Reflejo de Michoacán

Reflejo de Michoacán De Michoacán para el mundo: Cultura, Política, Historia, Opinión, Fiestas y Tradiciones.

  ▪️Fidel Rodríguez Ramos.
12/12/2025

▪️Fidel Rodríguez Ramos.

El desgobierno arbitrario de Donald Trump, tiene entre sus principales enemigos a Venezuela,Colombia y México, a quienes considera responsables de enviar toneladas de estupefacientes quétras ser distribuidos libremente en las principales calles de Los Ángeles, Chicago, Texas, Oregon,quitan la vid...

¡Conoce tus derechos humanos!Declaración Universal de los Derechos Humanos.¡Nadie puede arrebatarte tus derechos humanos...
12/12/2025

¡Conoce tus derechos humanos!
Declaración Universal de los Derechos Humanos.
¡Nadie puede arrebatarte tus derechos humanos!

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, s**o, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a p***s o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a g***r de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración

  La presidenta Dayana Pérez revisa preparativos de las fiestas patronales de  Salvador Escalante, Michoacán.- La presid...
12/12/2025


La presidenta Dayana Pérez revisa preparativos de las fiestas patronales de

Salvador Escalante, Michoacán.- La presidenta municipal de Salvador Escalante, Dayana Pérez Mendoza, sostuvo una reunión en la Casa del Pueblo con el comité organizador de Paramuen para revisar los permisos y coordinar los preparativos de las próximas fiestas patronales. Bajo su visión de gobernar con amor, justicia y libertad, la edil reafirmó su compromiso con el acompañamiento a cada comunidad.

Durante el encuentro, Pérez Mendoza reiteró que su administración mantiene como eje central escuchar, resolver y transformar, por lo que el Gobierno Municipal trabajará de la mano con la organización para que esta celebración avance con buena coordinación y se realice como la comunidad lo merece.

La presidenta municipal agradeció la invitación y la confianza del comité, y aseguró que siempre será un gusto respaldar las tradiciones que dan identidad a Salvador Escalante.







Pátzcuaro, primer municipio en México en realizar una caminata nacional por los Derechos Humanos: Julio Arreola▪️ Partic...
11/12/2025

Pátzcuaro, primer municipio en México en realizar una caminata nacional por los Derechos Humanos: Julio Arreola

▪️ Participaron más de mil jóvenes, estudiantes, docentes y autoridades.

▪️Se busca ser sede de la Cumbre Latinoamericana de Jóvenes por los Derechos Humanos.

Conoce más detalles en el siguiente enlace ⏭️

https://reflejodemichoacan.com/index.php/2025/12/11/patzcuaro-primer-municipio-en-mexico-en-realizar-una-caminata-nacional-por-los-derechos-humanos-julio-arreola/

11/12/2025

, lo que pasa cuando las cosas se hacen al ahí se va, se les quemaron los adornos navideños.🔥🤣🎄

11/12/2025

Rueda de prensa en el marco del Día Internacional de los Derechos Humanos.

Todo listo para la inauguración de la Plaza Gertrudis Bocanegra: Gladyz Butanda• La restauración de la plaza se realizó ...
11/12/2025

Todo listo para la inauguración de la Plaza Gertrudis Bocanegra: Gladyz Butanda

• La restauración de la plaza se realizó en 193 días.

Pátzcuaro, Michoacán, 11 de diciembre de 2025.- En próximos días se hará oficial la inauguración de la Plaza Gertrudis Bocanegra, espacio que fue restaurado por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Movilidad (Sedum) bajo una inversión 100 por ciento estatal de 29 millones 137 mil 205 pesos, informó Gladyz Butanda Macías

La próxima inauguración de la denominada plaza chica de Pátzcuaro fue anunciada por la titular de la Sedum, quien destacó que en la obra se cuidó el trazo arquitectónico original de este histórico espacio.

“La restauración consistió en un labrado a mano de cantera, pieza por pieza, por lo que realmente fue un tratamiento quirúrgico el que se le dio a la Plaza Gertrudis Bocanegra”, puntualizó la promotora de los teleféricos de Morelia y Uruapan.

Gladyz Butanda remarcó que la plaza contará con nuevo equipamiento que será expuesto una vez que se consume su inauguración, evento que será encabezado por el gobernador de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla.

11/12/2025

Acto conmemorativo al Día Internacional de los Derechos Humanos en Pátzcuaro.

11/12/2025

Conmemoración del Día Internacional de los Derechos Humanos en Pátzcuaro.

  ▪️Caminata por los derechos humanos, con la participación de jóvenes estudiantes de escuelas preparatorias y autoridad...
11/12/2025

▪️Caminata por los derechos humanos, con la participación de jóvenes estudiantes de escuelas preparatorias y autoridades municipales, así como promotores y defensores de los derechos humanos.

Dirección

Circuito Tariacuari
Pátzcuaro Centro
61600

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