20/10/2025
🚷 | ¡Se acabó la burla! Jurado Electoral de Huaura ordena cese inmediato de publicidad estatal al alcalde Luis Ueno.
** Si aplican multas lo pagarán los vecinos de Barranca. También se investiga a gobernadora, consejeros y otras autoridades **
1. Notificación e Infracción Inicial:
Luis Emilio Ueno Samanamud, alcalde provincial de Barranca, conocido como "Luchito", ha sido notificado por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Huaura por difundir publicidad estatal indebida.
La infracción se detectó en una banderola relacionada con el "Simulacro Nacional Multipeligro", conteniendo elementos prohibidos durante el periodo electoral (literal e del Artículo 20 del Reglamento. OJO: El JEE de Huaura también está facultado para pronunciarse ante los actos que el Gore Lima favoreció a dicho alcalde ante los ojos de quienes "debían fiscalizar".
2. Incumplimiento y Persistencia:
A pesar de la notificación oficial y la detección de la infracción, el titular de la municipalidad no presentó su escrito de descargo dentro del plazo establecido. Esta omisión agrava su situación, ya que el JEE considera que está persistiendo en el incumplimiento de los requerimientos y, por ende, en la infracción de la normativa electoral sobre publicidad estatal en periodo de elecciones.
3. Detalles de la Publicidad Cuestionada:
La banderola cuestionada, que el JEE califica como publicidad estatal al ser difundida con recursos municipales y buscar el "posicionamiento de empoderamiento" de la entidad, incluía el logotipo y nombre de la Municipalidad de Barranca junto a los del Ministerio de Defensa e INDECI.
El problema radica en que, a pesar de ser una actividad cívica, incluía el nombre del alcalde, Luis Emilio Ueno Samanamud, y la frase "¡Por un país preparado!", elementos que, en periodo electoral, requieren atenerse a restricciones específicas.
4. Conclusión y Determinación de Infracción:
El JEE de Huaura concluyó que la Municipalidad Provincial de Barranca difundió publicidad estatal con elementos prohibidos en un periodo donde rigen severas restricciones.
La normativa electoral prohíbe este tipo de difusión desde la convocatoria a elecciones si no cumple con las condiciones de fondo establecidas.
Por lo tanto, el Jurado determinó la existencia de una infracción en materia de publicidad estatal conforme al artículo 30.1. literal c) del Reglamento.
5. Medida Correctiva y Apercibimiento:
En consecuencia, el JEE ORDENÓ a Luis Emilio Ueno Samanamud el CESE INMEDIATO de la publicidad estatal, lo que implica retirar el nombre del alcalde y la frase de la banderola en un plazo no mayor de cinco (05) días calendario.
Esta orden viene acompañada de un severo apercibimiento: de no cumplir, se le impondrá una sanción de amonestación pública y multa, además de remitir copia de los actuados al Ministerio Público.
6. Contexto Político Adicional:
La medida del Jurado Electoral Especial se da en un contexto de alto perfil político para el alcalde de Barranca. Luis Ueno Samanamud está siendo mencionado como posible candidato a la Gobernación Regional de Lima, siendo voceado como la opción de la actual gobernadora, Rosa Vásquez Cuadrado. Adicionalmente, se dispuso remitir copia de los actuados a la Contraloría General de la República para que proceda según sus atribuciones.