07/11/2025
⚖️ Diana Salazar cuestiona la Constitución: “No permite juzgar en ausencia y equipara a delincuentes con ciudadanos que cumplen la ley”
La ex fiscal general del Estado, Diana Salazar, volvió a encender el debate sobre la necesidad de reformas constitucionales en Ecuador. Durante una reciente intervención pública, la exfuncionaria aseguró que la Constitución de 2008 limita la acción de la justicia al impedir el juzgamiento en ausencia, equiparar jurídicamente a todos los ciudadanos —sin distinguir entre quienes cumplen la ley y quienes la infringen— y permitir que incluso delitos como el terrorismo y el narcotráfico prescriban en diez años.
“No puede ser tratado de la misma manera quien cumple la ley que quien la infringe. Nuestra Constitución equipara a todos por igual, y eso es lo que se debe cambiar. A esto se suma el abuso de garantías constitucionales. Además, delitos como terrorismo y narcotráfico prescriben en apenas diez años y la ley no permite juzgar en ausencia”, dijo Salazar.
📜 Lo que dice la Constitución
La Constitución ecuatoriana, en su artículo 11, garantiza que “todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades”. Además, el artículo 76 establece el debido proceso, el derecho a la defensa y la presunción de inocencia, lo que implica que nadie puede ser juzgado sin haber sido oído o debidamente notificado.
Esto significa que el juzgamiento en ausencia —como ocurre en otros países para procesados que huyen o se ocultan— no está contemplado en la Constitución ecuatoriana, salvo en casos muy específicos (por ejemplo, procesos administrativos o sanciones menores). Para el ámbito penal, el derecho a la defensa personal y material es irrenunciable.
🧾 Sobre la prescripción de delitos graves
El Código Orgánico Integral Penal (COIP) sí establece plazos de prescripción para todos los delitos, incluyendo el terrorismo y el narcotráfico.
Según el artículo 75 del COIP, la prescripción ordinaria es de diez años para los delitos sancionados con pena privativa de libertad mayor a cinco años.
Por tanto, delitos como terrorismo, narcotráfico o delincuencia organizada pueden prescribir, aunque en la práctica los jueces pueden suspender el cómputo si hay fuga o rebeldía del acusado.
Esto contrasta con legislaciones de otros países donde ciertos delitos, como el terrorismo o los crímenes de lesa humanidad, no prescriben bajo ningún supuesto.
⚔️ Un debate entre garantías y eficacia
Las declaraciones de Salazar reavivan el debate entre garantías constitucionales y efectividad en la lucha contra el crimen organizado.
Juristas consultados sostienen que el principio de igualdad ante la ley no impide sanciones más severas ni tratamientos diferenciados; lo que limita son las medidas que vulneren el derecho a la defensa o el debido proceso.
Otros sectores, sin embargo, respaldan la idea de una reforma constitucional que permita procesar en ausencia a quienes se sustraen de la justicia y eliminar la prescripción para delitos de alto impacto.
📌 En resumen
Juzgamiento en ausencia: No está permitido por la Constitución ecuatoriana, que exige la presencia o representación del acusado.
Prescripción: Delitos como terrorismo y narcotráfico prescriben en diez años, según el COIP.
Igualdad ante la ley: Garantizada por la Constitución, aunque el COIP ya diferencia entre delitos leves y graves.
Reforma propuesta: Salazar plantea revisar la Carta Magna para fortalecer la respuesta penal ante el crimen organizado.