24/12/2025
La Administración Municipal de Villanueva, Casanare, expidió el Decreto No. 193 del 11 de diciembre de 2025, mediante el cual se modifica de manera temporal el Decreto 164 de 2025 con ocasión de la celebración de la Navidad y el Año Nuevo, en lo relacionado con el horario de funcionamiento de los establecimientos comerciales que venden y permiten el consumo de bebidas embriagantes en el municipio.
La medida busca facilitar la actividad comercial durante estas fechas especiales, garantizando al mismo tiempo el orden público y la convivencia ciudadana.
De acuerdo con lo establecido, los días 24 y 31 de diciembre de 2025 se autoriza la ampliación de horarios para diferentes actividades económicas.
Bares, gastrobares, cantinas, cervecerías, clubes privados y establecimientos similares podrán operar desde las 10:00 de la mañana hasta las 5:00 de la mañana del día siguiente; las discotecas lo harán desde las 4:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana; las casas de lenocinio y actividades afines desde las 6:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana; y los estanquillos y licoreras desde las 9:00 de la mañana hasta las 5:00 de la mañana del día siguiente. Asimismo, se recuerda que el cierre y evacuación de los usuarios debe iniciar 30 minutos antes del horario límite.
El decreto también establece una serie de obligaciones para los establecimientos, entre ellas la prohibición del ingreso y expendio de bebidas embriagantes a menores de edad, el cumplimiento estricto de los horarios autorizados y la observancia de las normas de convivencia contempladas en la Ley 1801 de 2016. La Alcaldía de Villanueva Casanare y las autoridades competentes podrán realizar visitas de control en cualquier momento y se reservan la facultad de suspender la ampliación de horario si se presentan alteraciones al orden público o incumplimientos a lo dispuesto, precisando que la medida rige únicamente durante los días y horarios establecidos.