04/04/2026
⚠️ ¿La autorización de viaje de un menor no necesita legalizarse si fue tramitada en el consulado cubano?
Una seguidora nos planteó esta duda y consideramos que es una pregunta que muchos pueden tener, así que la respondemos para todos.
Es una creencia muy extendida, pero no es correcta. Aunque el documento venga del consulado cubano, hay un paso que no puede omitirse: la legalización ante el MINJUS.
La razón es sencilla y responde a un principio legal importante.
📌 La clave está en dónde va a surtir efectos el documento
Los documentos otorgados por los cónsules cubanos en el exterior son documentos públicos cubanos y, por esa razón, no requieren legalización para surtir efectos dentro de Cuba. Así lo establece la Ley del Notariado vigente desde el 7 de enero de 2026.
Sin embargo, la autorización de viaje de un menor no se va a usar en Cuba. Se va a usar fuera del territorio nacional, en el país de destino. Y para que un documento cubano tenga validez en el exterior, debe pasar por el proceso de legalización ante el Ministerio de Justicia (MINJUS).
✅ ¿Cómo se hace?
Una vez que el padre o la madre tramita la autorización en el consulado cubano, el documento debe enviarse a Cuba para ser presentado a través de una sociedad civil de servicios jurídicos —bufete o consultoría autorizada— para su legalización ante el MINJUS.
Con ese sello, la autorización queda lista para presentarse en el país de destino junto al pasaporte del menor.
💡 Recuerda además verificar si el país al que viajan exige algún requisito adicional sobre ese documento, ya que cada país puede tener sus propias exigencias.
👉 Más información y guía completa en: https://cubatramite.com/autorizacion-para-la-confeccion-de-pasaporte-y-o-viaje-al-exterior-de-un-menor-tramitada-en-el-exterior/