La Gaceta periódico

La Gaceta periódico Somos una alternativa periodistica cuyos principios son Objetividad, Veracidad e Independencia.

13/09/2026


Con mil pesos? Nadaaa

Pero puedes disfrutar de los granizados, las micheladas y las bandejas ácidas que saben a Felicidad💛💚

13/09/2026


¡ES NOTICIA! Avanza la entrega de ayudas para las familias afectadas por el sismo del 10 de agosto entre el Supergiros, alcaldías, gobernación y la UGNRD.

Edgar Páez, presidente de SuperGiros, entrega el reporte oficial de cómo avanza el pago de los apoyos económicos de la UNGRD en el occidente del país.

✅️ YA ESTAMOS PAGANDO: Todos los puntos habilitados en Cali y el departamento del Chocó ya están entregando los recursos.

✅️ LO QUE VIENE: Este lunes arranca el despliegue en Buenaventura y posteriormente llegaremos al eje cafetero.

¿Fuiste censado como damnificado? Reclamar tu auxilio es muy fácil.

● Verifica que estés en el Registro Único de Damnificados
● Acércate a un punto de Supergiros
● Presenta tu cédula original, trámite directo sin intermediarios
✈️ Envía este video por mensaje directo o etiqueta en los comentarios a las personas que necesiten conocer esta actualización urgente.

SuperGiros Chocó

13/09/2026


| El y la FAO en español unen esfuerzos para apoyar a los productores agropecuarios afectados por el terremoto en el , con una inversión de $12 mil millones.

Así se lo anunció el ministro Indalecio Dangond a la gobernadora del Chocó Nubia Carolina Córdoba Curi durante la reunión que sostuvieron en Bogotá.

En el encuentro, el jefe de la cartera también presentó otras apuestas para que el territorio se convierta en un ‘Departamento milagro’.

Minagriculturacol

13/09/2026


¡OE! CORRE LA VOZ!

Con más de $3.324 millones y gracias al Gobierno del Presidente Abelardo De La Espriella iniciaron los Pagos de Apoyo Económico Temporal para los damnificados del terremoto del 10 de agosto.

Si conoces a alguien que pueda beneficiar esta buena noticia, compartesela!

  Jackson Martínez volvió del retiro tras 6 años y jugará con Independiente Medellín El mercado de pases de Colombia no ...
12/09/2026


Jackson Martínez volvió del retiro tras 6 años y jugará con Independiente Medellín

El mercado de pases de Colombia no da tregua. Tras el regreso de James Rodríguez al país para sumarse a Atlético Nacional, Jackson Martinez, quien disputó el Mundial de Brasil 2014 con la selección Cafetera, volvió del retiro tras seis años alejado de las canchas y compartirá equipo con Juan Fernando Quintero, con quien ya jugó en el Porto, en Independiente Medellín.

La carrera del colombiano se había complicado por una lesión de tobillo entre 2015 y 2016, ahora, a sus 39 años, fue presentado como nuevo refuerzo del club, donde será dirigido por Luis Amaranto Perea, campeón del mundo con Boca como jugador.

Además, será compañero de exfutbolistas del Xeneize como Frank Fabra y Agustín Martegani.

12/09/2026


¡ESTO SE SALIÓ DE CONTROL!

Por Edu Arango

La “Nubiamania” está por todos lados!
La cantante , compuso una hermosa canción para la Gobernadora del Nubia Carolina Córdoba Curi

La letra, que es muy inspiradora y que describe a nuestro departamento y a la mandataria chocoana, quien ha hecho una excelente gestión manejando con acierto la crisis post terremoto, tiene un ritmo super pegajoso.

"Una mujer estudiosa, que se le mide a ladrillos cargar, que tiene todas las capacidades para más alto llegar. A mi no me extraña que hable inglés tampoco cuatro idiomas mas, pero usted tiene algo único, algo que la hace especial, es un conjunto divino, una magia que no se explica, es un amor por su pueblo, una fuerza que se siente en cualquier lugar."

El coro es un estribillo lleno de esperanza: "Llegó el momento del Chocó, Llegó el momento de mostrar que es un lugar privilegiado para la envidia despertar"

“Mapa Celis” cuyo nombre real es María Paula Celis Páez, es colombiana, de Santander.

Se hizo viral este año con "Patria Milagro" y "Mariachis del Cielo" que se volvió un himno de campaña del presidente Abelardo De La Espriella y ahora está sacando música con el sello 9510325 Records DK.

Indiscutiblemente, Nubia Carolina está en su Prime!


🇬🇦

  Fuerte sismo sacudió a Colombia: se sintió en el PacíficoDe acuerdo con el boletín emitido por el SGC, el epicentro de...
12/09/2026


Fuerte sismo sacudió a Colombia: se sintió en el Pacífico

De acuerdo con el boletín emitido por el SGC, el epicentro del sismo en Chocó fue localizado a 27 kilómetros del municipio de Sipí, en el departamento del Chocó. El movimiento telúrico tuvo una profundidad de 43 kilómetros.

12 de septiembre de 2026.

Un sismo de magnitud 4,6 se registró este sábado 12 septiembre de 2026 en el departamento del Chocó, según el reporte actualizado del Servicio Geológico Colombiano (SGC). El evento sísmico ocurrió a las 6:16 de la mañana y tuvo como epicentro al municipio de Istmina.

Hasta el momento no se registran perdidas humanas ni daños estructurales en edificaciones.

 La justicia no es una plaza de linchamientoPor Jhonny Mena Herrera A juzgar por cierta reacción pública frente al caso ...
12/09/2026


La justicia no es una plaza de linchamiento

Por Jhonny Mena Herrera


A juzgar por cierta reacción pública frente al caso de Juliana Guerrero, para algunos la respuesta jurídicamente correcta no era una sentencia: era una piedra. Quizá la escena que habría satisfecho a ciertos sectores de la opinión pública sería otra: sacar a Juliana Guerrero a la Plaza de Bolívar, ponerla en el centro y permitir que cada indignado la apedreara. Entonces, probablemente, muchos sentirían que “se hizo justicia”. Pero eso no es justicia. Eso es venganza. Y precisamente para abandonar la venganza privada inventamos el proceso penal.

Una sociedad civilizada no mide la eficacia de su justicia por la cantidad de sufrimiento que logra producir, ni por el número de personas que consigue exhibir esposadas ante una cámara. La mide por su capacidad para esclarecer hechos, atribuir responsabilidad conforme a derecho y producir decisiones judiciales válidas en un tiempo razonable. El caso Juliana Guerrero es una magnífica oportunidad para discutir algo mucho más importante que Juliana Guerrero: qué modelo de justicia penal queremos.

Juliana Guerrero aceptó su responsabilidad por fraude procesal dentro de un preacuerdo con la Fiscalía. El juez competente avaló el acuerdo y profirió sentencia condenatoria, con pena privativa de la libertad, consecuencias patrimoniales e inhabilitación, aunque la ejecución de la prisión fuera suspendida condicionalmente. Además, se compulsaron copias para investigar eventualmente otras conductas. Es decir: hubo aceptación de responsabilidad, hubo control judicial y hubo condena. Entonces, ¿dónde está la impunidad?

El problema es que durante años hemos enseñado a la sociedad una concepción profundamente equivocada del proceso penal. Hemos terminado creyendo que la justicia funciona solamente cuando alguien es capturado, esposado, enviado preventivamente a una cárcel y sometido durante años a un proceso público. Confundimos la medida de aseguramiento con la pena. Y ese error es jurídicamente elemental. La medida de aseguramiento no constituye una declaración de responsabilidad ni una sanción anticipada. Es una medida cautelar, excepcional y preventiva, dirigida a proteger determinados fines constitucionales del proceso. Sin embargo, hemos llegado a una paradoja inquietante: una persona puede permanecer años detenida preventivamente, sin sentencia, y buena parte de la sociedad siente que “la justicia está funcionando”; pero si alguien acepta responsabilidad, renuncia al juicio, recibe una condena y obtiene legítimamente un beneficio previsto por la ley, entonces se grita impunidad. Hemos terminado valorando más la fotografía de la captura que la existencia de la sentencia.

Ese es exactamente el modelo que debemos abandonar. La justicia premial no apareció por accidente en la Ley 906 de 2004. Forma parte de la arquitectura misma del sistema acusatorio. Los preacuerdos existen para humanizar la actuación procesal y la pena, obtener pronta y cumplida justicia, solucionar los conflictos sociales producidos por el delito, propiciar la reparación y permitir que el imputado participe en la definición de su caso. La jurisprudencia constitucional ha explicado, además, que los preacuerdos constituyen verdaderos mecanismos de terminación anticipada orientados a simplificar el proceso mediante la reducción del debate probatorio y argumentativo, sin que ello signifique que el Estado renuncie a su potestad punitiva.

La lógica es sencilla: el procesado entrega algo y el Estado entrega algo. El acusado renuncia al juicio oral, a controvertir integralmente la acusación, acepta responsabilidad y permite una terminación temprana del proceso. El Estado, a cambio, reduce razonablemente la consecuencia punitiva. Eso no es impunidad. Eso es diseño procesal. Pretender que alguien acepte responsabilidad anticipadamente, facilite la solución del conflicto y evite el despliegue completo de la maquinaria judicial, pero reciba exactamente el mismo tratamiento que quien obliga al Estado a desarrollar durante años investigación, audiencias, preparación probatoria, interrogatorios, contrainterrogatorios, peritajes, juicio oral y recursos, significaría destruir cualquier incentivo para la terminación anticipada. Y si nadie tiene incentivos para negociar, todos irán a juicio. Y si todos van a juicio, el sistema colapsa.

Aquí aparece una de las mayores incomprensiones del sistema acusatorio colombiano. El juicio oral es fundamental. Es una garantía esencial mientras el acusado quiera controvertir la pretensión punitiva del Estado. Pero una cosa es afirmar que todo acusado tiene derecho al juicio y otra, completamente distinta, sostener que todo proceso debe terminar en juicio. Los sistemas acusatorios contemporáneos funcionan precisamente sobre la premisa contraria. En los sistemas más desarrollados, el juicio oral pleno constituye la garantía disponible para quien decide ejercerla, pero no necesariamente el destino ordinario de todos los procesos penales. La inmensa mayoría de los asuntos se resuelve mediante mecanismos de aceptación de responsabilidad, negociación o terminación anticipada. Y existe una razón estructural para ello: ningún sistema judicial posee fiscales, jueces, defensores, investigadores, peritos, salas de audiencia, tiempo ni recursos económicos infinitos.

Un sistema que pretende realizar un juicio completo para cada conflicto penal no necesariamente es más garantista. Puede convertirse simplemente en un sistema incapaz de resolverlos. Por eso resulta tan importante comprender que eficacia y garantías no son conceptos incompatibles. La justicia premial procura precisamente que los recursos institucionales se concentren en aquellos asuntos en los que verdaderamente existe controversia sobre los hechos, la responsabilidad, la autoría, la participación o la suficiencia probatoria. Llevar todo a juicio, incluso aquello en lo que existe aceptación libre, informada y jurídicamente controlada de responsabilidad, no es sofisticación procesal: es desperdicio institucional.

Colombia parece haber empezado a comprenderlo. La reforma introducida por la Ley 2477 de 2025 parte precisamente de la necesidad de reducir la congestión, garantizar una justicia penal eficaz y promover decisiones judiciales tempranas mediante mecanismos de terminación anticipada. Durante años se ha advertido que el diseño esperado de un sistema acusatorio moderno debería mostrar una proporción muy alta de salidas anticipadas y una fracción mucho menor de asuntos llegando a juicio. Sin embargo, nuestro sistema terminó funcionando casi de manera inversa. Es decir, convertimos lo excepcional en regla y la regla en excepción. El problema, entonces, no es solamente legislativo. Es profundamente cultural.

Tenemos que comprender que una justicia rápida no necesariamente es una justicia débil; que negociar no significa claudicar; que conceder un beneficio no significa absolver; que cumplir una pena fuera de un establecimiento carcelario no significa inexistencia de condena; y, sobre todo, que el derecho penal no fue diseñado para satisfacer nuestra sed colectiva de escarmiento.

Ahora bien, defender la justicia premial no significa convertirla en un mecanismo ciego de productividad judicial. Hay una precisión académica indispensable. No sería correcto afirmar que mediante la justicia premial siempre se condena al verdadero culpable. Ningún procedimiento humano proporciona una garantía epistémica absoluta contra el error. También pueden existir aceptaciones equivocadas de responsabilidad, presiones indebidas, incentivos desproporcionados o cálculos defensivos que conduzcan a una persona a aceptar un cargo que quizá podría discutir en juicio. Precisamente por eso la negociación penal exige defensa técnica, voluntariedad, información suficiente, sustento fáctico de la imputación y verdadero control judicial. La eficiencia jamás puede convertirse en eficientismo. Una justicia más rápida que destruya garantías simplemente produciría más injusticia.

Ese es el verdadero equilibrio: ni procesos eternos convertidos en monumentos burocráticos, ni condenas exprés sin garantías. Justicia negociada, sí; pero controlada, informada, voluntaria y judicialmente verificada.

Y entonces el caso de Juliana Guerrero nos deja una pregunta incómoda: ¿qué preferíamos? ¿Una Juliana Guerrero sometida durante seis, siete y ocho años a un proceso penal, ocupando fiscales, jueces, investigadores, defensores y salas de audiencia, para quizá terminar finalmente en prescripción? ¿O una persona que acepta su responsabilidad, permite terminar anticipadamente el litigio y recibe inmediatamente una sentencia condenatoria y las consecuencias jurídicas que el propio ordenamiento establece?

Si escogemos sistemáticamente la primera opción solamente porque produce una imagen punitivamente más espectacular, no estaremos defendiendo la justicia. Estaremos defendiendo el espectáculo del castigo. Y esa diferencia importa. El derecho penal moderno no puede construirse alrededor del aplauso de la multitud. La pena no puede depender del volumen de indignación de las redes sociales. Un Estado constitucional existe, precisamente, para impedir que la emoción colectiva sustituya las reglas del proceso.

Juliana Guerrero aceptó su responsabilidad y fue condenada. Eso es justicia penal operando. Podemos discutir técnicamente el contenido específico del preacuerdo. Podemos preguntarnos si el beneficio fue proporcional, si la Fiscalía negoció adecuadamente, si la calificación jurídica fue correcta o si deben investigarse otras conductas. Todo eso es legítimo. Lo que no podemos hacer es llamar impunidad a cualquier decisión que no termine con una persona detrás de unos barrotes.

Porque entonces ya no estaremos pidiendo justicia. Estaremos pidiendo la Plaza de Bolívar, las piedras y el espectáculo. Y para superar precisamente aquello inventamos hace siglos el proceso.

La verdadera eficacia de la justicia penal no se mide por cuántas personas logra encarcelar preventivamente, sino por cuántos conflictos consigue resolver, con garantías, responsabilidad jurídicamente establecida y decisiones oportunas. Una justicia que condena pronto y conforme a derecho no es una justicia débil. Es una justicia que funciona.

 25 AÑOS DEL 11-S: EL DÍA QUE EL MUNDO ENTENDIÓ QUE ERA FRÁGILPor Edu ArangoDirector Hace 25 años el reloj se detuvo.No ...
11/09/2026


25 AÑOS DEL 11-S: EL DÍA QUE EL MUNDO ENTENDIÓ QUE ERA FRÁGIL

Por Edu Arango
Director

Hace 25 años el reloj se detuvo.

No fue una película. Fueron dos aviones convertidos en misiles, dos torres que eran símbolo del poder y del progreso, cayendo como castillos de papel ante los ojos atónitos del planeta. 2.977 nombres que ya no volvieron a casa. 2.977 familias que aún ponen una silla vacía en la mesa.

El 11 de septiembre de 2001 no solo cayeron las Torres Gemelas. Cayó la ilusión de que estábamos a salvo. Ese día aprendimos que el odio también sabe planear, que el fanatismo puede secuestrar aviones y que en 102 minutos puede cambiar un siglo.

Hoy, 11 de septiembre de 2026, Nueva York no llora con ruido, llora con luz. Dos columnas gigantes de luz azul que suben al cielo, justo donde estaban las torres, nos recuerdan que la ausencia también puede iluminar.

¿Qué nos dejó el 11-S después de 25 años?

Nos dejó la lección de que ningún imperio es indestructible. Que la seguridad total no existe. Que vivimos en una aldea global donde el dolor de Manhattan se sintió en Quibdó, en Chocó y en cada rincón del mundo.

Pero también nos dejó la imagen más poderosa: bomberos subiendo por las escaleras mientras todos bajaban. Gente haciendo fila para donar sangre. Un país entero, y un mundo entero, diciendo: no nos van a doblegar con miedo.

Veinticinco años después, el mundo sigue lleno de guerras, de odios y de muros. El enemigo ya no es solo Al-Qaeda. El enemigo es el fanatismo en todas sus formas, el que cree que matar en nombre de Dios, de una idea o de una bandera, es justicia.

Hoy no es un día para celebrar. Es un día para hacer silencio. Para recordar que la vida es un parpadeo y que la paz no es un discurso, es una tarea diaria.

Nunca olvidar. No por venganza, sino para que no se repita.

Desde Quibdó, Chocó, a 4.000 kilómetros de la Zona Cero, La Gaceta periódico se une al homenaje mundial.

2,977 vidas. 25 años. Memoria eterna.

 RADICAN PROYECTO QUE CAMBIARÍA RADICALMENTE LOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN COLOMBIAAtención contratistas d...
11/09/2026


RADICAN PROYECTO QUE CAMBIARÍA RADICALMENTE LOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN COLOMBIA

Atención contratistas del Estado. En la Cámara de Representantes fue radicado el Proyecto de Ley 218 de 2026, que busca reestructurar las cargas administrativas, financieras y de seguridad social de los contratos de prestación de servicios (CPS). El proyecto no busca laboralizarlos, pero sí corregir la precarización.

Estos son los 3 cambios claves:

1. DERECHO AL DESCANSO - 16 DÍAS PAGOS
El proyecto establece 16 días calendario de descanso por cada año de ejecución contractual, o proporcional para contratos superiores a 90 días.
Ojo al dato: Esos días hacen parte de la vigencia del contrato, no generan deducciones en los honorarios, no generan costo extra para las entidades y no son compensables en dinero.
Además, queda prohibida la práctica abusiva de exigir trabajo gratuito durante la firma de prórrogas.

2. FLUJO DE CAJA Y PAGOS A TIEMPO
Se acabaría la espera de meses para que le paguen.
- Entidades Categoría 1 (Ministerios, gobernaciones, agencias del Estado, alcaldías grandes como Bogotá, Medellín y Cali): obligadas a pagar en máximo 15 días calendario.
- Municipios Categoría 2 a 6 (los más pequeños): máximo 30 días calendario.

Si incumplen, se aplicará una cláusula penal moratoria: un día de honorarios por cada día de mora.

Y para evitar la discrecionalidad en los sueldos, las entidades deberán publicar una tabla de equiparación de honorarios frente a los salarios de planta.

3. SEGURIDAD SOCIAL Y COSTOS OPERATIVOS
Se acaban los dolores de cabeza de cada mes:
- El contratista ya no tendrá que tramitar manualmente su planilla mes a mes. La entidad retendrá el aporte y lo liquidará directamente ante el sistema.
- Los exámenes médicos ocupacionales serán cubiertos al 100% por la entidad.
- Se eliminarán las pólizas de responsabilidad para contratos intelectuales o de menor cuantía sin anticipos.

PROTECCIÓN ESPECIAL
En casos de terminación unilateral por estado de debilidad manifiesta (salud, embarazo, entre otros), el proyecto contempla una indemnización de hasta 180 días de honorarios.

¿YA ES LEY? NO.
El proyecto apenas inicia su trámite. Debe superar cuatro debates entre Cámara y Senado para luego pasar a sanción presidencial y convertirse en Ley de la República.

Es una iniciativa que de aprobarse, cambiaría por completo las reglas de juego para más de un millón de contratistas en Colombia.

Fuente: .al.alcance.de.todos

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