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03/10/2025

: REGULACIÓN DIFERENCIADA PARA ABONADOS CORPORATIVOS DINAMIZARÁ EL SECTOR TELECOMUNICACIONES

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) aprobó la norma que establece una regulación diferenciada para los usuarios del segmento corporativo a fin de promover un entorno más dinámico y eficiente en el mercado de las telecomunicaciones.

La norma de regulación diferenciada, aprobada mediante la Resolución n.° 0100-2025-CD/OSIPTEL, determina que los abonados corporativos son todas aquellas personas jurídicas que celebran un contrato de prestación de servicios de telecomunicaciones con alguna de las empresas operadoras, independientemente de la modalidad de pago contratada, identificándose con Régimen Único de Contribuyente (RUC) 20.

El análisis del regulador determinó que el segmento de abonados corporativos presenta características y necesidades distintas a las del segmento residencial, debido a su poder o margen de negociación, así como al uso empresarial del servicio, que suele requerir condiciones técnicas, económicas y operativas específicas, no siempre presentes en los contratos estándar del segmento residencial.

Entorno regulatorio más flexible
Con la entrada en vigencia de la norma, las empresas operadoras podrán gestionar de manera más eficiente sus relaciones contractuales con los abonados corporativos, lo que ayudará a dinamizar dicho sector. Además, se flexibilizarán algunas obligaciones, dejándose de aplicar determinadas normas aprobadas por el OSIPTEL a los usuarios de este segmento, lo que permitirá a las empresas operadoras ofrecer servicios más ágiles y personalizados.

El marco regulatorio diferenciado permitirá que la contratación de los servicios por parte de los usuarios corporativos no esté sujeta a restricciones en el uso de canales de atención según trámite, ni a parámetros sobre formas y plazos de facturación y entrega de recibos, ni a exigencias mínimas de información en contratos o a plazos máximos forzosos de contratación, entre otros.

De manera similar, los canales de atención, plazos y procedimientos para dar cumplimiento a los derechos de los abonados corporativos pueden ser pactados entre estos y la empresa operadora, no siendo de obligatorio cumplimiento los diseñados para proteger al segmento residencial.

Por ejemplo, la migración de plan tarifario podría efectuarse cuando el abonado corporativo lo solicite, no teniendo que esperar, necesariamente, al siguiente ciclo de facturación. En el caso de la reposición de SIM card, el usuario corporativo no tendría que esperar cuatro horas para la activación de su servicio, entre otros.

La medida no exonera a los abonados corporativos a las exigencias de verificación biométrica de identidad para la contratación del servicio móvil, la aplicación de los requisitos esenciales de contratación y otras que deriven de normas con rango de ley, que priman sobre la normativa del OSIPTEL. En tanto, las disposiciones sobre la calidad del servicio, como las obligaciones de las empresas en caso de interrupciones de servicio y las correspondientes compensaciones, siguen siendo aplicables a todos los abonados, incluidos los corporativos.

La norma entrará en vigencia a los sesenta días calendario desde su publicación en el diario oficial El Peruano, a efectos de que las empresas operadoras realicen las adecuaciones que consideren necesarias en sus sistemas de gestión comercial; y se tiene previsto realizar una evaluación expost de la norma, tras un año de vigencia, a fin de evaluar su impacto.

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LA BRECHA DIGITAL SE REDUCE: EL 99.5 % DE HOGARES TIENE ACCESO AL MENOS A UN SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES

La conectividad en el país sigue en expansión. Según la más reciente Encuesta Residencial de Servicios de Telecomunicaciones (Erestel) del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), el 99.5 % de los hogares a nivel nacional (equivalente a 10 551 308), al cierre de 2024, cuenta con al menos un servicio de telecomunicaciones, como telefonía móvil o fija, internet o televisión de paga.
Este resultado representa un crecimiento de 3.7 puntos porcentuales frente a lo registrado en 2019, cuando el 95.8 % de hogares tenía acceso a alguno de estos servicios.
Los datos revelan una clara tendencia de crecimiento. De los cuatro servicios de telecomunicaciones, el acceso a telefonía móvil pasó de 94.1 % en 2019 a 99.3 % en 2024, mientras que el acceso a internet en el hogar subió de 76.2 % a 92.6 % en el mismo periodo.
Por el contrario, los servicios de televisión de paga y telefonía fija muestran una tendencia decreciente, con un acceso al cierre de 2024 del 33.9 % y 4.6 %, respectivamente.
Asimismo, la encuesta mostró que solo el 0.5 % de los hogares (55 105 en total) aún no accede a ningún servicio de telecomunicaciones, lo que evidencia un alto nivel de cobertura y una mayor conectividad en el país.
“Este avance refuerza el vínculo entre el acceso a servicios públicos de telecomunicaciones y la mejora en la calidad de vida de las familias, consolidando un paso importante hacia el cierre de la brecha digital en el Perú”, indicó el director de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL, Lennin Quiso.

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Regulador caracterizó servicios de agua y alcantarillado en Vilcashuamán.

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) recomendó a las autoridades locales priorizar la asistencia técnica y mejoras en los sistemas de agua para consumo humano y alcantarillado en las zonas rurales y de pequeñas ciudades de la región.

Ello tras actualizar la información de estos servicios en Vilcashuamán, donde la inspección comprendió la captación del agua, líneas de conducción, reservorios, redes de distribución, alcantarillado y planta de tratamiento de aguas residuales.

El recorrido evidenció el estado de la infraestructura de saneamiento y la necesidad de fortalecer el sistema de cloración, que presenta fugas por desgaste de piezas. Además, se recogió información social y económica, así como la condición del agua que recibe la población.

Con la información recogida, la entidad remitirá las observaciones a la autoridad edil para que se tomen las mejoras necesarias. La Sunass resaltó que es necesario promover la valoración del saneamiento y de las cuotas familiares de acuerdo con las necesidades de cada organización comunal, además de elaborar sus planes que aseguren la sostenibilidad del servicio.

La actualización es el proceso mediante el cual se identifican y detallan las condiciones en que los prestadores locales brindan el servicio de agua y alcantarillado, mediante la revisión de la gestión, operación, mantenimiento, estado de infraestructura y la percepción de los usuarios

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