14/07/2026
🚨 Vapear en lugares cerrados en Colombia puede salir muy caro. Quienes utilicen ci*******os electrónicos o vapeadores en espacios donde está prohibido se exponen a multas que oscilan entre $752.000 y $933.000, según lo establecido en la Ley 2354 de 2024 y el Código Nacional de Policía.
La medida aplica en sitios cerrados de acceso público como oficinas, restaurantes, bares, centros comerciales, instituciones educativas y el sistema de transporte público, entre otros.
Con esta legislación, los vapeadores y ci*******os electrónicos fueron equiparados a los productos de tabaco, por lo que ahora están sujetos a las mismas restricciones relacionadas con su consumo, publicidad, promoción y comercialización. El propósito es proteger la salud de los usuarios y de quienes pueden verse expuestos de forma involuntaria a los aerosoles que generan estos dispositivos.
Especialistas señalaron que el valor de la sanción puede variar si se presentan otras infracciones al mismo tiempo o dependiendo del lugar donde ocurra el hecho. En espacios como las instituciones educativas, las consecuencias podrían ser más severas.
Cuando el vapeo ocurre dentro de un establecimiento comercial, el responsable es el propietario o administrador del lugar. La Ley 2354 de 2024 contempla sanciones que van desde 1 hasta 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes para quienes permitan estas conductas.
Esta normativa hace parte de una estrategia para disminuir el uso de vapeadores y ci*******os electrónicos, especialmente entre niños, adolescentes y jóvenes, además de reducir los riesgos que estos dispositivos representan para la salud.
Fuentes: EL TIEMPO y Caracol Radio.