13/09/2026
Con el voto unánime de los cinco jueces electorales que integran el pleno del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), el organismo negó la apelación planteada y ratificó la decisión tomada por la Junta Electoral de Manabí sobre la negativa de inscripción de las candidaturas a prefecta y viceprefecto de la provincia de Manabí de Luisa González y Gabriel Giler, respectivamente, por el movimiento Pachakutik (PK), lista 18, para las elecciones seccionales de noviembre próximo.
Poco más de media hora le tomó la tarde de este sábado, 12 de septiembre, al juez Joaquín Viteri dar lectura a los fundamentos del proyecto, que terminó siendo apoyado por la presidenta del TCE, Ivonne Coloma, y los jueces Juan Patricio Maldonado, Ángel Torres y Guillermo Ortega.
La causa 241-2026-TCE resuelta correspondía al recurso subjetivo contencioso electoral interpuesto por las abogadas Luisa González y Lucía Robles en contra de la resolución del 28 de agosto de 2026, emitida por el pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE), mediante la cual se negó la impugnación formulada contra la resolución que negó la inscripción de las candidaturas de Luisa González Alcívar y Gabriel Giler Reyes para las dignidades de prefecta y viceprefecto de la provincia de Manabí, respectivamente, por el movimiento plurinacional PK.
Según el juez ponente, la figura de candidatos invitados, prevista solo en un reglamento de PK, no puede modificar el régimen orgánico del movimiento; es decir, las candidaturas de Luisa González y Gabriel Giler no podían aceptarse porque el régimen interno no regula el porcentaje de personas invitadas. Además, explicó, González y Giler no acreditaron afiliación permanente ni dos años de permanencia, incumpliendo así los requisitos para sus candidaturas.
Respecto a cuatro cuestionamientos hechos a las resoluciones venidas en grado, el proyecto aprobado por el pleno del TCE considera motivada la resolución impugnada y descarta vulneraciones al derecho de participación, pues se aplicaron requisitos internos legítimos y proporcionales.