14/09/2025
$UN 80% DE ALIVIOS PARA EL PAGO DE INTERESES Y SANCIONES
Presento a ustedes la gestión que se está realizando para recuperar la cartera en mora con sus intereses y sanciones. Ahora nos toca a nosotros acercarnos a la oficina de Hacienda y ponernos al día para el bien de nuestra querida ciudad. Estos son fragmentos del acuerdo:
ACUERDO Nro. 009 DE 2025 121 JUL 2025
"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE DE MANERA TRANSITORIA ALIVIOS PARA EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES RELACIONADAS CON INTERESES DE MORA Y SANCIONES DERIVADAS DEL NO PAGO OPORTUNO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN EL MUNICIPIO DE GIRARDOT CUNDINAMARCA". Dice:
Que el día 21 de julio de 2025, se recibió del Concejo municipal de Girardot, el Acuerdo Municipal 009 de 2025, en el Despacho del Alcalde Municipal de Girardot, para su sanción. Que el día 21 de julio de 2025, el Alcalde Municipal de Girardot, certifica que el Acuerdo Municipal No. 009 de julio de 2025, no tuvo objeciones por inconveniencia o por ser contrarios a la Constitución, La Ley y Las Ordenanzas, y de Derecho establecidos en los artículos 78 y 79 de la Ley 136 de 1994, por tal motivo se SANCIONA el presente Acuerdo Municipal No. 009 de 2025, y se sanciona en los términos legales.
Que una vez realizada la publicación del Acuerdo Municipal, el 21 de julio de 2025 se deberá remitir copia autentica del Acuerdo No. 009 de 2025, a la Dirección de Asuntos Municipales para su revisión jurídica establecida en el Artículo 82 de la Ley 136 de 1994 y en cumplimiento de la Atribución del numeral 10 del Articulo 305 de la Constitución Nacional.
¿QUE SE BUSCA?
- Promover estrategias para el cumplimiento de las obligaciones tributarias los cuales ayudarán para las inversiones en los diferentes proyectos del plan de desarrollo, lo cual permitirá cumplir en primera aliviar la economía de los habitantes del municipio de Girardot, beneficiando y generando una mejor calidad de vida a los mismos;
- Permitir un mayor recaudo para así lograr las metas del plan de desarrollo y lograr la sostenibilidad del municipio, dando cumplimiento a los órganos de control y de gestión en el logro de indicadores que le permitan al municipio ser viable, sostenible administrativa y financieramente, en el corto, mediano y largo plazo.
¿CUALES SON LOS BENEFICIOS?
El arreglo de la malla vial, el PAE, los parques, escenarios deportivos, salud, infraestructura y demás obras son los directamente beneficiados con la recuperación de esta cartera en mora.
¿CUALES SON LOS ALIVIOS?
- El municipio de Girardot por medio de la Secretaría de Hacienda y a través de la simplificación y disminución del procedimiento en la aplicación de la tasa de interés de mora, podrá otorgar un alivio en el monto en el pago de los intereses y/o sanciones derivadas de obligaciones tributarias y no tributarias, generadas hasta el 31 de diciembre de 2024.
- A los contribuyentes, responsables, agentes retenedores, garantes y deudores solidarios de los Impuesto Predial Unificado e ICA, se otorgará un descuento sobre el pago de los intereses y sanciones generados por deudas sobre los impuestos mencionados, de acuerdo con la fecha en la que se efectúe la liquidación y previa disminución y simplificación del procedimiento en la aplicación de manera proporcional de los intereses y sanciones, y el pago del total del capital adeudado, conforme a las siguientes condiciones: Si se realiza el pago total del capital adeudado desde la entrada en vigencia del presente Acuerdo y hasta el 31 de octubre de 2025, se otorgará un alivio del ochenta por ciento (80%) sobre el valor de los intereses y sanciones generadas. Si se realiza el pago total del capital adeudado desde el 1 de noviembre y hasta el 19 de diciembre de 2025, se otorgará un alivio del sesenta por ciento (60%) sobre el valor de los intereses y sanciones generadas.
PARÁGRAFO. Los deudores que, a la fecha de publicación de este Acuerdo, tengan acuerdo de pago suscrito vigente, respecto de obligaciones tributarias que hayan entrado en mora, podrán acceder al mismo alivio, siempre y cuando paguen el ciento por ciento (100%) del capital correspondiente al saldo insoluto de la deuda.
El Secretario de Hacienda, expidió certificado de impacto fiscal, en el cual se indica que este proyecto de acuerdo GENERA IMPACTO FISCAL POSITIVO. Es decir, se concluye que no hay costo o impacto fiscal, al contrario, se producirá mayores recaudos en los ingresos tributarios de Girardot, además el proyecto es Compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo 2025 - 2034 en la medida que se espera un mejoramiento en la generación de nuevos ingresos que mejoraran la sostenibilidad fiscal y por tanto el impacto es positivo.
¡TU TE BENEFICIAS, LA CIUDAD TAMBIÉN!