26/02/2025
San José de Cúcuta, febrero 26/2025.
Señores
JUNTA DIRECTIVA ACCIÓN COMUNAL BARRIO "CIUDAD JARDÍN"
EMAIL: [email protected]
CIUDAD
REF: DERECHO DE PETICION DE INTERÉS GENERAL
ASUNTO: PROYECTO 1. REFORMA DE ESTATUTOS DE LA JUNTA DE
ACCIÓN COMUNAL DEL BARRIO "CIUDAD JARDÍN" MUNICIPIO SAN JOSÉ DE CÚCUTA (N:S)
PROYECTO 2. REGLAMENTO GENERAL PARA EL MANEJO DE ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS, JUNTA DIRECTIVA.
Respetuoso saludo:
Mediante el presente documento y de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia. Artículo 23; Ley 1437 de 201 1 (Ene 18); modificado por la ley 1755/2015; Ley 2166/2021 (dic. 18), nos permitimos formular la siguiente petición con los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, así:
1. PETICIÓN
1. 1 Radicar Proyectos referenciados.
1.2. Convocar a reunión de junta Directiva extraordinaria, en los términos que para el efecto prevén los Estatutos Internos de la Junta. Art. 40. REUNIONES. Con el objeto de participar democráticamente y de manera presencial en la discusión del tema en cuestión, a más tardar dentro de los quince (15) siguientes del presente mes.
1.3. Ordenar a quien corresponda abocar el estudio y elaboración del "proyecto de Reforma de Estatutos" previa socialización a través de medios alternativos (redes sociales), incluye, participación de los asociados y la comunidad de Fundadores y residentes del barrio ciudad jardín" de esta municipalidad, en cumplimiento de lo referido en la ley 2166/2021 (dic. 18). Il. Organización. ARTÍCULO 18. Principios. Literales: f)." Principio de prevalencia del interés general: prevalencia del interés general frente al interés particular". K) Principio de la participación democrática: En el desarrollo de la comunidad se garantizará que el ciudadano pueda participar permanentemente en los procesos decisorios que incidan significativamente en el de la organización comunal. Se fortalecerá los canales de representación democrática y se promoverá el pluralismo". N) Transparencia; Todas las actuaciones de los organismos de Acción Comuna' serán de conocimiento público de sus afiliados y la comunidad en general en consonancia con el principio de publicidad, salvo reserva legal". O) Principio de Publicidad: Todas las actuaciones y decisiones de los organismos de acción comunal deberán ser difundidas por cualquier medio de comunicación notificación o publicación, incluyendo el empleo de tecnología de difusión masiva". P) Legalidad." Todas las actuaciones deben estar fundadas y motivadas en la ley".
1.4 Crear un canal de comunicación electrónico (correo) distinto al ya creado por la junta ([email protected]), y/o en su defecto gestionar con contratista del blog web, https://sites.google.com/view/iacciudadiardin/inicio para que a través del mismo se permita la participación masiva y democrática de la comunidad para el cumplimiento del objetivo propuesto.
2. FUNDAMENTOS DE HECHO
2.1 Que, la Ley 2166/2021 (dic.18). CAPITULO ll- Organización. Artículo 15. Estatutos. Parágrafo. 2. señala..." Las organizaciones de Acción Comunal, dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición de la ley precitada deberán actualizar sus estatutos de acuerdo con las disposiciones de la misma".
2.2 La ley 2166/2021 (dic. 18). CAPITULO XVIII. Promoción de los derechos Humanos y respeto por la vida de los líderes comunales. ARTÍCULO. 109. Vigencia. Señala..." La presente rige a partir de la fe.cha de su promulgación y deroga la ley 743/2002 y demás normas que sean contrarias".
La página 52/A — señala..." Publíquese y cúmplase. Dicl 8/2021 "
3. FUNDAMENTOS DE DERECHO
3.1 Que, la Ley 2166/2021 (dic.18). CAPITULO IV. Derechos y deberes de los afiliados. Artículo 23. Derechos de los afiliados. Literal d) Asistir a las reuniones de las directivas en las cuales tendrá voz pero no voto". L) 'LA que sean informados, a través de campañas de socialización, medios de comunicación, medios alternativos (redes sociales), entre otras sobre las actividades, proyectos y/o programas que se ejecuten para la participación activa de las juntas de acción comunal y sus líderes".
3 2 Que, la Ley 2166/2021 (dic. 18), Artículo 26. Deberes de los afiliados. Literal h). 'l Presentar propuestas para contribuir a la solución de las necesidades y conflictos que surjan dentro de/ territorio de la junta y para la elaboración de los planes, programas y proyectos de trabajo de la organización'
3.3 Que, la Ley 2166/2021 (dic. 18). CAPITULO ll. organización. Artículo 16, Objetivos. Literal j)." Lograr que la comunidad esté permanentemente informada sobre el desarrollo de los hechos, políticas, programas V servicios del Estado y de las entidades que incidan en su bienestar y desarrollo"
Que, la Ley CAPITULO Organización. Artículo 163 Objetivos. Literal k) "promover y ejercitar las acciones ciudadanas y de cumplimiento como mecanismos previstos por la Constitución y fa ley para el respeto de los derechos de los asociados"
EVIDENCIAS
4.1 https://drive.google.com/drive/folders/1K5Pgcojja44uHY2MAHW0WGUi5LedrjDx?usp=sharing
4.2 https://drive.google.com/drive/folders/1ModJ7PAa9nlJlu1GkfbjH4I5wdz3G3pY?usp=sharing
5. NOTIFlCAClÓN
Recibimos notificación a través de nuestros correos electrónicos detallados al pie de nuestras firmas.
ATENTAMENTE
NOHORA JOSEFA MORENO DE GALLO
Presidenta (e). ASOCIACIÓN DEL ADULTO MAYOR AMARA Y VIVIR MUNICIPIO SAN JOSÉ DE CÚCUTA. AFILIADA JAC.
EMAIL: [email protected]
YEINI ESPERANZA MORENO MOJICA
Vicepresidenta (e) ASOCIACIÓN DEL ADULTO MAYOR AMAR Y VIVIR, BARRIO CIUDAD JARDIN, MUNICIPIO SAN JOSÉ DE CÚCUTA NS. AFILIADA JAC.
Email: [email protected]
WILLIAN HERNANDEZ RONDÓN. AFILIADO JAC.
whatsApp. 3112505628
cc. 12463423
JUAN CARLOS TARAZONA. AFILIADO JAC.
CC. 13509517
EMAIL: [email protected]
WhatsApp. 3167502448
AGUSTIN NORBERTO CUELLAR FORMES. AFILIADO JAC.
13250382
JOSE ANTONIO GOMEZ P. AFILIADO JAC.
CC. 5414003
MARCO AURELIO LUNA RANGEL. AFILIADO JAC.
CC. 5392082
PEDRO EFRÉN JÁUREGUI OCHOA. AFILIADO JAC.
CC.13246376
EMAIL: [email protected]
CC. SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACION COMUNITARIA ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN JOSÉ DE CÚCUTA (N.S)
https://cucuta.aov.co/pqrdsf/
CC. COMISIÓN DE CONVIVENCIA Y CONCILIACIÓN - JUNTA DE ACCIÓN
COMUNAL DEL BARRIO" CIUDAD JARDÍN" MUNCIPIO SAN JOSÉ DE CÚCUTA
(N.S). EMAIL: [email protected]
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