06/06/2026
⚖️ Nelly, estudiante zapoteca de la Universidad Autónoma de Chapingo, denunció al rector de esa institución, Ángel N., por el delito de violación equiparada. El pasado 29 de febrero de 2026, él fue absuelto. Durante el juicio, ella no tuvo intérprete. Ahora apelarán en Sala Indígena.
Hoy sabemos que fue el Tribunal de Alzada en Materia Penal de Texcoco, en el estado de México, quien decidió esta perspectiva intercultural en el caso de Nelly, porque durante el tiempo que duró el juicio oral no le fue designada ninguna perita o perito traductor, así que la apelación será llevada por la Sala de Asuntos Indígenas del Poder Judicial del Estado de México.
Recordemos que fue el pasado 29 de febrero de este 2026 cuando el juez Héctor Alfredo Copado Neyra decidió emitir una la sentencia absolutoria para Ángel N., por el delito de violación en agravio de Nelly, no obstante, ella apeló dicho fallo.
Estos hechos datan de octubre del 2022 cuando Nelly denunció la violencia sexual ante la Controlaría de la UACh, órgano interno de control y fiscalización de la universidad y luego fue a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México.
El Tribunal de Alzada destacó que de acuerdo con el contenido del Protocolo para Juzgar con Perspectiva Intercultural: Personas, Pueblos y Comunidades Indígenas, emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, considera que:
«Las autoridades judiciales tienen el deber de juzgar con perspectiva intercultural y para cumplir con tal obligación, es necesario entender las asimetrías, conocer el contexto actual de las personas, pueblos y comunidades indígenas, surgiendo la necesidad de incorporar la perspectiva intercultural a los procesos judiciales como parte del reconocimiento constitucional y convencional de los derechos de las personas, pueblos y comunidades indígenas».
Del mismo modo, dicho Protocolo considera que para que la justicia sea cultural y materialmente accesible a estas personas y colectivos, en todos los juicios y procedimientos en que sean parte, individual o colectivamente, deben contar con intérpretes que conozcan su lengua, así como con los medios eficaces para comprender y hacerse comprender dentro del procedimiento.
Tras la denuncia interpuesta por Nelly, un hombre asistió a su domicilio para agredirla físicamente y exigirle que retirara la acusación.
Posteriormente, ella presentó la denuncia ante la Fiscalía Central para la Atención de Delitos Vinculados a la Violencia de Género (FCADVVG) y pasaron meses para que se emitiera una orden de aprehensión que no pudo efectuarse en enero de 2024 contra el denunciado, porque la institución no permitió el ingreso de la policía.
Después, esa misma Fiscalía consiguió una orden de cateo para ingresar a las instalaciones de la universidad sin violar la autonomía de la academia, pero se filtró esta información, lo que dificultó el arresto del acusado. En esta parte del proceso el ex rector se había atrincherado en las instalaciones universitarias aprovechando el carácter autónomo de Chapingo, lo que impediría a la fiscalía ingresar.
Finalmente la autoridad del estado de México logró entrar a la Universidad de Chapingo pero no lo encontraron y lo consideraron prófugo de la justicia. El acusado buscó apoyo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) por la incursión de los agentes y solicitó un permiso de 4 meses para ausentarse de su cargo.
Hasta abril de 2024, Ángel N. recibió prisión preventiva justificada ordenada por la jueza de control Diana Morales Benítez ante el delito de violación equiparada, pero se retiró de la sala sin ser detenido al interponer un amparo. Más tarde, logró que se suspendiera la orden de aprehensión y desde ese momento ha seguido el proceso penal en completa libertad mientras labora en la universidad.