11/09/2025
La CC: un fallo que fragmenta el Estado y agrava la crisis ambiental
«Si no actuamos contra la contaminación ambiental, estamos hipotecando el futuro de las próximas generaciones, agotando los recursos y desestabilizando los sistemas de los que depende la vida», Jane Goodall.
Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad actualmente en funciones han marcado una trayectoria de destrucción de la credibilidad de este alto organismo mediante fallos nefastos que, lejos de consolidar la institucionalidad, la resquebrajan.
Quizá fue en esta cuestionable función de operador político que emitieron la resolución a un amparo mediante el cual se declaró inconstitucional el Acuerdo Gubernativo 164-2021, que contiene el reglamento para la gestión integral de residuos y desechos sólidos, cuya vigencia había sido pospuesta muchas veces, debido a presiones de los alcaldes, incapaces de resolver uno de los temas más importantes que les atañen: el manejo de la basura.
Los sistemas ecológicos y los ciclos naturales como el del agua no atienden fronteras municipales, por tanto, su cuidado y protección no pueden realizarse sin la participación integral del Estado
Mediante el fallo en cuestión, la CC afirma que la autonomía municipal exime a los 340 municipios de Guatemala de la rectoría del Ministerio de Medioambiente y Recursos Naturales (MARN) en temas de su competencia. Las implicaciones son muy graves. Para empezar, convierte a este ministerio en un adorno.
Resulta evidente que para lograr el bien común, es necesario que el Estado conserve sobre las municipalidades una capacidad de coordinación, regulación y rectoría cuando se trata de asuntos estratégicos que trascienden los intereses del municipio, como sucede con el manejo de desechos que terminan contaminando ríos, lagos, esteros y zonas marino-costeras que son patrimonio de todo el pueblo de Guatemala.
Al emitir su fallo, el alto tribunal ignoró que el artículo 97 de la Constitución obliga al Estado, las municipalidades y los habitantes a propiciar el equilibrio ecológico. Este equilibrio no puede lograrse sin instrumentos normativos para implementar políticas públicas de observancia general, como en el caso de los desechos
Afirmar que bienes naturales de tal importancia quedan sometidos al arbitrio exclusivo de las municipalidades y bajo la discrecionalidad de su «autonomía», implica no reconocer que pertenecen a todos, incluyendo a quienes no han nacido.
En cuanto a la basura, es vergonzoso constatar que somos un país incapaz de gestionar sus desechos cuyo flujo masivo por los ríos ha generado una crisis ambiental que ha trascendido nuestra frontera, afectando, por ejemplo, las costas de Honduras y otros países caribeños.
El fallo de la CC olvida que Guatemala es un Estado de carácter unitario y que el Presidente de la República representa esta unidad nacional.
Las municipalidades se escudan siempre en la falta de recursos para cumplir con sus obligaciones. Pero, al mismo tiempo, gastan en cosas banales, como Plaza Pública denunció recientemente en relación a un gasto cercano al millón de quetzales que realizó el alcalde de Nebaj para pagar a varios grupos musicales. Ejemplos como este abundan y no es casualidad.
Para terminar: el fallo de la CC olvida que Guatemala es un Estado de carácter unitario y que el Presidente de la República representa esta unidad nacional. Un jurista promedio comprende que la Administración Pública funciona bajo un orden jerárquico y que, si bien existe la necesidad de una autonomía funcional para los gobiernos locales, jamás podría afirmarse que están fuera de la esfera de organización administrativa del Ejecutivo en materias que exigen la unidad de la nación. Afirmar lo contrario es desarmar Guatemala en 340 feudos de corte medieval.
Resumen de Editorial Plaza Pública
Foto: AGN