18/07/2025
| 🚨 AHORA LOS GUATEMALTECOS PUEDEN ESTAR TRANQUILOS PORQUE SE ACABÓ EL NEGOCIO DE LOS PRESTAMISTAS
El Congreso de la República accionó en contra de los “prestamistas rápidos” que se han enriquecido quitándole casas, terrenos y la paz a miles de guatemaltecos.
Con el Punto Resolutivo 6-2024, se ordena ir tras esas personas o negocios que, sin ser bancos ni financieras, prestan dinero cobrando intereses altísimos (¡hasta el 40% mensual!) y que cuando no les pagan, amenazan, humillan y hasta se apoderan de propiedades.
Hay testimonios de familias que perdieron su vivienda de toda la vida, valorada en Q300 mil, por no poder pagar un préstamo de Q10 mil. ¡Sí, leíste bien!
Esta resolución podría obligar a los prestamistas a devolver terrenos y propiedades que se adueñaron de forma ilegal. ¡Una luz de esperanza para quienes han sido víctimas del abuso y la injusticia!
¡Compartilo! Porque esto le puede cambiar la vida a muchos.
PUNTO RESOLUTIVO NÚMERO 6-2024
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece en su articulo 3 que el Estado garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona. Que se organiza para proteger a la persona y a la familia, y su fin supremo es la realización del bien común.
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado garantizar la vida, la integridad, la seguridad y la tranquilidad de las personas, así como prevenir los efectos nocivos que produzcan alteración del entorno fisico y social que pueda causar pérdida de vidas humanas.
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala señala en el artículo 153 que el imperio de la ley se extiende a todas las personas que se encuentren en el territorio de la República y los habitantes de varios departamentos y municipios se encuentran vulnerables y asediados por personas inescrupulosas que amenazan su vida; por lo que es necesario que el Estado dicte las disposiciones necesarias para su protección.
POR TANTO:
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 107 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto Número 63-94 del Congreso de la República,
RESUELVE:
PRIMERO:
Exhortar al Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobernación, que se realicen las acciones destinadas a investigar y poner a disposición de los tribunales de justicia de cada uno de los departamentos del pais, a quienes, no siendo una entidad bancaria o financiera, lucren con la necesidad de los ciudadanos que, por no ser sujetos de crédito, solicitan y reciben préstamos pequeños con cobros que van del 35 al 40 por ciento mensual sobre el monto otorgado. Se han registrado, casos en los que por no cancelar a tiempo el préstamo o los intereses han sido objeto de vejámenes en su humanidad y hasta la muerte.
SEGUNDO: Hacer un llamado al Ministerio Público para que conjuntamente con las fuerzas de seguridad civil del pais y, siendo el ente rector en la persecución del delito, conforme una fuerza de tarea para que se prevenga el delito de usura en los 340 municipios de la Nación.
Su opinión cuenta.