06/10/2026
📱 La Suprema Corte de Justicia de la Nación, definió este lunes qué jueces deberán resolver los más de mil amparos promovidos contra los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles, que hicieron obligatorio el registro de todos los números celulares en México mediante su vinculación con la CURP de sus titulares.
Por seis votos contra tres, el máximo tribunal fijó como criterio obligatorio que estos asuntos corresponden a los juzgados de distrito en materia administrativa especializados en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, con sede en la Ciudad de México y jurisdicción nacional.
La jurisprudencia deriva del proyecto de la ministra, Yasmín Esquivel Mossa, que propuso resolver una contradicción surgida porque distintos tribunales habían llegado a conclusiones opuestas: mientras unos enviaron estos amparos indirectos a juzgados especializados en telecomunicaciones, otros determinaron que debían conocerlos juzgados administrativos ordinarios de la Ciudad de México, Guanajuato y el estado de México.
La togada planteó que los amparos indirectos requieren de análisis técnico especializado en telecomunicaciones, incluida la constitucionalidad del sistema de identificación y tratamiento de datos.
En contra de la propuesta votaron las ministras, María Estela Ríos González, Lenia Batres Guadarrama y el ministro, Arístides Guerrero García.
Ríos consideró que los amparos deben resolverlos juzgados administrativos ordinarios, pues los lineamientos involucran identificación de usuarios y protección de datos personales, no aspectos técnicos especializados en telecomunicaciones.
Con información de Agencias.