02/09/2025
La desaparición de personas es una de las más dolorosas problemáticas que enfrenta nuestro país. Lamentablemente este fenómeno delictivo ha tenido un incremento preocupante en los últimos años. Las causas son múltiples y complejas: desde la violencia asociada al crimen organizado, conflictos sociales, trata de personas, hasta desapariciones forzadas y otras formas de violencia institucional.
Es importante señalar que las cifras de personas desaparecidas varía según la fuente, es decir, una ONG reporta unos datos mientras que las autoridades reportan otros, lo que dificulta saber a ciencia cierta la magnitud de este grave problema, sobre todo si consideramos que con la cifra negra esos número pueden hasta cuadruplicarse. Este hecho se agrava aún más si consideramos que existen acciones y omisiones institucionales que obstaculizan la búsqueda y localización de las personas desaparecidas o no localizadas.
En este sentido, la Ley General y la Ley Estatal en la materia establecen la obligación de las autoridades de los tres órdenes de gobierno de coordinarse de manera eficaz y que las autoridades estatales y municipales deberán prestar auxilio y colaboración a las autoridades competentes para cumplir con los objetivos de la ley.
Pese a ello, en la práctica, los municipios muchas veces desconocen esta obligación explícita de colaborar activamente con la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas de Oaxaca o la Fiscalía. Esto ha generado vacíos normativos y operativos que obstaculizan las acciones urgentes que requieren los casos de desaparición.
Sin duda, el papel de los municipios como primeros respondientes y como entidades clave para la implementación territorial de las acciones de búsqueda es fundamental. De ahí que la presente proposición tenga como finalidad sensibilizar y comprometer a los 570 municipios y especialmente al de Oaxaca de Juárez para que coadyuven con las autoridades competentes en la implementación de las acciones, medidas y procedimientos previstos en la legislación nacional y estatal en materia de desaparición de personas, lo que sin duda incluye permitir la colocación de cédulas de búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas dentro de sus respectivas demarcaciones territoriales, pero también, implica que no sean retiradas sin antes dar aviso a las familias de las víctimas o sin la opinión de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas o a la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas y no Localizadas.
Lo anterior en virtud de que en los últimos días se han generado diversas denuncias de familiares de personas desaparecidas en relación a que el municipio de Oaxaca de Juárez está retirando las cédulas de búsqueda que ellos y las autoridades en la materia colocan, sin verificar si ya fueron localizadas las personas descritas en dichas cédulas, argumentando contaminación visual.
Es importante señalar que esta proposición atiende la solicitud directa realizada por diversos colectivos de familias de personas desaparecidas, ya que el retiro de estas cédulas, ya sean de papel o lona, implica reducir la posibilidad de que alguien identifique y coadyuve con la localización de las personas buscadas, asimismo, implica echar por tierra el esfuerzo de las familias para reproducir y colocar estas cédulas con la esperanza de localizar a sus seres amados y, sobre todo, implica no revictimizar a las personas desaparecidas, evitando contribuir con el propósito de quien decidió desaparecerlas y es el borrar toda huella de su existencia.