16/10/2025
CONGRESO OFICIALIZA APROBACIÓN DE LA LEY DE CODEDES!
El Organismo Legislativo publicó este jueves, 16 de octubre, en el diario oficial el acuerdo número 06-2025, por medio del cual se decreta la Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de los Proyectos de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, tras darse por sancionado el Decreto 7-2025.
En este se detalla que resulta indispensable garantizar la continuidad financiera de las asignaciones extraordinarias otorgadas a los Consejos Departamentales de Desarrollo, con el objeto de evitar que numerosos proyectos e infraestructura local queden inconclusos, afectando a las comunidades beneficiarias y perdiéndose la inversión realizada, sin que exista otra fuente de financiamiento para su conclusión.
Agrega que, para lograr una adecuada gestión y ejecución de los recursos públicos, es necesario reformar las leyes pertinentes, a efecto de propiciar el fortalecimiento financiero institucional de los Consejos Departamentales de Desarrollo, así como la continuidad y conclusión de los proyectos de infraestructura.
En ese sentido, el Legislativo decretó la Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de los Proyectos de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural.
La referida normativa entraré en vigencia un día después de su publicación, es decir, este viernes 17 de octubre. Fue oficializada después de que los diputados desconocieran el veto del presidente Bernardo Arévalo al Decreto 7-2025 y lo sancionaran.
El acuerdo publicado señala en su artículo 1 que se reforma el artículo 5 del Decreto Número 27-2024 del Congreso, el cual queda así: "Artículo 5. Vigencia. El presente Decreto entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario oficial y perderá el 31 de diciembre de 2026".
Agrega que los Consejos, en su calidad de administración de los recursos, deberán desembolsar la totalidad de los recursos a las unidades ejecutoras, para lo cual solo será requisito la suscripción de los convenios de ejecución de obras que se celebren con las municipalidades. Una vez suscrito el convenio, el desembolso deberá realizarse en un plazo máximo de 15 días hábiles.