14/01/2026
Hoy comentamos un término que se utiliza con cada vez más frecuencia: “aguas internacionales”. Y aunque no somos juristas, nos extenderemos porque creemos que merece la pena. Léase con la cautela necesaria.
«Aguas internacionales» no es un término definido en el derecho internacional (hasta donde hemos sido capaces de investigarlo). Se trata de un término informal, el término más formal es «altamar», que hace referencia a las aguas situadas más allá del «mar territorial» de cualquier país. En estas aguas que no pertenecen a la jurisdicción de ningún Estado, todos los estados tiene derecho a la pesca, la navegación, el sobrevuelo, el tendido de cables y tuberías y la investigación científica.
La convención sobre Alta Mar, firmada en 1958, definió «altamar» como «todas las partes del mar que no están incluidas en el mar territorial o en las aguas interiores de un Estado» y donde «ningún Estado puede pretender válidamente someter ninguna parte de ellas a su soberanía». La Convención sobre Alta Mar se utilizó como base para la Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar, firmada en 1982, que reconoció las zonas económicas exclusivas que se extienden 200 millas náuticas desde la línea de base, donde los Estados ribereños tienen derechos soberanos sobre la columna de agua y el fondo marino, así como sobre los recursos naturales que se encuentran allí. 169 estados soberanos y la Unión Europea son signatarios, incluyendo todas las grandes potencias excepto Estados Unidos.
La altamar constituye el 50 % de la superficie del planeta y cubre más de dos tercios del océano.
En MARE LIBERUM publicado en 1609, el jurista y filósofo holandés Hugo Grotius formuló el principio de que el mar era territorio internacional y todas las naciones eran libres de utilizarlo para el comercio marítimo. Polémica política de la época a parte, hace unos cuantos siglos que consideramos que el mar es patrimonio de la humanidad.
Y hasta aquí esta breve navegación de altura.
Créditos: Mathias Reding, Wikimedia, WikipediaUser:B1mbo, litografía “Mare liberum”, 1915, impresa por Dieperink & Co. En Amsterdam con diseño de Jan Bertus Heukelom.