07/11/2025
Proyecto de Ley de Aguas para Guatemala Bernardo Arévalo de León
TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I: OBJETO, ÁMBITO Y PRINCIPIOS GENERALES
Artículo 1
Artículo 1. Objeto de la Ley. El objeto de la Ley de Aguas es normar, ordenar, administrar, planificar y coordinar el uso, aprovechamiento, goce y protección de las aguas[1] en función del interés social, preservando el carácter de bien público[2], inalienable e imprescriptible del agua, para lograr los objetivos siguientes:
a) Garantizar el ejercicio del derecho humano al agua a todos los habitantes de la República;
b) Asegurar la disponibilidad de agua para garantizar el derecho humano al agua, las actividades productivas y para los sistemas naturales;
c) Proveer un marco jurídico que concilie y dé certeza a los diversos usos y aprovechamientos del agua; y
d) Crear condiciones para la seguridad hídrica ante los impactos del cambio climático, el crecimiento de la población y el crecimiento de la economía.