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La Ley 1955 de 2019 establece que el incremento del impuesto predial para predios con avalúo catastral actualizado no po...
06/05/2025

La Ley 1955 de 2019 establece que el incremento del impuesto predial para predios con avalúo catastral actualizado no podrá superar el IPC (Índice de Precios al Consumidor) más de 8 puntos porcentuales. Para predios sin actualización catastral, el aumento máximo es del 50% respecto al impuesto del año anterior. Además, para viviendas de estratos 1 y 2 con avalúo hasta 135 salarios mínimos, el incremento anual del impuesto no podrá exceder el 100% del IPC. Estos límites buscan evitar aumentos desproporcionados en la factura del impuesto predial

06/05/2025

Importante aclaración sobre la actualización catastral

El ajuste automático y único es la razón por la cual la actualización catastral tiene legalidad, pero no validez plena. Esto significa que, aunque el proceso esté reconocido legalmente, el avalúo catastral puede ser cuestionado. Por ello, el avalúo catastral contempla un recurso para impugnar esa tasación y el valor de la factura, siempre conforme a los criterios establecidos en la ley.

Invitamos a toda la comunidad a compartir esta información para que más personas conozcan sus derechos y puedan actuar con conocimiento frente a la actualización catastral.

06/05/2025

Esta noche hablaremos sobre el Artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo 2023-2026, contenido en la Ley 2294 de 2023, el cual se enfoca en el ajuste automático y único de los valores catastrales para mejorar la planificación territorial, corregir distorsiones económicas y mitigar desigualdades en la carga tributaria. Este ajuste busca fortalecer las finanzas públicas de los municipios, mejorar la planificación territorial y aumentar su autonomía en la asignación de recursos.

06/05/2025

Qué estará pensando la Contraloría sobre la función de recaudo que dejó de cumplir la administración municipal?

🏠 AVISO IMPORTANTE SOBRE EL IMPUESTO PREDIAL Y ACTUALIZACIÓN CATASTRAL📌 AVALÚO CATASTRALActualmente corresponde al 60% d...
05/05/2025

🏠 AVISO IMPORTANTE SOBRE EL IMPUESTO PREDIAL Y ACTUALIZACIÓN CATASTRAL

📌 AVALÚO CATASTRAL
Actualmente corresponde al 60% del valor comercial de tu inmueble.

📈 INCREMENTO EN LA FACTURA
El valor base para calcular el impuesto predial aumentará gradualmente hasta llegar al 100% del valor comercial.

⚠️ RECUERDA
El impuesto predial se liquidará con base en ese nuevo valor.

¡Mantente informado y revisa tu factura!

👩‍⚖️ NOVOA 1 S.A.S.
Somos expertos en Derecho Inmobiliario, Avalúos y Litigios.
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¿Sabías que puedes disminuir el avalúo catastral de tu propiedad y, además, reducir el valor a pagar en tu factura del I...
23/04/2025

¿Sabías que puedes disminuir el avalúo catastral de tu propiedad y, además, reducir el valor a pagar en tu factura del Impuesto Predial Unificado (IPU), incluso si ya pagaste este año?

En NOVOA 1 S.A.S te ayudamos a planificar estratégicamente la mejor decisión para tu patrimonio.
¡No dejes pasar el tiempo! Los incrementos continuarán si no tomas medidas adecuadas hoy.

🔔 Actúa ahora y evita pagar de más.
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¿PAGASTE DE MÁS TU IMPUESTO PREDIAL? ¡PODRÍAS RECUPERAR TU DINERO! 💰🏡¿Sabías que aunque ya hayas pagado tu impuesto pred...
07/03/2025

¿PAGASTE DE MÁS TU IMPUESTO PREDIAL? ¡PODRÍAS RECUPERAR TU DINERO! 💰🏡

¿Sabías que aunque ya hayas pagado tu impuesto predial, tienes derecho a solicitar la revisión del avalúo catastral? Si este avalúo se modifica, ¡el valor de tu factura del impuesto predial podría cambiar y podrías tener un saldo a favor!

¡Atención! Según la Ley 1995 de 2019, tienes hasta 5 años después del vencimiento del plazo o del pago para solicitar la devolución o compensación de los saldos a favor originados en pagos en exceso o de lo no debido.

¡No pierdas esta oportunidad!

Llamada a la acción:

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ANTECEDENTE  - DIVULGACIÓN; Ley 1995 de 2019 "por medio de la cual se dictan normas catastrales e impuestos sobre la pro...
07/03/2025

ANTECEDENTE - DIVULGACIÓN; Ley 1995 de 2019 "por medio de la cual se dictan normas catastrales e impuestos sobre la propiedad raíz y se dictan otras disposiciones de carácter tributario territorial."

Palabras del Presidente Iván Duque en la divulgación de la Ley 1995 de 2019, que regula las normas catastrales en el país - 2 de septiembre de 2019

06/03/2025

A la comunidad en general, a la prensa y a nuestros clientes:

Desde NOVOA 1 S.A.S., firma especializada en asesoría jurídica, valuatoria e inmobiliaria, nos vemos en la obligación de alertar a la ciudadanía sobre una grave situación de desinformación que se está presentando frente a las instalaciones del Palacio Municipal de Yopal.

En los últimos días, se ha observado un punto de atención donde se están diligenciando derechos de petición y reclamaciones por parte de ciudadanos que, actuando de buena fe, creen que estas acciones son la solución a la problemática generada por la actualización catastral. Sin embargo, es fundamental aclarar que, de acuerdo con la ley, solo existen dos vías legales para abordar esta situación:

1. Revisión del incremento en la factura: Este proceso verifica si el aumento en el valor del impuesto predial se ajusta a los parámetros establecidos por la normativa vigente.

2. Impugnación del valor catastral: Esta acción permite discutir si el valor catastral asignado a un predio es igual o inferior al 60% de su valor comercial.

Es importante destacar que presentar reclamos o reproches directamente al operador castastral CATASIG y la Secretaría de Hacienda no tiene ningún efecto legal, ya que estas peticiones o reclamaciones e instancias no están facultadas para modificar los valores catastrales. Además, se han identificado irregularidades preocupantes, como el caso del señor alcalde, quien reside en una propiedad registrada con 0 m² construidos, lo que evidencia inconsistencias en el sistema.

El municipio de Yopal, en cumplimiento de su obligación legal de recaudo (Artículo 2 de la Ley 44 de 1990), se beneficia de esta situación, perpetuando un engaño que perjudica a los contribuyentes. El punto de atención instalado frente al Palacio Municipal no está asesorando adecuadamente a la ciudadanía, sino que busca cumplir con indicadores de apoyo que carecen de fundamento legal y que solo buscan mantener una falsa imagen de compromiso con la comunidad.

Esta desinformación ha generado un desorden que induce al error a los contribuyentes y ciudadanos. Por ejemplo, permitir que se presenten escritos reclamando la disminución del área de un terreno o del área construida, sin un debido levantamiento topográfico o un avalúo comercial, abre la puerta a irregularidades como la que beneficia al burgomaestre, quien paga una tarifa de impuesto predial significativamente inferior al resto de los ciudadanos, al declarar su propiedad con 0 m² construidos.

Por todo lo anterior, desde NOVOA 1 S.A.S. hacemos un llamado a la comunidad para que comparta esta denuncia y no permita más atropellos, nichos de corrupción y situaciones que socavan la confianza en nuestras instituciones. Invitamos a la prensa y a nuestros clientes a difundir este comunicado y a sumarse a la lucha por la transparencia y la justicia en nuestro municipio.

¡No más engaños! ¡No más corrupción!

Atentamente,

NOVOA 1 S.A.S.
Asesoría Jurídica, Valuatoria e Inmobiliaria
Contacto: [email protected] | Teléfono: 322 9057511


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¿Sientes que el avalúo catastral de tu propiedad es demasiado alto? En Novoa 1. Asesoría Jurídica, Avalúos e Inmobiliari...
05/03/2025

¿Sientes que el avalúo catastral de tu propiedad es demasiado alto? En Novoa 1. Asesoría Jurídica, Avalúos e Inmobiliaria, te ayudamos a disminuirlo.

En Novoa 1. Asesoría Jurídica, Avalúos e Inmobiliaria, gestionamos tu solicitud de revisión del avalúo catastral para que pagues lo justo por tu impuesto predial.

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