Inmigrantes en Libra y Nexo.

Inmigrantes en Libra y Nexo. Es el nuevo segmento radial, el cual está destinado a dar Asesoría a extranjeros, recibir peticiones, denuncias, ofertas de trabajo y orientación general

Nueva modalidad para solicitar la permanencia definitiva en Chile.
06/05/2019

Nueva modalidad para solicitar la permanencia definitiva en Chile.

NUEVAS INSTRUCCIONES PARA LA PERMANENCIA DEFINITIVA EN CHILE
ACTUALIZADO 16/06/2019
Desde el 1° de mayo de 2019 no se aceptan solicitudes por correo postal. Si envió su solicitud antes de esa fecha el trámite seguirá su curso normal y no será necesario enviar la solicitud online.

Los nacionales de Brasil, China, Cuba, Haití y Perú deberán realizar el trámite en ChileAtiende.

SE REQUIEREN AMBOS CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES PENALES, DE VENEZUELA Y DE CHILE PARA LOS VENEZOLANOS.
Esto ha sido desde 1984 un requisito para obtener la nacionalidad Chilena, ahora lo aplicaron también a la Permanencia Definitiva.

¿Los de Venezuela Apostillados?
SI
Primero los solicitas en la pagina http://www.certificacioninternacional.mijp.gob.ve
y luego en esta página:
http://legalizacionve.mppre.gob.ve/
ELEGIR RESIDENCIA
solicitas la apostilla, se supone que te la envían al correo aproximadamente a los 10 días.
SUBES ambos pdf a la página de Extranjería.

Si no los logras sacar, o los tienes son viejos NO te pases de la fecha de Vencimiento de tu Visa, explica en la carta y sube el pdf y espera, te los pedirán al revisar los documentos.
Los vas a necesitar de todas formas, así que sigue intentando.

SI NO HAS SALIDO DE CHILE te deberían servir los que tengas apostillados (como en la regularización extraordinaria), aunque los funcionarios te digan que NO. Sigue intentando con los NUEVOS.
Ya hay muchos casos en los que han cambiado los criterios, tu solicitud será evaluada dentro de meses, lo que importa AHORA es que envíes tu solicitud de PERMANENCIA DEFINITIVA antes de la fecha de vencimiento de tu Visa.

SIGAMOS CON LA PERMANENCIA DEFINITIVA

¿Cómo saber si calificas?
La respuesta CORTA: "Debes reunir desde el principio, TODOS los documentos que permitan demostrar que viviste y si generaste ingresos, lo hiciste legalmente en Chile durante al menos 6 meses antes de solicitar la Permanencia Definitiva (Si, tienes que haber estado mínimo 185 días en Chile por eso te piden el certificado de viajes).
La BUENA Noticia es que si no te aprueban la Permanencia Definitiva, te dan otra Visa Temporaria por UN año para que cumplas los requisitos.
La MALA Noticia es que si a la segunda no cumples, deberás abandonar el País.

¿Cómo inicio el trámite?

¿Dónde consigo una copia del Certificado de Registro de Visa?
En la PDI, cuesta 800 pesos
¿Dónde s**o el Certificado de Viajes?
En la PDI, cuesta 800 pesos
SE DEBE PEDIR CITA en la PDI
Para Santiago en este enlace
https://reservahorapdi.extranjeria.gob.cl/ingreso
Para Viña llamando al +56 9 3410 7653
Para Valparaíso llamando al ‎+56 32 331 14433
Mas información sobre los trámites con la PDI
http://www.pdichile.cl/instituci%C3%B3n/unidades/migraciones
Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional
Eleuterio Ramírez 852, Santiago
[email protected]
+562 2 708 10 43 - +562 2 708 10 44
Lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 hrs.

¿Que hago si no tengo Pasaporte o está vencido al solicitar la Permanencia Definitiva?
- Primero: sepa que la Permanencia Definitiva no se estampa en el Pasaporte, es un CERTIFICADO aparte, no es necesario un título de Residencia. Además, se solicita por correo así que no importa lo que le digan en la oficina local de Extranjería sobre si se puede o no se puede. SI SE PUEDE.
- Segundo: si es posible obtener la Vista de Residencia Temporaria sin Pasaporte, obviamente es posible obtener el Permiso de Permanencia Definitiva sin Pasaporte
- Tercero: vea la NOTA en el pdf de requisitos que dice: "Si la visa fue estampada en un título de residencia y actualmente el solicitante no tiene pasaporte, debe enviar fotocopia del Documento Nacional de Identidad de su país o Certificado Consular que acredite su nacionalidad e identidad."
Por tanto, si tu pasaporte no está vigente, envía copias notariadas tanto del Pasaporte como de tu Cédula Vigente, más una carta del Consulado indicando que no puedes obtener o renovar Pasaporte en el lapso indicado.

¿Cuando tarda el trámite?
Según lo publicado por Migraciones Chile demora unos 11 meses el trámite, así que debes prepararte para sobrevivir casi un año con tu Cédula de extranjero (RUT) vencido.

¿Que hago si solicité la Visa "Por Motivos Laborales" y terminé teniendo mi propio negocio?
Envías todos los documentos de las categorías 1 y 3 (ver más abajo)

¿Y si soy Profesional y me casé con un(a) Chileno(a)?
Presentas todos los documentos de las categorías 2 y 5
¿Y si no los tengos todos?
Envías todos los que tengas.

¿Y si ahora tengo un hijo(a) Chilena(o)?
Envías su partida de Nacimiento junto con todos lo documentos que apliquen a tu categoría

¿Cuanto debo ganar?
Por lo menos el sueldo mínimo, en promedio, pero TODOS los meses (301.000 pesos al momento de escribir esto) es decir en 10 meses debes haber ganado al menos 3.010.000 pesos en total.

¿Y si gano menos de sueldo mínimo pero mi pareja también trabaja?
Presentas todos los documentos de las categorías 1 y 5

¿Pero que me hagan una declaración de Expensas me convierte en dependiente para la Permanencia Definitiva?
NO, la Permanencia definitiva es igual para todos, no hay dependientes, todos pueden trabajar, emprender, invertir y en general realizar toda actividad legal igual que los chilenos.

¿Me sirve contrato "part time"?
Si, siempre que en TOTAL ganes más del sueldo minimo TODOS los meses, es decir si tu contrato es por 500 mil al mes, pero varios meses solo trabajas medio tiempo y ganas 250 mil, no cumples con el Sueldo mínimo, los otros meses deberías ganar lo que te falta.

¿Y si tengo varios contratos?
Si tienes más de un contrato, aplica lo mismo del punto 1 pero para CADA CONTRATO.

¿Y si también "mato unos tigritos"?
Si tambien tienes ingresos informales, puedes emitir Boletas de Honorarios y declarar los ingresos pagando el 10% de retención, te aplica el Punto 2

¿Alguien lee la carta?
SI, que no se te olvide la CARTA, escribela bien, pues allí tienes la oportunidad de EXPLICAR cualquier posible confusión y contar tu historia.

¿Y Cómo demuestro los Ingresos?
(Textual de los requisitos de Extranjería)
1. CONTRATO DE TRABAJO:
Copia del contrato de trabajo vigente.
Certificado de vigencia del contrato, firmado ante notario (Original).
Certificado Histórico de cotizaciones de Institución Previsional y de Salud, del último año (AFP, FONASA, ISAPRE).
2. HONORARIO (TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA):
Certificado de inicio de actividades emitido por el Servicio de Impuestos Internos (Fotocopia).
Boletas de Honorarios de los últimos 8 Meses (Fotocopia).
Informe anual de Boletas de Honorarios (Electrónicas).
Últimos 8 pagos de I.V.A. (Fotocopia)
Última Declaración de Impuesto a la Renta.
3. INVERSIONISTA - RENTISTA:
Escritura de constitución de sociedad de aquellas en las cuales el solicitante es socio (Fotocopia simple).
Certificado de inicio de actividades emitido por el Servicio de Impuestos Internos (Fotocopia).
Últimos 8 pagos de I.V.A. (Fotocopia).
Último balance tributario de la sociedad (Fotocopia).
Última Declaración de Renta de la sociedad y personal que acredite los ingresos percibidos como socio de la empresa
Fotocopia legalizada ante notario de Certificados de Dominio o contratos de arriendo que posea.
4. JUBILADO:
Liquidaciones mensuales de jubilación o pensión de últimos 8 meses.
Certificado consular o de la institución previsional, que indique condición de jubilado e ingresos percibidos.
5. SOSTENIDO ECONÓMICAMENTE POR SU CÓNYUGE / PADRES / HIJO:
DECLARACIÓN JURADA DE EXPENSAS, realizada por el sostenedor (cónyuge / padres / hijo) ante un notario público, señalando que asumirá los costos de mantención en Chile de quien está solicitando Permanencia Definitiva. El sostenedor TAMBIEN deberá acreditar sus ingresos económicos de acuerdo a uno de los puntos anteriores.

¿Cuanto días tenía que haber estado en Chilé?
No haber estado fuera más de 180 en los últimos 12 meses
¿Qué hago si NO califico?
Pídela igual, si no te la aprueban automáticamente te otorgan una Visa Temporaria por un año más.

Esta publicación, como todas, será actualizada incluyendo sus dudas más frecuentes

Fuente:
https://www.extranjeria.gob.cl/vivir-en-chile/permanencia-definitiva/

Este lunes para dar inicio al mes de abril estaremos conversando en nuestro espacio de los TITULOS DE RESIDENCIA, dirigi...
31/03/2019

Este lunes para dar inicio al mes de abril estaremos conversando en nuestro espacio de los TITULOS DE RESIDENCIA, dirigido a todos los inmigrantes que no tienen pasaporte y necesitan solicitar su visa o estampar la misma, si eres uno de ellos y no sabes que procedimiento debes seguir para lograrlo, sintoniza la 104.7 de 9 am a 10 am!!!!

Para asesorías personalizadas agendar tu hora al 56949083888

Retomando nuestro espacio, iniciamos con el tema: tengo visa sujeta a contrato, que debo hacer si cambio de empleador???
25/03/2019

Retomando nuestro espacio, iniciamos con el tema: tengo visa sujeta a contrato, que debo hacer si cambio de empleador???

28/08/2018
06/08/2018

Hoy en nuestro segmento tendremos de invitado al Gobernador Provincial de QUILLOTA, para hablar y aclarar dudas sobre trámites de Extranjería!!!

24/07/2018

Atención usuarios(as) Proceso de Regularización Extraordinario:
Se ha habilitado la siguiente plataforma para subir, a través de internet, sus antecedentes penales, y de esta forma, facilitar su trámite.
Siga el link para acceder: https://bit.ly/2O8LfJr

21/07/2018


Chile desaprovecha a inmigrantes con estudios superiores. Cerca del 50% trabaja en empleos de baja calificación. Fundación El Paciente Inglés, hoy en Diario La Segunda.

20/07/2018

En so­lo tres años, la can­ti­dad de mé­di­cos ex­tran­je­ros ha­bi­li­ta­dos pa­ra tra­ba­jar en el país cre­ció un 63,6%, de acuerdo al úl­ti­mo in­for­me de re­cur­sos hu­ma­nos que el Mi­nis­te­rio de Sa­lud en­vió al Con­gre­so. El do­cu­men­to es­ta...

20/07/2018

Desde el Gobierno plantearon la posibilidad de entregar el denominado "bono marzo" a inmigrantes que cuenten con dos años de residencia y visa definitiva, mientras que diputados de oposición buscan reducir ese tiempo a seis meses.
El Aporte Familiar Permanente consiste en el pago de alrededor de 45 mil pesos por familia o carga, según sea el caso, y desde la plataforma de Consulta del Instituto de Previsión Social es posible revisar si se cumple con los requisitos para acceder al monto.
La discusión se dio en medio de la comisión de Gobierno de la Cámara de Diputados sobre el artículo 12 del proyecto de la ley de migración referido al acceso de beneficios sociales.
"Nosotros decimos que todos los subsidios de cargo fiscal que tienen que ver con previsión social, y el bono marzo es un ejemplo de eso, solamente podrán acceder aquellos que tienen dos años de residencia en el país", señaló el subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla.
¿Qué piensan de este beneficio? ¿Creen que es excluyente, por dárselo solo a aquellas personas que tenga la visa definitiva? Esperamos sus comentarios 👇👇👇👇

10/07/2018

Mañana 11 de julio más de 4.000 médicos rendirán la EUNACOM.

La cantidad de inscritos para este examen aumentó un 86% en un año.

El Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom), habilita a los médicos para trabajar en el sistema público de salud.

Según datos de la dirección del Eunacom, 4.013 profesionales se inscribieron para rendir la prueba mañana 11 de julio. Esa cifra representa un aumento de 86% respecto de los 2.152 que se anotaron para dar el test en julio del año pasado (que finalmente rindieron 2.038).

Como ha ocurrido en años anteriores, debido a que el semestre para los estudiantes chilenos termina en diciembre, la mayoría de quienes rinden el test en su versión de invierno corresponde a egresados de Medicina en universidades extranjeras.

En esta oportunidad, hay 293 titulados en Chile y 3.720 en otros países.

De los extranjeros, el 61% (2.284) proviene de Venezuela. Con muchos menos inscritos, siguen en la lista los cubanos (404), colombianos (386) y ecuatorianos (351).

El resto son médicos titulados en otros 16 países, entre los que se encuentran un sirio y un ucraniano.

¡Mucho éxito a todos los médicos Venezolanos que rendirán esta prueba mañana!

--



Información de gran importancia, sobre todo para la comunidad Venezolana!
20/06/2018

Información de gran importancia, sobre todo para la comunidad Venezolana!

¿Me pueden dar una Visa sin Pasaporte o con Pasaporte Vencido?
(Actualizada 02/01/2019)
Si, PERO SOLAMENTE ESTANDO YA EN CHILE
Y en CUALQUIER PROVINCIA DE CHILE.


Indicanos los problemas que tienes con el pasaporte en el siguiente enlace:
https://consuladocivico.page.link/Pasaportes

El Reglamento de Extranjería Vigente contempla que es posible "estampar" una Visa tanto con Pasaporte Vencido como sin Pasaporte.

Para el trámite SIN Pasaporte se requiere El "Título de Residencia":

Es un Documento emitido por EL MISMO Departamento de Extranjería o Gobernación que está tramitando su Visa, en el cual se estampa la visa otorgada, en el caso que un extranjero o extranjera no posea pasaporte y se encuentre imposibilitado(a) de obtenerlo

Varias Gobernaciones Provinciales aún están aceptando como "Público y notorio" la imposibilidad para obtener o prorrogar un pasaporte, si te dicen que no, ¡INSISTE!

¿Si me piden una constancia consular?
NO DEBEN PEDIRLA AHORA, BASADOS EN LA ÚLTIMA RESOLUCIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
Igual mantenemos el texto para tu información
Se llama "Constancia de Pasaporte en trámite"
Esta constancia se emite después de tramitado el pasaporte y haber aprobado la verificación dactilar, la otorga la Sección Consular de la Embajada de la Dictadura Bolivariana en Santiago y luego la DEBES LLEVAR al Ministerio de Relaciones Exteriores en Santiago.
La información más reciente indica un acuerdo entre las autoridades Chilenas y el Consulado de la Dictadura para otorgar el documento, PERO no hay razón legal para negarlo a los Mayores de Edad.

Recaudos:
Planilla de Derechos Consulares entregada el día de su cita.
Copia de su cédula de identidad o copia de la hoja de datos de pasaportes.
Presentarse personalmente en los días y horarios de atención al público.
La certificación se entrega inmediatamente. Es gratuita.
Fuente: http://chile.embajada.gob.ve/index.php?option=com_content&view=article&id=1396&Itemid=128&lang=es

¿Cual es la base Legal?
Los artículos 179 y 141 del Reglamento de extranjería Vigente, el texto está al final. Recomendamos llevar ese texto impreso, junto con la imagen de éste artículo que corresponde a la Resolución Exenta para emitir un Título de Residencia, buscamos precisamente uno emitido a un Venezolano, por la Gobernación Provincial de Valparaíso, pero borramos los datos de la Persona por su privacidad.

¿Qué hago si no me respetan ese derecho?
Primero:
Indícales amablemente si están al tanto de que Chile firmó un acuerdo internacional junto con otros 10 países para aceptar Pasaportes vencidos a los Venezolanos. (lleva impresa la noticia por si acaso)
Mejor si es de un importante Diario Chileno como "La Tercera": https://www.latercera.com/mundo/noticia/11-paises-latinoamerica-se-comprometieron-seguir-acogiendo-emigrantes-venezolanos/307254/
Segundo:
Pide constancia y razones, indica que quieres colocar un reclamos ante la OIRS, si no te dan algo por escrito, pide los datos completos de la persona que te lo niega y le indicas que en ese caso vas a solicitar un RECURSO DE PROTECCIÓN ante la CORTE DE APELACIONES, Indícales que "Por Omisión" están violando tus derechos CONSTITUCIONALES:
- Libertad para desarrollar cualquier actividad económica.
- Libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes.
- Derecho a no ser discriminado en el trato del Estado en materia económica.

Derechos que NO puedes ejercer mientras no tengas tu Cédula de Extranjero (RUT), visto que tu Visa ya fue aprobada, lo único que te impide obtener tu cédula es que ellos emitan un título de Residencia y estampen allí la Visa o que la estampen en el Pasaporte Vencido.
Si no te dan sus datos, graba un video o busca la forma de dejar constancia, tienes 30 días para poder reclamar.
(Ojo, si pasaron esos 30 días, anda nuevamente y si te lo vuelven a negar, es una nueva omisión)
Escríbenos los detalles a [email protected]
y pasaremos los datos a uno de los abogados que nos apoyan para orientarte.

Fuente Oficial: Decreto 597 de 1984 que aprueba el Reglamento de Extranjería
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=14516

Artículo 179°.- El Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, podrá otorgar un documento especial a los extranjeros a los cuales se les haya concedido visación en el país y sean apátridas o nacionales de países que no tengan representación consular en Chile o se encuentren impedidos de obtener pasaporte. Dicho documento se denominará "TITULO DE RESIDENCIA", sólo tendrá valor en Chile para acreditar la calidad de residencia y su vigencia será igual a la visación otorgada.

Artículo 141°.- El Ministerio del Interior o la autoridad que actúa por delegación, cuando corresponda, resolverá los rechazos y revocaciones a que se refieren los artículos precedentes.
Los rechazos y revocaciones, se dispondrán por resolución fundada, en la que además, se fijará un plazo prudencial no inferior a 72 horas para que el afectado abandone voluntariamente el país, sin perjuicio que se aplique a su respecto, por la autoridad competente, cuando proceda, alguna sanción de amonestación por escrito, pecuniaria, penal o se resuelva su expulsión del territorio nacional.
Cuando sea permisible el rechazo o revocación y con el solo mérito de los antecedentes, el Ministerio del Interior o autoridad que actúa por delegación cuando corresponda, podrá sustituir la medida de abandono voluntario del país, por el otorgamiento de una visación de igual calidad a la solicitada o a la que poseía anteriormente el afectado. Si se tratare de una revocación del permiso de permanencia definitiva, se expedirá visación de residente temporario.
La validez de estas visaciones, serán las que se determinen en cada caso y se harán efectivas por el simple expediente de la dictación de la resolución respectiva.
En el evento de que a su término el extranjero solicite prórroga de ellas, estas peticiones se someterán a las reglas generales de procedimiento establecidas. Quedan exentas del pago de derechos aquellas que se otorguen con posterioridad a la revocación que se hiciere de un permiso de residencia.
En la situación referida en el inciso tercero precedente, el extranjero deberá poner su pasaporte a disposición de la autoridad en un plazo no inferior a cinco días, que se fijará en la resolución respectiva. La entrega de pasaporte o documento que lo reemplace se hará al solo efecto de que se inscriba la visación a otorgarse al afectado. En este acto deberá el extranjero hacer devolución de su certificado de registro, cédula de identidad chilena para extranjero y/o certificado de permanencia definitiva, según el caso. Para los fines de inscribir esta visación se podrá utilizar pasaporte vencido o el título de residencia establecido en el artículo 179°.

Más sobre el Recurso de Protección:
https://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/recurso-de-proteccion

Dirección

Quillota

Horario de Apertura

Lunes 10:00 - 10:30

Teléfono

+56332262001

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Inmigrantes en Libra y Nexo. publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Inmigrantes en Libra y Nexo.:

Compartir

Categoría