades, de cada uno de sus decretos alcaldicios en la materia”.

“Que, por otro lado, en relación con la Seremi de Salud, si bien el Código Sanitario le otorga la facultad para prevenir y controlar riesgos de la salud pública derivados de animales, aquello dice relación, como bien lo indica la recurrida en su informe, con riesgos asociados a mordeduras o zoonosis, pero no sobre fauna asilvestrada, por lo que de igual manera respecto a aquel el recurso será desestimado”, releva.

Con relación a la acción impetrada en contra del Servicio Agrícola y Ganadero, para la Corte de Punta Arenas “(…) es preciso referir que mediante la eliminación del artículo N°6, contenido inicialmente en el Decreto N°65 del 21 de noviembre de 2013, que modificó el Reglamento de la Ley de Caza se eliminaron las jaurías de perros salvajes o bravíos como especies perjudiciales o dañinas, por lo que actualmente dicha recurrida carece de facultades para realizar las gestiones solicitadas por los recurrentes”.

“Que, finalmente respecto a la Dirección Regional del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) de Magallanes, es necesario, como bien expone en su informe, para plantear su intervención la dictación del reglamento que defina el procedimiento para elaborar e implementar los respectivos planes de prevención, control y erradicación de especies exóticas invasoras, el cual aún se encuentra en elaboración, por lo que en este punto el recurso igualmente será rechazado”, afirma el fallo.

Asimismo, el fallo consigna: “Que, a mayor abundamiento se concuerda con los recurridos, en cuanto a que la situación planteada por los recurrentes si bien afecta su actividad comercial, requiere la generación de una política o programa público coordinado entre diversos entes con competencias delimitadas y específicas, lo que incluso puede implicar tareas legislativas, debido a que en el artículo 7 de la ley N°21.020 transcrito en el considerando quinto de esta sentencia dispone de manera textual: ‘Sin perjuicio de lo anterior, las ordenanzas municipales no podrán permitir la utilización de métodos que admitan el sacrificio de animales como sistema de control de la población animal. Esta prohibición se extiende a todos los servicios públicos, así como también a todas las organizaciones de protección animal’”.

“Que, lo anterior se ve ratificado por el proyecto de ley de la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados de Chile que, en el mes en curso, fue aprobado relativo a la modificación de la Ley de Caza para permitir el control letal de perros asilvestrados bajo causales específicas fusionado con mociones previas (Boletín N°12.271-01) para frenar ataques de jaurías a la ganadería y fauna nativa en áreas rurales”, acota.

“Que, así las cosas, el recurso interpuesto en autos será desechado, sin que resulte necesario pronunciarse sobre las demás alegaciones planteadas por las partes en estos autos”, concluye.

2 micros quedaron fuera de servicio. Uno de ellos por quedar en panne en avenida Frei y el otro por un choque de un auto...
28/08/2026

2 micros quedaron fuera de servicio. Uno de ellos por quedar en panne en avenida Frei y el otro por un choque de un auto y una micro en avenida Independencia con calle 21 de mayo.

28/08/2026

“Farmear el aura” llega a Punta Arenas: jóvenes llenaron la Plaza de Armas bajo un radiante sol

La Plaza de Armas de Punta Arenas se convirtió este viernes en el punto de encuentro de decenas de jóvenes, especialmente estudiantes de distintos establecimientos educacionales, que participaron en una particular actividad: “farmear el aura”.

Bajo un hermoso sol y en pleno centro de la ciudad, los jóvenes se reunieron para compartir, sacarse fotografías, realizar distintas acciones y, sobre todo, disfrutar de una tendencia que se ha vuelto cada vez más popular entre las nuevas generaciones.

Se trata de una expresión nacida en redes sociales y vinculada principalmente a TikTok. “Farmear el aura” significa realizar acciones que permitan proyectar una personalidad llamativa, segura o carismática, acumulando simbólicamente “aura” frente a los demás. En términos simples, es una forma divertida de decir que alguien está ganando presencia, estilo o admiración.

La actividad llamó especialmente la atención por la gran cantidad de estudiantes que llegaron hasta el principal espacio público de Punta Arenas, convirtiendo la jornada en una verdadera postal juvenil.

Es primera vez que una actividad de estas características se realiza en nuestra ciudad, llevando a un espacio público una de las tendencias que actualmente marca la cultura de los jóvenes en redes sociales.

Entre risas, fotografías y mucha energía, la Plaza de Armas fue escenario de una jornada diferente, donde las nuevas generaciones demostraron que las tendencias digitales también pueden salir de las pantallas y ocupar las calles de Punta Arenas.

F U N E R A R I A C O R A Z Ó N D E J E S Ú S Funeraria Corazón de Jesús comunica el sensible fallecimiento de quien en ...
28/08/2026

F U N E R A R I A C O R A Z Ó N D E J E S Ú S Funeraria Corazón de Jesús comunica el sensible fallecimiento de quien en vida fuera el señor Percy rolando García saldivia Q.E.P.D

Sus restos están siendo velados en la que fuera su casa habitación ubicada en calle Antonio maichil 0636.

Sus funerales se realizarán en el cementerio municipal Sara Braun en día y hora a confirmar.

Con profundo pesar comunica la familia.

Preocupación de locatarios por violencia en calle ErrázurizComerciantes del sector denuncian amenazas con cuchillos, pel...
28/08/2026

Preocupación de locatarios por violencia en calle Errázuriz

Comerciantes del sector denuncian amenazas con cuchillos, peleas frecuentes y la presencia de numerosas personas que pernoctan en calle Errázuriz.

Autoridades y locatarios se reunieron para evaluar la situación y buscar soluciones. La preocupación aumentó tras el anuncio de cierre del local El Ahorro, ubicado en Errázuriz con Chiloé, por temor a delitos.

Los comerciantes esperan recuperar la seguridad del sector y donde reconocen que pese al esfuerzo policial y de seguridad municipal hoy existe temor de igual forma por el consumo no solo de alcohol sino que de droga a plena luz del dia.

28/08/2026

El Servicio de Salud Magallanes Salud Magallanes te recuerda que conocer tus números (presión arterial, colesterol, glicemia e IMC) te permite actuar a tiempo. Acércate a tu centro de salud más cercano y realízate el Examen de Medicina Preventiva🫀🩺

La Municipalidad de Punta Arenas realizó una nueva entrega de subvenciones correspondientes al año 2026, beneficiando en...
28/08/2026

La Municipalidad de Punta Arenas realizó una nueva entrega de subvenciones correspondientes al año 2026, beneficiando en esta oportunidad a diez agrupaciones de la comuna con un total de $7 millones, destinados a apoyar el desarrollo de actividades e iniciativas sociales, culturales y deportivas. Con esta nueva jornada, más de 30 organizaciones han recibido durante la presente semana sus respectivos recursos, fortaleciendo el trabajo que realizan dirigentes y agrupaciones en beneficio directo de sus comunidades. 

El alcalde de Punta Arenas, Claudio Radonich, destacó que estos fondos permiten colaborar con organizaciones de distintas áreas y facilitar la realización de sus actividades. “Son diez grupos y $7 millones que nuevamente la Municipalidad entrega a la comunidad a través de sus dirigentes y agrupaciones. Estamos apoyando iniciativas culturales, sociales y deportivas, tanto competitivas como recreativas, además de agrupaciones de cueca y organizaciones ubicadas en sectores más alejados, donde muchas veces esta es la única colaboración que reciben desde un organismo público”, señaló el jefe comunal.

El edil agradeció además el respaldo del Concejo Municipal para concretar estas entregas y destacó la importancia de administrar estos recursos de manera responsable. “Estamos muy contentos y agradecemos a los concejales, que han aprobado estas subvenciones de manera unánime. Es una forma transparente y responsable de entregar recursos públicos para que nuestros vecinos puedan desarrollar sus actividades con mayor facilidad. Sabemos que estas organizaciones cumplen un rol fundamental en el fortalecimiento del tejido social de nuestra ciudad”, agregó.

Dirección

Punta Arenas

Teléfono

+56967026423

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