10/08/2026
FÁTIMA, BOXEADORA DE TIJUANA, DENUNCIA SUSPENSIÓN SIN NOTIFICACIÓN Y PIDE QUE LE PERMITAN CONTINUAR CON SU CARRERA
Tijuana, Baja California.— La boxeadora tijuanense Fátima enfrenta desde abril de 2026 una suspensión que, de acuerdo con su propio testimonio, le fue impuesta sin haber recibido una notificación formal que le explicara el motivo, la duración o el procedimiento para poder defenderse o solicitar su reincorporación.
En entrevista con La Voz del Boxeo, Fátima relató que el origen del conflicto se habría presentado durante una función de boxeo, donde asegura haber recibido expresiones verbales por parte del entonces comisionado en turno, Carlos Flores, que consideró irrespetuosas y discriminatorias.
La boxeadora manifestó su inconformidad posteriormente ante medios de comunicación. Según su versión, después de hacer públicos sus señalamientos comenzó su suspensión.
¿Sanción o bloqueo de carrera?
El punto central del caso no solamente es determinar si existió una conducta que pudiera ameritar una sanción, sino conocer cuál fue la falta concreta, qué autoridad la determinó, bajo qué artículo del reglamento y si Fátima fue formalmente notificada.
La suspensión, según el testimonio de la pugilista, le ha impedido aceptar propuestas de trabajo y continuar desarrollando normalmente su carrera profesional.
Para una boxeadora, una suspensión indefinida o sin una resolución claramente comunicada puede tener consecuencias importantes: pérdida de peleas, ingresos, oportunidades deportivas y continuidad dentro de la actividad profesional.
Por ello surge una pregunta que la autoridad debe responder:
¿Cuál es exactamente la conducta por la que Fátima fue suspendida y dónde consta formalmente dicha resolución?
Un segundo punto que también debe aclararse
Existe además otro aspecto que merece ser revisado documentalmente.
Fátima comenzó su actividad boxística siendo menor de edad y, de acuerdo con la información disponible, su licencia fue autorizada por la propia Comisión de Boxeo de Tijuana, encabezada por el presidente Diego Adán “Pelucho” Morales.
Si el reglamento aplicable establece restricciones para el debut profesional de menores de edad, entonces corresponde aclarar quién autorizó aquella licencia, bajo qué fundamento reglamentario y por qué posteriormente se cuestiona la situación de la propia boxeadora.
No se trata de afirmar que la boxeadora haya incumplido deliberadamente una disposición, sino de establecer responsabilidades institucionales.
Si una autoridad autorizó una licencia que reglamentariamente no debía otorgarse, la pregunta también debe dirigirse hacia quien tenía la facultad de expedirla.
Fátima pide trabajar
Actualmente, Fátima sostiene que la situación le ha provocado episodios de ansiedad y estrés derivados de la incertidumbre y de la imposibilidad de aceptar oportunidades laborales.
Su petición es concreta:
Que se le permita trabajar y continuar con su carrera mientras se aclara formalmente cualquier procedimiento disciplinario que exista en su contra.
El caso plantea una cuestión que va más allá de Fátima:
Una comisión de boxeo tiene facultades para regular y sancionar dentro de su ámbito, pero ¿puede una suspensión convertirse en un impedimento indefinido para que una atleta ejerza su profesión sin una resolución formal, una causa determinada, una duración establecida y un procedimiento que le permita conocer y controvertir la sanción?
La respuesta corresponde a la autoridad deportiva.
Mientras tanto, La Voz del Boxeo continuará dando seguimiento al caso, solicitando que se conozcan los documentos que dieron origen a la suspensión y que las partes involucradas tengan la oportunidad de presentar su versión.
Porque en el boxeo debe existir autoridad.
Pero también debe existir reglamento, debido proceso y respeto a los derechos de los deportistas.