
14/07/2025
En México, los derechos de autor y la propiedad intelectual tienen implicaciones fiscales importantes. Los ingresos derivados de la explotación de derechos de autor, patentes y marcas están sujetos al Impuesto Sobre la Renta (ISR), y en algunos casos, al Impuesto al Valor Agregado (IVA). En cuanto a derechos de autor, los ingresos obtenidos por regalías de obras literarias, musicales, software y arte pueden estar sujetos al ISR. Además, si se comercializan estos derechos, el IVA puede aplicarse dependiendo del tipo de transacción. En el caso de las patentes, su venta o licenciamiento genera ingresos que deben declararse y pagar ISR. También pueden estar sujetos al IVA si la transacción lo requiere.
Otra variante es las marcas, nos explican que el licenciamiento de marcas comerciales genera ingresos gravables con ISR y, en algunos casos, con IVA. La determinación del impuesto por los ingresos derivados de pagos por regalías se trata en el artículo 141 de la ley de ISR, tanto para quienes perciben ingresos por derechos de autor, no siendo el autor propiamente, y así como los ingresos derivados de pagos por conceptos mencionados en el artículo 15-B del CFF, a excepción de los derechos de autor, los cuales tienen otro tratamiento, que ya se estableció inicialmente.