08/08/2025
🟪🟦 DECOMISO: ¿Te pueden quitar tus cosas?
✍🏽 Por. Abog. Mario Torres.
En el Perú, el decomiso administrativo es una medida cada vez más presente en la actuación de las municipalidades, especialmente en contextos como el comercio ambulatorio, el transporte informal o la ocupación indebida de espacios públicos. A simple vista, puede parecer una acción de rutina: inspectores municipales llegan, retiran productos de vendedores callejeros, los colocan en un camión y se los llevan. Sin embargo, detrás de ese acto hay una serie de implicancias legales, principios administrativos y requisitos que muchas veces no se cumplen, generando arbitrariedades e incluso posibles vulneraciones de derechos fundamentales.
🤔 ¿Qué es el decomiso administrativamente hablando?
El decomiso, desde la perspectiva administrativa, es una medida correctiva que consiste en la incautación o retiro forzoso de bienes muebles (como mercadería, herramientas de trabajo o vehículos) que han sido empleados en la comisión de una infracción administrativa. A diferencia del decomiso penal, el decomiso administrativo puede aplicarse de forma inmediata, generalmente como medida preventiva o correctiva para hacer cesar la infracción o proteger el orden público.
🤔 ¿Qué lo habilita?
La legalidad de estas medidas está sujeta a normas específicas. En el caso de las municipalidades, estas se rigen por la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N° 27972) y los reglamentos locales (ordenanzas), que definen cuáles son las infracciones y qué sanciones o medidas correctivas pueden aplicarse. Por ejemplo, si una ordenanza municipal prohíbe el comercio ambulatorio sin autorización, puede contemplar como medida el decomiso de la mercadería. Sin embargo, esta posibilidad debe estar expresamente prevista en la norma local y ejecutarse bajo ciertos parámetros.
🤔 ¿Cuáles son los requisitos para que sea legal?
El principio de legalidad exige que toda actuación administrativa esté prevista en una norma y que se respeten los derechos del administrado. Por tanto, para que un decomiso administrativo sea válido, se deben cumplir al menos los siguientes requisitos:
✅ Existencia de una norma habilitante: Debe haber una ordenanza u otra norma legal que autorice expresamente el decomiso como medida ante una determinada infracción.
✅ Acta de intervención: La autoridad debe levantar un acta donde se identifique al presunto infractor, se describa la conducta infractora, los bienes decomisados y se fundamente la medida adoptada.
✅ Debido procedimiento: Aun cuando el decomiso sea inmediato, debe garantizarse el derecho de defensa. El administrado tiene derecho a impugnar la medida, presentar pruebas y ser notificado adecuadamente.
✅ Principios de razonabilidad y proporcionalidad: El decomiso debe ser necesario y adecuado para el fin que se persigue. No se puede decomisar arbitrariamente ni aplicar medidas más gravosas de lo requerido. Por ejemplo, quitar toda la mercadería a una persona por una infracción leve podría considerarse desproporcionado.
✅ Custodia y devolución: La administración está obligada a custodiar adecuadamente los bienes decomisados. Si tras el procedimiento se determina que el administrado no cometió una infracción, debe devolverse la mercadería en el mismo estado. De lo contrario, podría generarse responsabilidad patrimonial del Estado.
🤔 ¿Qué ocurre en la práctica?
En muchos casos, el decomiso se realiza de manera arbitraria o sin cumplir el procedimiento debido. Se producen intervenciones sin actas, sin identificación de los infractores, sin posibilidad de defensa ni recursos impugnatorios. La situación es especialmente grave en contextos de comercio informal, donde muchas personas —por necesidad— trabajan en la vía pública. El decomiso no solo implica una pérdida económica, sino que también puede representar una vulneración a su derecho al trabajo, a la propiedad o al debido procedimiento.
Algunas municipalidades incluso destruyen los bienes decomisados sin resolución firme, bajo el argumento de que son productos perecibles, adulterados o insalubres. Sin embargo, la destrucción solo puede realizarse si existe una norma que la permita, un procedimiento administrativo que lo autorice y una motivación clara que justifique que esa es la única alternativa.
La jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha señalado que las medidas administrativas como el decomiso deben respetar los principios del Derecho Administrativo Sancionador. Esto implica respetar el debido procedimiento, garantizar el principio de tipicidad (que la conducta esté claramente prevista como infracción), y aplicar sanciones proporcionales. Asimismo, el Poder Judicial ha emitido fallos que anulan decomisos por considerarlos actos arbitrarios o que violan derechos fundamentales.
El decomiso puede ser una herramienta válida para ordenar el uso del espacio público y hacer cumplir las normas. No obstante, su uso debe estar cuidadosamente regulado y ejecutado con pleno respeto a los derechos del administrado. En un Estado de Derecho, no todo lo que busca “poner orden” es automáticamente legal, y la autoridad no puede actuar por impulso ni bajo el argumento de la necesidad o la urgencia. El respeto a la legalidad y a los derechos fundamentales debe ser la regla, incluso (y sobre todo) cuando se trata de los más vulnerables.
Pero que dirán los especialistas?