25/06/2025
El Tribunal Penal de Cuenca declaró culpables a Leonardo Agustín M. y Luis Mario O. por el delito de concusión en un caso vinculado a la Empresa de Movilidad, Tránsito y Transporte de Cuenca (EMOV EP), informó la Fiscalía.
Leonardo M., exgerente de Control de Tránsito, recibió una pena de siete años y seis meses de privación de libertad. Luis O., abogado en libre ejercicio, fue sentenciado a dos años y seis meses de prisión. Los jueces ordenaron que los sentenciados paguen 2.000 dólares a una compañía afectada y publiquen la sentencia en la página web de EMOV EP.
El caso se originó el 30 de diciembre de 2020, cuando Leonardo M. citó a un gerente de dos compañías de transporte turístico a su oficina en Cuenca. Durante la reunión, la víctima cuestionó a Leonardo M. sobre retenciones de busetas. Leonardo M. propuso evitar las retenciones a cambio de que las empresas no apoyaran a un candidato, cambiaran de abogado y pagaran 2.000 dólares mensuales. Indicó que el pago se realizaría a través de Luis O., quien firmaría un contrato de asesoría legal por ese monto.
El 2 de enero de 2021, un agente de EMOV EP retuvo una furgoneta de las compañías. Luis O. redactó una petición para su devolución, y el 5 de enero Leonardo M. autorizó la salida del vehículo mediante un oficio en el sistema Quipux, sin cumplir el tiempo de retención ni cobrar multa. El 8 de enero, los representantes de las compañías entregaron un cheque por 2.000 dólares, cobrado por Luis O.
La Fiscalía presentó pruebas durante el juicio, incluyendo testimonios de gerentes, conductores, el agente que retuvo la furgoneta y otros investigadores. Se incluyeron pericias de audio y video, así como documentos como la certificación del cheque, registros del trámite y el oficio de Quipux.
El delito de concusión está tipificado en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con pena de tres a cinco años de privación de libertad. Los jueces incrementaron la pena en un tercio por circunstancias agravantes.