11/09/2026
| Los fotorradares llevan años apagados o con sellos de clausura tras polémicas y demandas judiciales. Pero cuando vuelvan a encenderse en Ecuador, su regulación será completamente distinta.
Con las reformas a la Ley de Tránsito, solo 41 municipios del país tendrán la facultad legal de instalar y operar fotorradares. Se trata de los cabildos clasificados como tipo A, aquellos que cuentan con agentes civiles de tránsito propios, planificación y control operativo integral. Además, deberán tener la certificación de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), la única entidad encargada de homologar estos equipos.
La reforma deja por fuera a 180 cantones, más del 80 % de los municipios del país. Pero eso no significa que sus carreteras queden sin control, sino que esa competencia en la red estatal recae en la Policía Nacional o en la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), según lo determine el ente rector del transporte. Estas entidades también podrán usar radares en esas vías.
Se corta así una práctica recurrente de municipios pequeños que, mediante convenios con la CTE y empresas privadas, montaban radares en pasos laterales y carreteras donde nunca tuvieron competencia de control. Según conductores, esos equipos se convirtieron en trampas recaudatorias.
Mancomunidades como la Centro Guayas, integrada por Nobol, Pedro Carbo, Santa Lucía y otros cantones de la provincia, además de municipios como Salitre, Yaguachi, El Triunfo, Naranjal, Jipijapa o Montecristi, ya no podrán instalar ni operar radares.
Las multas que dejaron esos convenios también serán borradas. La CTE tendrá 90 días, desde que la ley entre en vigencia, para dar de baja y eliminar de la base nacional de datos las contravenciones generadas por convenios con municipios tipo B que no estaban facultados para controlar el tránsito.
Estos son los 41 municipios habilitados
La clasificación corresponde al Consejo Nacional de Competencias (CNC) y fue actualizada por última vez en 2021.18 municipios gestionan el modelo tipo A de forma individual:
Quito, Guayaquil, Cuenca, Loja, Ambato, Manta, Riobamba, Esmeraldas, Babahoyo, Portoviejo, Santo Domingo, Machala, Azogues, Latacunga, Durán, Milagro, Quevedo y Rumiñahui.
A ellos se suman dos mancomunidades. La del Norte agrupa a 15 municipios de Imbabura, Carchi, Esmeraldas y Pichincha: Ibarra, Otavalo, Urcuquí, Pimampiro, Antonio Ante, Mira, Espejo, Bolívar, Montúfar, San Pedro de Huaca, San Lorenzo, Pedro Moncayo, Eloy Alfaro, Cotacachi y Río Verde.
La de Tungurahua reúne a ocho municipios de esa provincia: Baños de Agua Santa, Cevallos, Mocha, Santiago de Quero, San Pedro de Pelileo, Santiago de Píllaro, San Cristóbal de Patate y Tisaleo.
Sin comisión por multa y con aviso a 500 metros
La ley prohíbe expresamente que las empresas privadas reciban porcentajes, participaciones o incentivos ligados a la recaudación de multas. Su pago deberá ajustarse únicamente a las condiciones económicas del contrato.
Los contratos firmados antes de la reforma por municipios tipo A seguirán vigentes hasta que termine su plazo, siempre que se estén cumpliendo, aunque deberán revisarse y, de ser necesario, renegociarse.
Además, se fija la regla de los 500 metros. Todo fotorradar deberá contar con señalización visible, vertical y horizontal, en el punto de control y a esa distancia mínima antes. La ANT y el ente rector del transporte tendrán 180 días, desde la publicación de la ley, para revisar todos los equipos instalados en el país. Los que incumplan serán retirados, tras el debido proceso.
La Asamblea Nacional aprobó el proyecto en segundo debate el 3 de septiembre, tras un primer debate que se realizó el 17 de julio de 2025. El texto llegó a la Presidencia de la República el 7 de septiembre. Desde esa fecha, Daniel Noboa tiene 30 días para sancionarlo o vetarlo de forma total o parcial. Si no presenta objeciones hasta el 7 de octubre, la ley se publicará en el Registro Oficial y entrará en vigencia.
Cuánto es la multa
La reforma no cambia los montos de las multas, que están fijados en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y dependen del salario básico unificado. En 2026, exceder el límite de velocidad dentro del rango moderado cuesta USD 144,60 y resta seis puntos de la licencia. Si el exceso supera ese rango, la multa es de USD 482 y la reducción es de diez puntos.
Lo que sí establece la ley es que quien pague dentro de los 20 días posteriores a la notificación, sin impugnar, tendrá un descuento del 50%, y que lo pagado no será devuelto.