07/11/2024
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👉🏻 Si te encuentras en un problema derivado de una denuncia en el Ministerio Público, tanto la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 20 Apartado B, así como el Código Nacional de Procedimientos Penales en su artículo 17 y 113 establecen que tienes derecho a una defensa, que te ayude y asesore respecto a tu problema legal. 🙌🏻
Por lo que, tienes derecho a una defensa, que cree una estrategia con el fin de que se te absuelva de los hechos que se te atribuyen, misma que podemos proporcionar nosotros 🤝🏻.
Asimismo, en caso de no querer entrar en conflicto o terminar el procedimiento lo más rápido posible, también se cuenta con las soluciones alternar y las formas de terminación anticipada.
En lo que hace a las soluciones alternar son dos:
▶️ ACUERDO REPARATORIO: El cual consiste en un acuerdo entre la víctima u ofendido y el imputado, en el cual se establecen cláusulas y requisitos para se extinga la acción penal.
Siendo este un gran beneficio para aquellos que quieren terminar su proceso penal lo más rápido posible, sin tener que invertir tanto tiempo y dinero.
Estos proceden en los siguientes casos
1️⃣- Delitos que se persigan por querella, o sea, delitos que son a petición de parte.
2️⃣- Delitos culposos.
3️⃣- Delitos patrimoniales cometidos sin violencia.
▶️ SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO: Consiste en el planteamiento que el Ministerio Público o el imputado realiza, el cual versará sobre el pago de la reparación del daño y el sometimiento del imputado a diversas condiciones durante un tiempo determinado.
Un solución excelente, si en el procedimiento ya que dicto un auto de vinculación a proceso, y se quiere evitar el llegar a un juicio oral.
Esta solución procede cuando:
1️⃣- El auto de vinculación a proceso, sea por un delito cuya media aritmética de la pena no exceda de cinco años.
2️⃣- Que no existe oposición fundada por la víctima y ofendido.
3️⃣- Que haya transcurrido dos años desde el cumplimiento de otra suspensión o cinco del incumplimiento de otra suspensión.
▶️ Finalmente se cuenta con el PROCEDIMIENTO ABREVIADO, el cual consiste en una terminación anticipada que busca el no llegar a juicio oral, en el cual el imputado deberá reconocer su responsabilidad penal sobre los hechos que se le imputan. El beneficio de esta terminación anticipada, es que el Ministerio Público podrá solicitar hasta la reducción de un tercio de la pena mínima en los casos de delitos dolosos y la mitad en caso de los culposos.
De igual forma, lo explicado en los párrafos que anteceden, son únicamente una opción, toda vez que también se puede entrar a la planeación de una estrategia de defensa, que sea del agrado de tus intereses como persona denunciada.
Sea cual sea tu opción, ¡aquí te ayudamos a solucionar tu problema!, agenda tu cita para tu primer asesoría sin costo por inbox, ¡te esperamos! 🤝🏻